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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (29/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Domingo 29 de diciembre de 2019 / El Peruano ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC Y OTROSFECHA DE VENCIMIENTO 2 27 de marzo de 20203 30 de marzo de 20204 31 de marzo de 20205 1 de abril de 20206 2 de abril de 20207 3 de abril de 20208 6 de abril de 20209 7 de abril de 2020 Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC8 de abril de 2020 Octava.- Puesta a disposición de la información personalizada a que se re fi ere el artículo 5 para el ejercicio gravable 2019. Para el ejercicio gravable 2019, la información personalizada a que se re fi ere el artículo 5 se encontrará disponible a partir del 17 de febrero de 2020. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional (e) 1841091-1 Dejan sin efecto designaciones y designan fedatarios administrativos titulares de la Intendencia Lima RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 180-2019-SUNAT/800000 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIONES Y DESIGNA FEDATARIOS ADMINISTRATIVOS TITULARES DE LA INTENDENCIA LIMA Lima, 26 de diciembre de 2019CONSIDERANDO:Que el numeral 1 del artículo 138° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, entre otros, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 132-2014/SUNAT y Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 003-2014-SUNAT/800000, N° 013-2015-SUNAT/800000, N° 039-2015-SUNAT/800000, N° 017-2016-SUNAT/800000, N° 025-2016-SUNAT/800000, N° 006-2017-SUNAT/800000, N° 108-2017-SUNAT/800000 y N° 096-2018-SUNAT/800000, se designaron a diversos trabajadores como Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Lima; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 186-2013/SUNAT se designó a diversos trabajadores como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Lima y de la O fi cina Zonal Huacho; Que en mérito a los fundamentos expuestos en el Informe N° 031-2019-SUNAT/7E0000 emitido por la Intendencia Lima, se estima necesario dejar sin efecto algunas de las designaciones a las que se hace referencia en los considerandos precedentes, y designar a los trabajadores que ejercerán la función de Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Lima; En uso de la facultad conferida por el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos Titulares y Alternos de la Intendencia Lima y de la O fi cina Zonal Huacho, de los trabajadores que se detallan en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Designar como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia Lima, a los trabajadores que se detallan en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y sus Anexos en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.FANNY YSABEL VIDAL VIDAL Superintendenta Nacional Adjunta de Administración y Finanzas 1840416-1 Dejan sin efecto designaciones y designan fedatarios administrativos titulares de la Intendencia de Aduana de Puerto Maldonado RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 181-2019-SUNAT/800000 DEJA SIN EFECTO DESIGNACIONES Y DESIGNA FEDATARIOS ADMINISTRATIVOS TITULARES DE LA INTENDENCIA DE ADUANA DE PUERTO MALDONADO Lima, 26 de diciembre de 2019CONSIDERANDO: Que el numeral 1 del artículo 138° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, entre otros, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 078- 2013/SUNAT se designó a los trabajadores Alfonso Aybar Tapia y Rafael Jorge Ucharico Uruchi como Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Puerto Maldonado, respectivamente; Que en mérito al Informe N° 003-2019-SUNAT/3V0000 emitido por la Intendencia de Aduana de Puerto Maldonado,