Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2019 (26/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de diciembre de 2019 /

El Peruano

referidas observaciones; por lo que, mediante el Oficio N° 592-2017/SUNEDU-02-12 del 24 de agosto de 2017, se le concedió un plazo adicional de diez (10) días hábiles. El 8 de septiembre de 20178, la Universidad presentó setecientos treinta y tres (733) folios con información para levantar las observaciones trasladadas. Mediante Oficio N° 133-2018-SUNEDU/02-12 del 21 de febrero de 2018, se notificó a la Universidad el Informe de Revisión Documentaria N° 033-2018-SUNEDU/DILIC-EV (en adelante, IRD), con resultado desfavorable respecto de treinta y seis (36) de los cuarenta (40) indicadores evaluados. Además, se le requirió la presentación de un Plan de Adecuación (PDA), en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles. El 5 de abril de 20189, la Universidad solicitó una ampliación del referido plazo; por lo que, mediante Oficio N° 294-2018/SUNEDU-02-12 del 11 de abril de 2018, la Dilic le otorgó un plazo adicional de quince (15) días hábiles. El 30 de abril de 201810, la Universidad presentó su PDA, en un total de quinientos sesenta y siete (567) folios, indicando como fecha de culminación de actividades el 15 de noviembre de 2018. Posteriormente, el 5 de junio de 201811, presentó ciento ochenta y cinco (185) folios con información complementaria a su PDA. El 13 de julio de 201812, en virtud de lo establecido en el numeral 2 del artículo 5 de la Resolución N° 063-2018-SUNEDU/CD13, la Universidad solicitó la reprogramación del cronograma de trabajo planteado en su PDA14. Al respecto, el 25 de julio de 201815, presentó nueve (9) folios con información complementaria a dicho pedido. Posteriormente, los días 1516 y 1717 de agosto y 1718 de septiembre de 2018, presentó un total de dieciocho mil cuatrocientos ochenta y dos (18 482) folios con información complementaria y precisiones a su PDA. Asimismo, el 20 de septiembre de 201819, la Universidad presentó trece (13) folios de información adicional respecto de sus locales conducentes a grado académico20. Los días 1921 y 2222 de octubre, y 5 de noviembre23 de 2018, la Universidad presentó en un total de setecientos treintaiún (731) folios, información complementaria y precisiones a su PDA24. Adicionalmente, los días 13 y 30 de noviembre, y 3 y 5 de diciembre de 2018, mediante correo electrónico institucional, la Universidad remitió a la Dilic información complementaria a su PDA25. Luego, el 28 de diciembre de 201826, la Universidad presentó trescientos ochenta y nueve (389) folios de información complementaria a su PDA; y, solicitó la ampliación del plazo del cronograma de trabajo de su PDA27. Posteriormente, los días 2528 y 2829 de enero de 2019, presentó un total de veintiséis (26) folios de información complementaria a su PDA; y, solicitó una nueva ampliación del plazo del cronograma de trabajo de su PDA hasta el 28 de junio de 2019, sustentando dicho pedido en la existencia de retrasos en la ejecución de las obras correspondientes a la infraestructura de todos sus locales conducentes a grado académico, ubicados en su sede y filiales. Luego, Los días 2530 y 2931 de enero de 2019, la Universidad presentó cuarenta y dos (42) folios de información complementaria a su PDA32. El 29 de enero de 2019, se emitió el Informe N° 015-2019-SUNEDU/DILIC-EV, que contiene la evaluación de la Dilic sobre el PDA de la Universidad; y, propuso conceder a la Universidad hasta el 28 de junio de 2019, como plazo de prórroga definitiva para evidenciar el cumplimiento de la ejecución de las obras para la puesta en marcha de la infraestructura en sus locales declarados para grado académico. El 5 de febrero de 2019, mediante correo electrónico institucional, la Universidad remitió a la Dilic información adicional33. Luego, el 11 de febrero de 201934, presentó cinco (5) folios con información complementaria a su PDA. Considerando esta nueva información, el 20 de febrero de 2019, la Dilic emitió el Informe Complementario N° 030-2019-SUNEDU/DILIC-EV, con sus conclusiones sobre la base del análisis de la información presentada por la Universidad; y se recomendó que se establezca que, hasta el 28 de junio de 2019, la Universidad presente ante la Dilic la documentación que acredite la ejecución y cumplimiento del PDA de acuerdo al cronograma presentado.

Mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 023-2019-SUNEDU/CD35 del 1 de marzo de 2019, se resolvió, entre otros: (i) aprobar el PDA y cronograma de trabajo presentado por la Universidad; (ii) establecer que, hasta el 28 de junio de 2019, la Universidad presente ante la Dilic la documentación que acredite la ejecución y cumplimiento de su PDA; y, (iii) aceptar los desistimientos presentados por la Universidad, respecto de diez (10) programas académicos en trece (13) locales y, de cincuenta y cuatro (54) locales declarados como conducentes a grado académico. Cabe indicar que, luego, en cuatro (4) oportunidades, los días 17 de abril36 y 28 de mayo37 de 2019, la Universidad presentó un total de quinientos sesenta y cinco (565) folios con información adicional38.
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Con RTD N° 31597-2017-SUNEDU-TD. Con RTD N° 15905-2018-SUNEDU-TD. Con RTD N° 19484-2018-SUNEDU-TD. Con RTD N° 25187-2018-SUNEDU-TD. Con RTD N° 30691-2018-SUNEDU-TD. La referida resolución, publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de junio de 2018, estableció que las universidades que hayan presentado su PDA antes de la entrada en vigencia de dicha norma y que se encuentren pendientes de aprobación pueden solicitar, por única vez, la reprogramación del cronograma de trabajo para la subsanación de los indicadores observados. En dicha oportunidad, se propuso como nueva fecha de culminación de actividades el 14 de diciembre de 2018. Con RTD N° 32511-2018-SUNEDU-TD. Con RTD N° 35647-2018-SUNEDU-TD. Con RTD N° 36326-2018-SUNEDU-TD. Con RTD N° 40306-2018-SUNEDU-TD. Con RTD N° 41002-2018-SUNEDU-TD. En dicha entrega la Universidad presentó información acerca de cuatro (4) nuevos locales conducentes a grado académico, ubicados en los departamentos de Ayacucho, Cusco, Huánuco y Juliaca. Con RTD N° 45076-2018-SUNEDU-TD y RTD N° 45075-2018-SUNEDUTD. Con RTD N° 45323-2018-SUNEDU-TD. Con RTD N° 46965-2018-SUNEDU-TD. La información presentada está referida al planeamiento de su PDA y su implementación. Dicha información fue incorporada al expediente mediante la Resolución de Trámite N° 3 del 5 de diciembre de 2018. Cabe indicar que dicha información es complementaria al planeamiento e implementación del PDA; conteniendo formatos de licenciamiento actualizados, documentación sobre los programas académicos brindados y locales declarados como conducentes a grado académico e información sobre la incorporación de las líneas de investigación de los proyectos de la Universidad. Con RTD N° 54761-2018-SUNEDU-TD. En dicha oportunidad, se propuso como nueva fecha para su culminación el 1 de marzo de 2019. Con RTD N° 03609-2019-SUNEDU-TD. Con RTD N° 03739-2019-SUNEDU-TD. Con RTD N° 03608-2019-SUNEDU-TD. Cabe indicar que la información entregada el 29 de enero de 2019 fue presentada mediante correo electrónico institucional de dicha fecha, la cual fue incorporada al expediente mediante la Resolución de Trámite N° 4 de la misma fecha. Dicha información es complementaria al planeamiento e implementación del PDA. En particular, la información presentada el 29 de enero está referida a la incorporación de líneas de investigación de los proyectos de la Universidad. Dicha información fue incorporada al expediente mediante la Resolución de Trámite N° 5 del 5 de febrero de 2019. De acuerdo con lo indicado por la Universidad, esta información estaba referida a precisiones sobre presupuestos, inversiones investigación, centros de investigación, infraestructura y programas semipresenciales. Con RTD N° 06447-2019-SUNEDU-TD. Corresponde indicar que la Resolución del Consejo Directivo N° 023-2019-SUNEDU/CD, adicionalmente requirió a la Universidad que presente determinada información ante la Dilic y la Disup de la Sunedu. Con RTD N° 17368-2019-SUNEDU-TD. Con RTD N° 23267-2019-SUNEDU-TD. Cabe indicar que en dichas oportunidades la Universidad presentó formatos de licenciamiento, información relacionada al cumplimiento de los requerimientos efectuados mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 023-2019-SUNEDU/CD e información sobre el cese voluntario de actividades autorizadas.

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