Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2019 (15/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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4.4. Características del entorno 4.4.1. Área de influencia

NORMAS LEGALES

Lunes 15 de abril de 2019 /

El Peruano

Delimitar y definir la extensión superficial (m2) del Área de Influencia Directa (en adelante, AID) y del Área de Influencia Indirecta (en adelante, AII) del proyecto de PAD. · Área de Influencia Directa (AID) Es aquella donde se manifiestan los impactos directos al ambiente, generados por los componentes a regularizar. Comprende el área del emplazamiento de los componentes a regularizar. Para el supuesto a) del presente Anexo, el área de influencia directa es el área ocupada por el Establecimiento. Para el supuesto b) del presente Anexo, el área de influencia directa es el área resultante de la suma de los espacios ocupados por los componentes y/o edificaciones a regularizar. · Área de Influencia Indirecta (AII) Es aquella donde se manifiestan los impactos indirectos al ambiente, generados por los componentes a regularizar. Comprende el área aledaña al área de influencia directa del PAD. Actividad de Comercialización de Hidrocarburos El área de influencia indirecta estará conformada por el área resultante que se obtiene midiendo cincuenta (50) metros desde cada uno de los linderos del Establecimiento. Plantas Envasadoras El área de influencia indirecta estará conformada por el área resultante que se obtiene midiendo cien (100) metros desde cada uno de los linderos del Establecimiento. 4.4.2. Aspectos del medio físico, biótico, social, cultural y económico · Debe presentar una breve descripción de las características del entorno del área de influencia del proyecto con información primaria o secundaria actualizada2. Para áreas urbanas: - Características del medio físico: meteorología (precipitación, dirección y velocidad del viento), nivel de ruido3, tipo de suelo (perfil estratigráfico mediante calicatas4), hidrología (indicar la distancia de cuerpos de agua naturales y antrópicas ­ canales, cunetas, entre otros) e hidrogeología (descripción del nivel freático, pozos tubulares y/o artesianos). - Características del medio (i) social (identificar las zonas de afluencia de público: hospitales, colegios, iglesias, entre otros), (ii) cultural (evidencias o indicios de restos arqueológicos) y (iii) económico (actividades productivas5). - Otros aspectos que se considere relevantes, de acuerdo a las características del proyecto. Para áreas rurales: - Características del medio físico: meteorología (precipitación, dirección y velocidad del viento), nivel de ruido6, tipo de suelo (perfil estratigráfico mediante calicatas7), hidrología (indicar la distancia de cuerpos de agua naturales y antrópicas ­ canales, cunetas, entre otros), hidrogeología (descripción del nivel freático, pozos tubulares y/o artesianos), zonas de vida, capacidad de uso mayor y paisaje. - Características del medio biótico: flora y fauna silvestre, considerando el tipo de ecosistema de acuerdo al Mapa Nacional de Ecosistemas del Perú aprobado por Resolución Ministerial Nº 440-2018-MINAM.

- Características del medio (i) social (identificar las zonas de afluencia de público: hospitales, colegios, iglesias, entre otros), (ii) cultural (evidencias o indicios de restos arqueológicos) y (iii) económico (actividades productivas8). - Otros aspectos que se considere relevantes, de acuerdo a las características del proyecto. · En caso que en el establecimiento se comercialice combustibles líquidos, la/el Titular deberá presentar una evaluación de calidad de aire respecto del parámetro Benceno (C6H6). · En caso que los componentes y/o edificaciones a regularizar se encuentren en Áreas Naturales Protegidas, ecosistemas frágiles y/o áreas biológicamente sensibles, la/el Titular debe describir sus características, estado de conservación, los riesgos de la actividad al ecosistema, entre otras, adjuntando fotografías fechadas. · En caso existan cuerpos naturales de agua dentro del área de influencia, la/el Titular debe presentar la evaluación de la calidad de agua superficial conforme al Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales (Resolución Jefatural Nº 010-2016-ANA), indicando los puntos de muestreo, frecuencia de evaluación; interpretación de los resultados según la categoría aplicable y vigente (Resolución Jefatural Nº 056-2018-ANA o posterior) considerando los Estándares de Calidad Ambiental para Agua (Decreto Supremo Nº 004-2017-MINAM). La/El titular debe incluir en la evaluación de la calidad de agua superficial los siguientes parámetros: Fenoles, Hidrocarburos Aromáticos Policiclos (PAH) e Hidrocarburos Totales de Petróleo (TPH). Cabe precisar que los análisis físicos y químicos correspondientes, deben realizarse mediante métodos acreditados por el Instituto Nacional de Calidad - INACAL. Cabe precisar que, la/el Titular puede utilizar como información actualizada la información obtenida en los reportes de monitoreo periódicos que hubiese realizado u otros estudios realizados en el área de influencia directa del PAD. 4.4.3. Gestión de sitios contaminados La/El Titular debe presentar información sobre la existencia de indicios o evidencias de afectación del componente suelo en el área de influencia directa del proyecto del PAD, considerando lo dispuesto en la normativa ambiental vigente. Para ello, debe presentar el procedimiento de verificación y control de la calidad del suelo, considerando lo siguiente: · Investigación histórica sobre los antecedentes del sitio y las actividades potencialmente contaminantes para el suelo asociadas a este. · Información de campo a través del levantamiento técnico (inspección) del sitio en evaluación (adjuntar registros fotográficos). · Determinar las áreas de potencial interés y desarrollar el modelo conceptual preliminar del sitio, considerando los siguientes elementos: (i) Potenciales

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En caso de utilizar información secundaria, debe señalar la fuente bibliográfica (fecha, año, autor, número de página, en caso de sea un sitio web, presentar el enlace electrónico de la misma), la misma que debe ser confiable y verificable. La referida información deberá ser obtenida mediante información primaria. La referida información deberá ser obtenida mediante información primaria (adjuntando registros fotográficos con fecha). La referida información deberá ser obtenida mediante información primaria (adjuntando registros fotográficos con fecha). La referida información deberá ser obtenida mediante información primaria. La referida información deberá ser obtenida mediante información primaria (adjuntando registros fotográficos con fecha). La referida información deberá ser obtenida mediante información primaria (adjuntando registros fotográficos con fecha).

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