Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2019 (28/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Sábado 28 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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RESOLUCIÓN SBS Nº 6109-2019 Lima, 19 de diciembre de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se autorice el cierre de seis (6) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú -Interbank el cierre de seis (6) agencias, según se indica: · Agencia Tienda MM Talara Vea Mall, situada en Av. Ignacio Merino, Parcela A, Lote Nº 2, Locales Nº 10 y11, distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura. · Agencia Tienda Ica San José, situada en Sub Lote E.U. B-3 del Fundo San José de lca, distrito de lca, provincia de lca, departamento de lca. · Agencia Tienda MM Pisco, situada en Av. Fermín Tangüis y las Américas S/N El Pedregal, local Nº 3, distrito de Pisco, provincia de Pisco, departamento de lca. · Agencia Tienda MM Vea El Agustino, situada en Av. José Carlos Mariátegui esquina con Av. Las Magnolias, local 01, distrito de El Agustino, provincia de Lima, departamento de Lima. · Agencia Tienda Guardia Civil, situada en C.C. Paseo Center, Av. Guardia Civil s/n, Sub Lote 16A Mz. E, locales 103-104, distrito de Chorrillos, provincia de Lima, departamento de Lima. · Agencia Tienda Atocongo, situada en C.C. Open Plaza Atocongo - Av. Circunvalación Nº 1801PS, 1803PG, 1805PP, locales 31 y 32, distrito de San Juan de Miraflores, provincia de Lima, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1840366-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 6124-2019 Lima, 20 de diciembre de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La Resolución SBS Nº 2591-2019 en la cual se autoriza al Banco Internacional del Perú - Interbank al cierre temporal de (01) agencia, entre el 09.06.2019 y el 09.12.2019; y, La comunicación del Banco Internacional del Perú Interbank mediante la cual informa que los trabajos de remodelación de la agencia durarán hasta el día 31.03.2020; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la información pertinente que justifica la ampliación del cierre temporal de la referida agencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la ampliación del plazo para el cierre temporal de la agencia ubicada en la Av. San Juan Urbanización lotización Las Vegas, Primera Etapa, Lote 1 Mz A, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, hasta el 31.03.2020. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1840367-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modificado de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 454 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR "APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) MODIFICADO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DE AMAZONAS" EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 191º y 192º establecen que "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia" y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal, siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192º del Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley 27680 y el

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