Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2019 (16/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 16 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Visto el Expediente Nº 17-044922-001, que contiene los Informes N°s 002-2018-NAVB-DSARE/DGIESP/ MINSA y 013-2018-DSARE-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, los numerales I, II y VI del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, siendo responsabilidad del Estado regular, vigilar y promover la protección de la salud. La provisión de servicios de salud es de interés público, cualquiera sea la persona o institución que los provea. Es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, contempla que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la precitada Ley contempla como función rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 63, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA y el Decreto Supremo Nº 032-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública en materia de Salud Mental, Prevención y Control de Discapacidad, Salud Sexual y Reproductiva, Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas, Prevención y Control del Cáncer, Inmunizaciones, Salud Bucal, Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Prevención y Control de VIHSIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis, Prevención y Control de la Tuberculosis, Intervenciones por curso de vida y cuidado integral, Promoción de la Salud; y Pueblos Indígenas u Originarios; Que, a través de los documentos de vistos, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto la aprobación de la Directiva Sanitaria que establece la Organización y Funcionamiento de los Comités de Prevención de la Mortalidad Materna, Fetal y Neonatal, que tiene por finalidad contribuir a la reducción de la morbilidad, mortalidad materna, fetal y neonatal; y por objetivo general organizar y establecer las funciones, atribuciones y competencias de los citados Comités, para la implementación de acciones orientadas a la prevención, vigilancia y control de la mortalidad materna, perinatal, neonatal y morbilidad materna extrema; Que, a través de la Nota Informativa N° 06-2018DGOS/MINSA, la Dirección General de Operaciones en Salud ha emitido opinión técnica favorable, respecto a la referida propuesta normativa; Que, mediante el Informe N° 091-2018-PGR-DVMSP/MINSA el Despacho Viceministerial de Salud Pública informó que la propuesta normativa se adecúa a los requerimientos señalados en el documento "Normas para la elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud", aprobada con Resolución Ministerial N° 8502016/MINSA; Que, con el Informe N° 1000-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud emitió opinión legal; Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en

Salud Pública, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, la Ley N° 30895, Ley que Fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud y el Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por el Decreto Supremo N° 011-2017-SA y el Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº 084-MINSA/2019/DGIESP, Directiva Sanitaria que establece la Organización y Funcionamiento de los Comités de Prevención de la Mortalidad Materna, Fetal y Neonatal, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 453-2006/MINSA, que aprobó el Reglamento de Funcionamiento de los Comités de Prevención de Mortalidad Materna y Perinatal. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1750664-2

Designan representantes, titular y alterna, del Ministerio de Salud ante la Comisión Multisectorial encargada de elaborar informe técnico que contenga el estudio técnico del cálculo del crédito sobre los aportes para cubrir el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) en el sistema complementario de seguridad social en salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 253-2019/MINSA Lima, 15 de marzo del 2019 Visto, el Expediente N° 18-090084-009, que contiene el Memorándum N° 0117-2019-DVMPAS-MINSA, del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 005-2019-SA se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Salud, con el objeto de elaborar un informe técnico que contenga el estudio técnico del cálculo del crédito sobre los aportes para cubrir el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) en el sistema complementario de seguridad social en salud, la cual está conformada, entre otros, por un/a (1) representante del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud, quien la preside; Que, el artículo 5 de la precitada Resolución Suprema establece que la designación de los representantes, titular y alterno/a, de las entidades públicas ante la Comisión Multisectorial antes indicada, se realiza mediante Resolución de su titular; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a los representantes titular y alterno/a del Ministerio de Salud

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