Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2019 (27/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Viernes 27 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Numeral 4 del artículo 35 e inciso i) del artículo 33 de la Ordenanza 305-2017-MDCH. PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA CONFIRMADO: Resolución 0522-2017/CEB-INDECOPI del 22 de septiembre de 2017. BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL Y SUSTENTO DE LA DECISIÓN: (i) La exigencia de pintar los vehículos con los colores autorizados por la Municipalidad Distrital de Chorrillos (techo y puertas color blanco, la carrocería color azul, según el diseño de la Municipalidad) para prestar el servicio de transporte público especial de pasajeros y/o carga en vehículos menores, materializada en el numeral 4 del artículo 35 de la Ordenanza 305-2017-MDCH. (ii) La exigencia de mantener el Certificado de Operación en un lugar visible dentro de la unidad vehicular, materializada en el inciso i) del artículo 33 de la Ordenanza 305-2017-MDCH. El fundamento de dicha decisión es que la Municipalidad Distrital de Chorrillos contravino diversas disposiciones de alcance provincial y nacional (Ordenanza 1693-MML emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Decreto Supremo 055-2010-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados y la Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre), siendo que, en cuanto al transporte público en vehículos menores, la competencia municipal distrital debe ejercerse de acuerdo al marco regulatorio de la entidad provincial y nacional sin que pueda excederlo, lo que conlleva a la imposibilidad de establecer mayores restricciones o cargas a las consideradas por las normas de superior jerarquía. ANA ASUNCIÓN AMPUERO MIRANDA Presidenta 1840299-2

Que, el literal d) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, disponer el nombramiento, designación, suspensión o cese del personal de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 13642019-IN, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la SUCAMEC, en el cual se dispone que el Intendente Regional de la Intendencia Regional IV - Oriente, se constituye como cargo de confianza; Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Intendente de la Intendencia Regional IV Oriente, de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, por lo que resulta necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo de confianza; Con el visado del Gerente General (e), del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Jefa de la Oficina General de Recursos Humanos; De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, y el Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, modificado por Decreto Supremo N° 017-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Eugenio Rómulo La Torre Rebaza, en el cargo de Intendente Regional de la Intendencia Regional IV - Oriente, de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, con sede en la Región Loreto, considerado como cargo público de confianza. Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Oficina General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, para los fines pertinentes; y a las Gerencias, Oficinas y Órganos Desconcentradas para conocimiento. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial «El Peruano» y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC (www.sucamec.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Designan Intendente Regional de la Intendencia Regional IV - Oriente, de la SUCAMEC
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 739-2019-SUCAMEC Lima, 26 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, con Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modificado mediante Decreto Supremo N° 017-2013-IN, en cuya estructura orgánica se encuentran las Intendencias Regionales, como órganos desconcentrados;

CARLOS SAMUEL TUSE LLOCLLA Superintendente Nacional 1840515-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Delegan a Jefes Zonales la facultad de elaborar y suscribir Convenios Marco y Específicos de Cooperación Interinstitucional siempre que estén directamente vinculados con actividades propias de las Jefaturas Zonales
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 383-2019-MIGRACIONES Lima, 23 de diciembre de 2019

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