Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2019 (03/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Domingo 3 de febrero de 2019 /

El Peruano

Primero. Que la señora Consejera Judith Alegre Valdivia, remite el Proyecto de Directiva sobre la conformación del Equipo del Área de Cobranza de Multas Segundo. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 059-2016-CE-PJ, de fecha 2 de marzo de 2016, aprobó los documentos normativos denominados "Reglamento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial" y "Procedimiento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial". Tercero. Que en sesión de fecha 21 de noviembre de 2018 mediante Acuerdo N° 728-2018, este Órgano de Gobierno designó a la señora doctora Judith Alegre Valdivia, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para que elabore una propuesta de directiva que regule el funcionamiento de las Secretarias de Cobranza de Multas en los Distritos Judiciales del país. Cuarto. Que, evaluada la propuesta, es necesario aprobar la Directiva sobre "Lineamientos para la conformación del Equipo del Área de Cobranza de Multas", a fin de tramitar y ejecutar el cobro de las multas impuestas por el Poder Judicial en forma oportuna, sin afectar las labores que desarrollan jueces y trabajadores del área jurisdiccional. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 0332019 de la segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 001-2019-CE-PJ, denominada "Lineamientos para la conformación del Equipo del Área de Cobranza de Multas", que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, la difusión y cumplimiento de la presente Directiva. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el portal web del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSE LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1737515-2

PIURA - PIURA JEE PIURA (ERM.2018019801) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintinueve de agosto de dos mil dieciocho. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Pedro Arturo Galecio Navarro, personero legal de la organización política Alianza para el Progreso, en contra de la Resolución N° 00434-2018-JEE-PIUR/JNE, del 19 de julio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Piura, que declaró fundado el procedimiento sancionador efectuado por la comisión de la infracción señalada en el artículo 42 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, e impuso una multa de treinta (30) unidades impositivas tributarias a Luis Alberto Ramírez Ramírez, candidato a alcalde para la Municipalidad Provincial de Piura, por la citada organización política, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Mediante Informe N° 048-2018-ARBR-CF-JEE PIURA/JNE ERM2018, del 6 de julio de 2018, el coordinador de fiscalización del Jurado Electoral Especial de Piura (en adelante, JEE) informó de un posible caso de entrega de dádivas (polos deportivos) por parte de Luis Alberto Ramírez Ramírez, candidato a alcalde para la Municipalidad Provincial de Piura, por la organización política Alianza para el Progreso, durante el desarrollo de un evento deportivo denominado "Rosario Timaná Ruiz La Legua 2018", organizado por el Comité Deportivo Villa La Legua, el 1 de julio de 2018. Por Resolución N° 00379-2018-JEE-PIUR/JNE, del 11 de julio de 2018, el JEE consideró que existía mérito suficiente para admitir a trámite el inicio del procedimiento sancionador contra la organización política Alianza para el Progreso, por la posible vulneración del artículo 42 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), razón por la cual, se corrió traslado del mencionado informe de fiscalización para que en el plazo de tres (3) días calendario, luego de notificado, se proceda a realizar el descargo respectivo. El 16 de julio de 2018, la organización política Alianza para el Progreso presentó sus descargos con relación a la imputada entrega de dádivas por parte de Luis Alberto Ramírez Ramírez, candidato a alcalde para la Municipalidad Provincial de Piura, bajo los siguientes argumentos: a. El candidato, cuando pasaba cerca de una cancha de fútbol, fue abordado por varias personas, quienes lo invitaron a compartir un almuerzo debido a que se estaba llevando un campeonato deportivo. b. Antes de retirarse, le indicaron que los uniformes de fútbol que estaban en la mesa iban a ser entregados a los equipos participantes. De acuerdo con los comentarios de los organizadores, estas camisetas fueron donadas por José Félix Viera Yamunaque, quien es simpatizante de la organización política Alianza para el Progreso. c. El candidato solo estuvo a cargo de dar el play de honor, dejando constancia que los equipos participantes no tenían ningún distintivo de un partido político. d. Los artículos periodísticos que obran en los diarios Correo y El Comercio de Piura no se ajustan a la realidad, ya que nunca se entregó dádivas. Así tampoco, no es cierto lo publicado en el portal web de la radio Cutivalu de Piura. e. De acuerdo al testimonio del comisario PNP - La Legua, Edgard Ayovit Sánchez Mondragón, este fue invitado para inagurar un evento como representante de la Comisaría de Villa La Legua. Asimismo, expresó que él inauguró la actividad, no percatándose que los uniformes deportivos venían de un candidato o autoridad. f. Según el agente municipal de Villa La Legua, Kevin Gian Pierre Zapata Arévalo, después de la inauguración del evento deportivo, por los altoparlantes, se anunció la entrega de regalos --uniformes deportivos-- por parte de la organización política Alianza para el Progreso. Así

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran infundada imposición de multa a candidato a alcalde para la Municipalidad Provincial de Piura
RESOLUCIÓN N° 2517-2018-JNE Expediente N° ERM.2018021965

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