Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2019 (14/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 14 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR; motivo por el cual, la citada Subgerencia informa que se les ha cursado las respectivas cartas de extinción de sus contratos de trabajo; Que, mediante Hoja Informativa N° 000042-2019CG/GCH, la Gerencia de Capital Humano manifiesta su conformidad con lo señalado por la Subgerencia de Personal y Compensaciones en la Hoja Informativa N° 000170-2019-CG/PER, por lo que es necesario continuar con las acciones necesarias para la formalización de lo recomendado por dicha Subgerencia; Que, estando a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa en la Hoja Informativa N° 000562-2019-CG/GJN, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 0005582019-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría por la cual se da por concluida la designación de los colaboradores a los que se refiere la propuesta presentada por la Subgerencia de Personal y Compensaciones, con la conformidad de la Gerencia de Capital Humano, al haberse extinguido sus respectivos contratos de trabajo por jubilación, la misma que es obligatoria y automática en caso que el trabajador cumpla setenta años de edad, salvo pacto en contrario, tal como se encuentra establecido en el literal f) del artículo 16 y el artículo 21 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728; Que, en el marco de la normativa citada y de acuerdo a los documentos de vistos, por razones de interés institucional, resulta conveniente disponer las acciones necesarias respecto de las Jefaturas de los Órganos de Control Institucional de las entidades públicas que se indican en la parte resolutiva; En uso de las facultades conferidas por los artículos 32 y 33 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", cuya versión actualizada fue aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 353-2015-CG, y modificada mediante Resoluciones de Contraloría N° 458-2016-CG y N° 209-2017-CG; y la Resolución de Contraloría N° 398-2019-CG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, con efectividad al 07 de noviembre de 2019, la designación del señor César Hugo Taboada Morales en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ. Artículo 2.- Dar por concluida, con efectividad al 06 de diciembre de 2019, la designación del señor Gilmer Girón Mendieta en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Hospital Municipal Los Olivos. Artículo 3.- Disponer que la Subgerencia de Control del Sector Productivo y Trabajo, y la Gerencia Regional de Control de Lima Metropolitana y Callao, respectivamente, efectúen las acciones correspondientes para los encargos de jefaturas de los Órganos de Control Institucional de las entidades referidas en los artículos 1 y 2 precedentes, atendiendo a lo dispuesto en el numeral 7.2.6 de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", en tanto se realicen las designaciones correspondientes. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano y la Subgerencia de Personal y Compensaciones de la Contraloría General de la República, adopten las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO RAMÍREZ TRUCIOS Vicecontralor de Gestión Estratégica e Integridad Pública Contralor General de la República (e) 1836849-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de Presidenta de la Comisión Organizadora, Vicepresidenta Académica y docente de la Universidad Nacional de Barranca a México, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 650-2019-UNAB Barranca, 23 de noviembre de 2019 VISTO: El Exp. Nº 1275-2019 de la Presidencia, Oficio Nº 0544-2019-UNAB-VP.ACAD., y Memorándum Nº 134-2019-UNAB-CO/P; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 de la Constitución Política del Estado y el artículo 8 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establecen que las universidades tienen autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, de fecha 18 de mayo de 2017, se aprobó la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución"; Que, el tercer párrafo de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos establece que, "(...) Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizarán mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad(...)"; Que, a través de la Resolución de Comisión Organizadora Nº 500-2019-UNAB de fecha 18 de setiembre de 2019, se aprobó el Plan de Trabajo: "I Concurso de Buenas Prácticas Docentes de la UNAB"; donde se contempló la participación al 6º Congreso Internacional de Innovación Educativa del Tecnológico de Monterrey, a desarrollarse en el Tecnológico de Monterrey, Campus Monterrey en México, del 16 al 18 de diciembre de 2019; Que, mediante Oficio Nº 0544-2019-UNAB-VP. ACAD., de fecha 22 de noviembre de 2019, se solicita la autorización de viaje en comisión de servicios de la Dra. TARCILA HERMELINDA CRUZ SÁNCHEZ, Vicepresidenta Académica y del docente del Departamento Académico de Ciencias Básicas y Afines: OSCAR DIEGO EVANGELISTA VARGAS, quienes participarán en el Congreso citado en el considerando precedente Que, asimismo mediante Memorándum Nº 134-2019-UNAB-CO/P, de fecha 22 de noviembre de 2019, la Presidenta de la Comisión Organizadora Dra. INÉS MIRIAM GÁRATE CAMACHO, pone a consideración del Pleno de la Comisión Organizadora la solicitud de autorización para su participación, en representación de

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