Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2018 (06/09/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de setiembre de 2018 /

El Peruano

(alojamiento, alimentación y transporte local) y seguro de viaje, y en ese sentido, se remita la documentación pertinente al Pliego para la emisión de la Resolución Rectoral correspondiente, exonerándose el presente acuerdo del requisito de aprobación del acta en la próxima sesión del Comité Directivo para su ejecución; Que, la Directiva Nº 006-2009-INICTEL-UNI-DE "Procedimientos para la Programación, autorización y rendición de cuentas por viajes en Comisión de Servicios del INICTEL-UNI, señala en su numeral 6.2.2 que las comisiones del servicio al exterior que irroguen gastos al presupuesto del INICTEL-UNI, serán autorizadas por Resolución del Titular del Pliego y se publicarán en el diario oficial "El Peruano", antes del inicio de la comisión de servicios; Estando al Proveído N° 4630-2018/Rect. del Despacho del señor Rector, y de conformidad con lo previsto en el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de la Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, en vía de excepción, el viaje en Comisión de Servicios del Dr. Mark Donny Clemente Arenas para que sustente los artículos técnicos "Metasurfaces with termal hysteresis y "Quasi ­ transparent and circulary polarized patch antenna using AMC integrated to solar cell for S ­ band CubeSat aplications" en la Conferencia "ICEAA-IEEE APWC-FEM 2018", a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias ­ Colombia del 10 al 14 de setiembre de 2018. Artículo Segundo.- Otorgar al Dr. Mark Donny Clemente Arenas, servidor de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico del INICTEL-UNI, el equivalente en nuevos soles del total de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que irroguen su participación en la comisión de servicios referida en los considerandos de la presente Resolución, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida comisión:
Meta Cadena de Gasto 0024 0024 0024 2.3.2.1.1.1 2.3.2.1.1.2 2.3.2.6.3.4 FF Concepto Monto S/. Recursos Directamente Pasajes y Gastos de 4,000.00 Recaudados Transporte Recursos Directamente Viáticos y asignaciones 4,760.00 Recaudados por comisión de servicios Recursos Directamente Otros Seguros Per250.00 Recaudados sonales Total 9,010.00

Otorgan duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería Forestal de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 3903-CU-2018 Huancayo, 19 de junio de 2018 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente Nº 19285 de fecha 30.05.2018, por medio de la cual don Cayo Leonidas PARRA VÁSQUEZ, solicita Duplicado de Diploma de Bachiller en Ingeniería Forestal, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Cayo Leonidas PARRA VÁSQUEZ, solicita Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería Forestal, por pérdida, el mismo que fue expedido el 20.01.1986, Diploma registrado con el Nº 258, registrado a Fojas 466, del Tomo 011 para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 19 de junio de 2018. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería Forestal, de fecha primigenio 20.01.1986, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO BACHILLER EN INGENIERÍA FORESTAL, a don CAYO LEONIDAS PARRA VÁSQUEZ, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 258, registrado a Fojas 466 del Tomo 011. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaría General y Facultad de Ingeniería Forestal. Regístrese y comuníquese. LAYLI VIOLETA MARAVÍ BALDEÓN DE ZÚÑIGA Rectora (e) HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1687419-1

Artículo Tercero.- Los gastos señalados en el artículo segundo, serán financiados de acuerdo al detalle contenido en el cuadro precedente, y afectados a la Meta contenida en el mismo. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el comisionado, deberá presentar ante el Comité Directivo de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL-UNI, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la comisión. Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina de Administración del INICTEL-UNI publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los recursos de dicha Unidad Ejecutora. Artículo Sexto.- Dar cuenta al Comité Directivo del INICTEL-UNI. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector ARMANDO BALTAZAR FRANCO Secretario General 1688240-1

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