Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de abril de 2019 /

El Peruano

se pondría en riesgo la seguridad jurídica del proceso electoral, así como la estabilidad del régimen democrático. 8. Dicho esto, de los actuados se tiene que por Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, del 5 de noviembre de 2018, el JEE proclamó como alcalde de dicha circunscripción electoral a Eloy Chávez Hernández, de la organización política Perú Patria Segura, en la medida de que Guido Iñigo Peralta --quien fuese presentado inicialmente como candidato a alcalde por dicha organización-- había sido tachado y apartado del proceso durante la etapa de inscripción de candidaturas. 9. Asimismo, dicha primera instancia electoral procedió también a proclamar a Yaqueline Eliana Paniura Encalada, candidata por la organización política Perú Patria Segura, como regidora N° 8 del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, a fin de que no se vea alterada la distribución de regidurías señaladas en el acta de proclamación, por cuanto que en aplicación del premio a la mayoría, le correspondía, al mencionado partido político, 8 regidurías de las 13 en competencia. 10. Por otra parte, ya que la referida acta de proclamación fue objeto de cuestionamiento, entre otros, el que fue de conocimiento mediante el Expediente N° ERM.2018055503, y donde se expidió el Auto N° 1, del 15 de noviembre de 2018, se advierte que dentro del plazo de ley y con respeto del principio de preclusión, el recurso fue resuelto oportunamente por el Supremo Tribunal Electoral, lo cual implica que, cerrada esta etapa, ni las organizaciones políticas pueden cuestionar el contenido del acta electoral ni el JEE puede aducir una posible inconsistencia en su elaboración, más aún cuando el superior jerárquico no efectuó observación alguna al momento de revisar la impugnación, así como al declarar la conclusión del proceso electoral mediante Resolución N° 3591-2018JNE, del 21 de diciembre de 2018. 11. Así las cosas, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones no puede amparar el accionar del JEE, ya que, al renunciar a su obligación de efectuar la entrega de credenciales al alcalde y a la regidora N° 8 del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, habiendo ya adquirido firmeza la proclamación de resultados, pone en peligro la pacífica transmisión del gobierno municipal en la mencionada circunscripción electoral. 12. En tal sentido, al no existir la eventual nulidad parcial a la que erróneamente se señala en la Resolución N° 01400-2018-JEE-LIS2/JNE, corresponde que la misma se declare no ha lugar, debiéndose generar las credenciales que los acrediten como alcalde y regidora N° 8 a Eloy Chávez Hernández y Yaqueline Eliana Paniura Encalada, respectivamente, puesto que, al haber concluido sus funciones el JEE y declarado el cierre del proceso, dicha competencia debe ser ejercida por el Jurado Nacional de Elecciones. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Jorge Armando Rodríguez Vélez, por ausencia del titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NO HA LUGAR la alegada eventual nulidad parcial del Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, del 5 de noviembre de 2018, comunicada por la Resolución N° 01400-2018-JEE-LIS2/JNE, del 19 de diciembre de 2018, expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2. Artículo Segundo.- EXPEDIR a Eloy Chávez Hernández, con DNI N° 46773050, la credencial que lo acredita como alcalde del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, por el periodo de gobierno 2019-2022, a razón de las Elecciones Municipales 2018.

Artículo Tercero.- EXPEDIR a Yaqueline Eliana Paniura Encalada, con DNI N° 41730997, la credencial que la acredita como regidora del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, por el periodo de gobierno 2019-2022, a razón de las Elecciones Municipales 2018. Artículo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo el presente pronunciamiento a fin de que sea ejecutado de manera inmediata. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. RODRÍGUEZ VÉLEZ ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA Concha Moscoso Secretaria General 1756213-13

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscales a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 612-2019-MP-FN Lima, 21 de marzo de 2019 VISTO: El Oficio N° 612-2019-FSC-EE-MP-FN, de fecha 19 de marzo de 2019, cursado por el Fiscal Superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, y; CONSIDERANDO: Mediante el oficio del visto, se solicita autorización para las señoras Norma Geovana Mori Gómez, Fiscal Provincial del Equipo Especial de Fiscales, y Gladys Janet Milagros Rojas Castro, Fiscal Adjunta Provincial del Equipo Especial de Fiscales, para viajar a la ciudad de Barcelona, Reino de España. La comisión de servicios tiene por finalidad desarrollar diligencias; así como efectuar coordinaciones en el marco de la investigación de carácter reservada que viene llevando a cabo el Equipo Especial de Fiscales. Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje de las mencionadas fiscales al Reino de España. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General y, Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MP-FN-GG "Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios"; y, en uso de las atribuciones

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