Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2019 (28/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Que, el artículo 46º de la Ley Nº 27972 establece que, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las acciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones legales a que hubiere lugar; Que, según lo dispuesto en el artículo 73º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específicas señaladas en el Capítulo II del presente Título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: (...) 2. Servicios Públicos Locales; 2.5. Seguridad Ciudadana (...); Que, de conformidad con el numeral 3.2 del artículo 83º de la acotada Ley, las Municipalidades Distritales tienen como funciones específicas entre otras la de regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial; Que, el artículo 85º de la Ley Nº 27972, dispone que las municipalidades en seguridad ciudadana ejercen las siguientes funciones: (...) 3. Funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales; 3.1. Organizar un servicio de Serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial respectiva; Que, la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley Nº 27444. Las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y la presente Ley; Que, mediante Ley Nº 28716 ­ Ley de Control Interno de las Entidades del Estado se establecen las normas para regular la elaboración, aprobación, implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación del control interno en las entidades del estado; Que, en el artículo 2º de la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, señala que la Seguridad Ciudadana constituye la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; Que, mediante Informe Nº 143-2019-GSCV/MDSJM, de fecha 05 de Diciembre de 2019, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, quien concluye que el motivo por el cual se ha formulado el presente Plan, es previo análisis situacional de las diferentes zonas y puntos críticos del distrito de San Juan De Miraflores, afín de planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y fiscalizar toda acción que conlleve a la comisión de hechos delictivos en sus diferentes modalidades, la alteración del orden público, infracciones municipales, control del transporte urbano, prevención de riesgos y desastres y otros que se puedan presentar como consecuencia del advenimiento de las fiestas navideñas 2019 y año nuevo 2020; con la finalidad de prevenir y garantizar la seguridad ciudadana, la paz social, el orden y la limpieza en el distrito de San Juan de Miraflores; Que, mediante Informe Nº 208-2019-SGPYM/GPP/ GM/MDSJM, de fecha 06 de Diciembre de 2019, emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, hace mención, que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, económica, transparencia, simplicidad, eficacia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y que las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y la presente Ley, concluyendo que para la aprobación del PLAN INTEGRAL NAVIDAD SEGURA Y LIMPIA SJM 2019 Y AÑO NUEVO 2020, se debe efectuar mediante Decreto de Alcaldía, de acuerdo a lo establecido en las normas mencionadas; Que mediante Informe Nº 356-2019-GPP/GM/ MDSJM, de fecha 06 de Diciembre de 2019, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, hace mención

que el Plan establece los puntos críticos en el distrito en el cual se va a intervenir en el periodo que se apruebe el Plan, para el cual se cuenta con el recurso humano y logístico de las unidades orgánicas involucradas en el desarrollo del Plan, contando con aliados estratégicos, entre los cuales se encuentran entidades, que van a tener un papel preponderante y que se detallan en el documento, concluyendo que es de opinión de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, favorable la aprobación del PLAN INTEGRAL NAVIDAD SEGURA Y LIMPIA SJM 2019 Y AÑO NUEVO 2020; Que, mediante Informe Nº 585-2019-GAJ/MDSJM, de fecha 09 de Diciembre de 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, quien es de opinión que resulta procedente aprobar el Proyecto de PLAN INTEGRAL NAVIDAD SEGURA Y LIMPIA SJM 2019 Y AÑO NUEVO 2020, elaborado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, previa evaluación y opinión favorable de dicho Plan, por parte de todas las unidades orgánicas involucradas que se detallan en el proyecto remitido; Que, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades que establece las facultades que la Alcaldesa cuenta, esta corporación municipal se encuentra implementando y ejecutando el PLAN INTEGRAL NAVIDAD SEGURA Y LIMPIA SJM 2019 Y AÑO NUEVO 2020, en conjunto con los órganos y unidades operativas de esta corporación municipal, con la participación de la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y organismos públicos y privados en la jurisdicción del distrito y responsables del mantenimiento del ordenamiento y seguridad en el Distrito; Estando a las facultades establecidas en los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, y el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN INTEGRAL NAVIDAD SEGURA Y LIMPIA SJM 2019 Y AÑO NUEVO 2020, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Disponer la intervención, recuperación y ordenamiento en los puntos críticos señalados, desviándose el tránsito vehicular, procurándose la seguridad y limpieza, restringiéndose el acceso del comercio ambulatorio informal o no autorizado dentro del plazo del 10 de Diciembre 2019 al 10 de enero del 2020, para estos efectos en el cuadrante delimitado por cada punto crítico, solamente de acceso para los propietarios, trabajadores y conductores de los establecimientos formales de las zonas. Se encuentran exceptuados, el personal y vehículos de esta corporación municipal, así como de las entidades gubernamentales y no gubernamentales autorizadas de apoyo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social y a todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, el estricto cumplimiento de las medidas establecidas en el PLAN INTEGRAL NAVIDAD SEGURA Y LIMPIA SJM 2019 Y AÑO NUEVO 2020, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial cursar oficios al Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, para el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte informático, el texto íntegro de la presente norma, en el Portal Institucional de la Entidad www.munisjm.gob.pe. Artículo Sexto.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su suscripción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1840673-1

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