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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (24/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 / El Peruano Gerencia Regional /Proyecto/ Ofi cinaNombre del Funcionario TitularNombre del Funcionario Suplente Sub Gerencia de Personas con Discapacidad Javier Espinoza EscuderoRoxana Rosa Cruz Achircana Autoridad Regional Ambiental Leónidas Millones Gironzini Erika Marianella Lazarte Valencia Área de Almacén Anyela Keyla Condori Sarayasi Evaristo Luciano Medina Gonzalo Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas del Sur Víctor Omar Flores Montes de Oca Filomena Anani Choquehuanca Sonco Secretaria Técnica de Procesos Administrativos DisciplinariosElard Genaro Quimper Arela Juanny Salvador Yto Quispe Sub Gerencia de Ejecución de Proyectos de Inversión Washington Torres Carbajal Emilio Ramos Aguilar Área de Servicios Nercy Meza Del Carpio Guillermo Fuentes Butrón Biblioteca Regional Mario Vargas Llosa Zelma Fernández Álvarez Martha Luisa Aragón Aguilar Artículo 2°.- Dejar sin efecto cualquier designación que se oponga a la presente. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Gobierno Regional de Arequipa Dada en el Gobierno Regional de Arequipa a los cinco días del mes de abril del 2019. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELMER CÁCERES LLICA Gobernador Regional 1762275-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba el Manual de Protocolos de Intervención y Manejo en el Lenguaje de las Comunicaciones para el Serenazgo de Lima Metropolitana ORDENANZA Nº 2158 Lima, 16 de abril de 2019EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, el Memorando N° 105-2019-MML-GSGC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Memorando N° 144-2019MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación y el Informe N° 141-2019-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Memorando N° 105-2019-MML- GSGC, de fecha 15 de febrero de 2019, la Gerencia de Seguridad Ciudadana señala que, mediante Informe N° 093-2019-MML-GSGC-EAL, se ha precisado la importancia de la emisión del presente proyecto normativo, por lo que traslada los proyectos a fi n de que se ejecuten las acciones correspondientes, lo cual se condice con lo expresado en el Memorando N° 144-2019-MML-GP, de fecha 22 de febrero de 2019, de la Gerencia de Plani fi cación; Que, a través del Informe N° 141-2019-MML- GAJ, de fecha 07 de marzo de 2019, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye que resulta viable someter a consideración del Concejo Metropolitano la aprobación del presente proyecto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de: Asuntos Legales y de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, en sus Dictámenes N° 015-2019-MML-CMAL y N° 002-2019-MML/CMSCDC, de fechas 04 y 03 de abril de 2019, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MANUAL DE PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN Y MANEJO EN EL LENGUAJE DE LAS COMUNICACIONES PARA EL SERENAZGO DE LIMA METROPOLITANA Artículo Primero.- Objeto La presente ordenanza tiene como objeto aprobar el Manual de Protocolos de Intervención y Manejo en el Lenguaje de las Comunicaciones para el Serenazgo de Lima Metropolitana, cuyo texto consta en el Anexo I, como parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- Finalidad La fi nalidad de esta ordenanza es establecer las condiciones y protocolos de intervención para un adecuado intercambio de información e integración de comunicaciones entre los “serenazgos” de los diferentes distritos de Lima Metropolitana, para un mejor entendimiento entre los actores de seguridad. Artículo Tercero.- Alcance La presente ordenanza es de alcance metropolitano y de cumplimiento obligatorio en todos los distritos de Lima Metropolitana. Artículo Cuarto.- Autoridad competente La Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, supervisará la implementación y coordinaciones para la estandarización de los protocolos de intervención y lenguaje en las comunicaciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. El Manual de Protocolos de Intervención y Manejo en el Lenguaje de las Comunicaciones para el Serenazgo de Lima Metropolitana será publicado en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Dispóngase que dentro del plazo de treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación de este dispositivo los distritos de Lima Metropolitana se adecúen a la presente ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1762119-1