Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 1 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Agregado policial: Para Oficiales Generales o Coroneles de Armas egresados del Programa de Alto Mando en Orden Interno y Desarrollo Nacional del Instituto de Altos Estudios Policiales o equivalente del país o el extranjero, autorizado por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. b. Agregado policial adjunto: Para Comandantes o Mayores de Armas egresados del Curso de Oficial de Estado Mayor o de institutos similares del país o el extranjero, autorizado por la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. c. Personal auxiliar: Para Suboficiales Superiores, Brigadieres o Técnicos de Primera de Armas; con cursos de capacitación institucionales de inteligencia y computación"; Que, el Reglamento de Agregadurías y Enlaces de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial N° 1105-2005-IN/PNP, de fecha 3 de mayo de 2005, en su artículo 13 señala, respecto a su organización, que "Las Agregadurías Policiales tienen asignado personal para el desempeño de los siguientes cargos: a. Agregado Policial b. Adjunto al Agregado Policial c. Personal Auxiliar"; asimismo, en su artículo 22 indica que "El nombramiento del Personal PNP, se efectúa en el mes de enero de cada año mediante Resolución Suprema, a propuesta del Director General PNP"; Que, en atención a dicho marco legal, mediante Resolución Suprema N° 011-2017-IN, de fecha 3 de marzo de 2017, se asignó en Misión Diplomática, adscritos al Ministerio de Relaciones Exteriores, por un periodo de dos (2) años, a los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Luis Eduardo Lazo Fernández, como Agregado Policial en la Embajada de la República del Perú en los Estados Unidos de América, Javier Ernesto Bueno Victoriano, como Agregado Policial en la Embajada de la República del Perú en la República de Panamá, Roy William Ugaz Suarez, como Agregado Policial en la Embajada de la República del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y Edwin Antenor Rolando Pereyra, como Agregado Policial en la Embajada de la República del Perú en la República de Colombia; Que, al respecto, a través de las Resoluciones Supremas Nros. 101, 112 y 115-2018-IN, de fecha 14 de noviembre de 2018, los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Luis Eduardo Lazo Fernández, Javier Ernesto Bueno Victoriano y Roy William Ugaz Suarez, respectivamente, ascendieron al grado de General de Armas de la Policía Nacional del Perú, a partir del 1 de enero de 2019, por lo que fueron asignados a otros cargos funcionales dentro del ámbito nacional, conforme lo precisa la Resolución Suprema N° 151-2018-IN, de fecha 22 de diciembre de 2018; Que, por otro lado, con Resolución Ministerial N° 17212018-IN, de fecha 17 de diciembre de 2018, se dispuso pasar, con fecha 1 de enero de 2019, de la situación actividad a la situación de retiro al Coronel de la Policía Nacional del Perú Edwin Antenor Rolando Pereyra; Que, mediante Dictamen N° 05-2019-COMGEN-PNPSECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN-DEPECAE, de fecha 4 de enero de 2019, la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú considera viable dar por concluida la designación de los Agregados Policiales de las Embajadas de la República del Perú en los Estados Unidos de América, la República de Panamá, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; y, la República de Colombia, toda vez que tres (3) de ellos fueron ascendidos al grado de General de la Policía Nacional del Perú, por lo que fueron asignados a otros cargos funcionales en el ámbito nacional; y, uno (1) fue pasado a la situación de retiro; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en su artículo 17 establece, con respecto a la eficacia anticipada del acto administrativo, que "17.1. La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción. (...)"; Que, el citado Texto Único Ordenado, en su artículo 7 señala, en referencia al régimen de los actos de

administración interna, que "7.1. (...) El régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros. (...)"; Que, en atención a lo expuesto, resulta conveniente dar por concluida, con eficacia anticipada al 1 de enero de 2019, la designación de los Agregados Policiales de las Embajadas de la República del Perú en los Estados Unidos de América, la República de Panamá, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la República de Colombia, conforme lo antes señalado, acto que no contraviene el orden público ni afecta a terceros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN; el Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú; y, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1149, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2013-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, con eficacia anticipada al 1 de enero de 2019, la designación de los Agregados Policiales que a continuación se detallan: - Coronel de la Policía Nacional del Perú Luis Eduardo Lazo Fernández (actualmente en el grado de General), Agregado Policial en la Embajada de la República del Perú en los Estados Unidos de América. - Coronel de la Policía Nacional del Perú Javier Ernesto Bueno Victoriano (actualmente en el grado de General), Agregado Policial en la Embajada de la República del Perú en la República de Panamá. - Coronel de la Policía Nacional del Perú Roy William Ugaz Suarez (actualmente en el grado de General), Agregado Policial en la Embajada de la República del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. - Coronel de la Policía Nacional del Perú Edwin Antenor Rolando Pereyra (actualmente en Situación de Retiro), Agregado Policial en la Embajada de la República del Perú en la República de Colombia. Artículo 2.- Disponer que la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú adopte las acciones correspondientes en las áreas de su competencia, de conformidad a los dispositivos legales vigentes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1737282-12

Designan representante de la Policía Nacional del Perú en el Directorio del Fondo de Aseguramiento en Salud de la PNP SALUDPOL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2019-IN Lima, 30 de enero de 2019

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