NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (07/09/2018)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 41
41 NORMAS LEGALES Viernes 7 de setiembre de 2018 El Peruano / y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), se realizan mediante resolución del titular del pliego, que se publican en el diario o fi cial El Peruano; Que, el artículo 121 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por Decretos Supremos N°s 011-2017-SA y 032-2017-SA, indica que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente en materia de homologación, programación de necesidades, programación y desarrollo del abastecimiento, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos en Salud; Que, el artículo 16 de la Directiva N° 005-2010- EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modi fi catorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de las transferencias fi nancieras; Que, el Memorando de Entendimiento para el Suministro de Servicios de Adquisición, suscrito con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), establece en su punto 33 sobre la Duración y Rescisión, que el mismo entrará en vigor en la fecha en que se estampe la última fi rma por las partes y se mantendrá en vigor hasta su rescisión por cualquiera de ellas; Que, a través del Memorando de visto, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud solicita la transferencia fi nanciera a favor del Fondo de las Nacionales Unidas para la Infancia (UNICEF), en el marco de lo dispuesto en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, conforme a lo señalado en los Informes de visto, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 8 950 861,00), a favor del Fondo de las Nacionales Unidas para la Infancia (UNICEF), para fi nanciar la adquisición de las Pruebas Rápidas para VIH- Sífi lis, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017- SA y modi fi catorias; y, en la “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 8 950 861,00), a favor del Fondo de las Nacionales Unidas para la Infancia (UNICEF), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorización Autorizar al Fondo de las Nacionales Unidas para la Infancia (UNICEF), la utilización de los saldos de la transferencia fi nanciera s eñalados en el artículo 1 de la presente norma, siempre que se asegure el abastecimiento de los productos para los cuales fueron destinados, a fi n de adquirir otros similares (productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios), a solicitud del Ministerio de Salud. Artículo 3.- Financiamiento3.1 El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud, con cargo a la Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Actividad 5000001 Planeamiento y Presupuesto, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, y Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias. 3.2 La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – CENARES, hará efectivo los desembolsos hasta el importe establecido en el artículo 1; en concordancia con el convenio suscrito con el Fondo de las Nacionales Unidas para la Infancia (UNICEF). Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – CENARES, coordinará con el Fondo de las Nacionales Unidas para la Infancia (UNICEF), el envío de los estados de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Convenio suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 6.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – CENARES, remitirá a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MINSA, información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor del Fondo de las Nacionales Unidas para la Infancia (UNICEF), para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1688591-1 Modifican la R.M. Nº 154-2014/MINSA, que constituyó el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 815-2018/MINSA Lima, 6 de setiembre del 2018