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10 NORMAS LEGALES Lunes 4 de febrero de 2019 / El Peruano del Decreto Legislativo n.º 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por el Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente; Que, conforme lo previsto el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley n.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo n.º 004-2019-JUS, se establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, el Decreto Supremo n.º 88-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, en ese contexto normativo por Resolución Ejecutiva n.º 212-2016-ITP/DE, se aprueba el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa”; Que, el segundo párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo n.º 88-2001-PCM, dispone que toda modi fi cación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa mediante el Informe Técnico n.º 14-2018-ITP/CITEagroindustrial Oxapampa de fecha 20 de diciembre de 2018, propone la modi fi cación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del referido CITE, incluyendo doce (12) servicios tecnológicos; Que, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos mediante el Memorando n.º 126-2019-ITP/OGRRHH de fecha 29 de enero de 2019 valida la información del “costo de mano de obra por minuto” del personal del CITEagroindustrial Oxapampa; Que, la O fi cina de Administración en cumplimiento de sus funciones por el Memorando n.º 1248-2019-ITP/OA de fecha 29 de enero de 2019, remite el Informe n.º 62-2019-ITP/OA-CONT, emitido por el Responsable de Contabilidad en el que se indica que la depreciación de los equipos que intervienen en la prestación de servicios, se encuentran conforme el cálculo del costo de depreciación; asimismo, con respecto a los costos de los servicios, se encuentran acorde el porcentaje de la depreciación según el requerimiento del servicio; Que, asimismo, con el Memorando n.º 1313-2019- ITP/OA de fecha 30 de enero de 2019, la O fi cina de Administración remite el Informe n.º 133-2019-ITP-OA/ABAST del Responsable de Abastecimiento informando que se ha realizado la veri fi cación de los costos detallados en los Anexos 2 y 4 respecto al “Costo de los materiales Fungibles” y “Costo de los materiales no Fungibles”, los mismos que fueron validados y que corresponden a las compras realizadas por el ITP; Que, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en cumplimiento de sus funciones, por el el Informe n.º 35-2019-ITP/OPPM de fecha 31 de enero de 2019, emite opinión favorable al proyecto de modi fi cación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Oxapampa, incluyendo doce (12) servicios tecnológicos;Que, por el Informe n.º66-2019-ITP/OAJ de fecha 31 de enero de 2019, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modi fi cación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa, incorporando los doce (12) servicios propuestos. al encontrarse dichos servicios dentro de las funciones del ITP y por cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la modi fi cación del Tarifario de Servicios del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa, incorporando los doce (12) servicios propuestos por el mencionado CITE; Con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo n.º 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo n.º 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo n.º 88-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa”, aprobado por la Resolución Ejecutiva n.º 212-2016-ITP/DE, incluyendo doce (12) servicios, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al Anexo adjunto. Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO VILLARAN CORDOVA Director Ejecutivo Resolución Ejecutiva Nº 31-2019-ITP/DE ANEXO TARIFARIO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS DEL CENTRO DE INNOVACION PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA AGROINDUSTRIAL OXAPAMPA - CITEagroindustrial Oxapampa NºDenominación del Servicio TecnológicoRequisitosUnidad de MedidaValor del Servicio (Soles)% UIT SERVICIO DE CAPACITACIÓN 001Técnicas de tratamiento térmico de frutas.Solicitud Dirigida Al Director/A Del Órgano Con Carácter De Declaración Jurada Y Obligatoria Según Formulario Itp- 00-Fr-0001Hora 4.80 0.11 002Procesamiento de café semi húmedos y naturales “honey y natural”.Hora 3.10 0.07 003Procesamiento de cafés especiales “cosecha selectiva, fermentación, secado, control de calidad, tostado, molido y empaque”.Hora 3.10 0.07 004Procesamiento de alimentos y frutas con técnicas de escaldado y pasteurización.Hora 4.80 0.11