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30 NORMAS LEGALES Sábado 16 de marzo de 2019 / El Peruano De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; y Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N.° 007-2013-EF, que establece la escala de viáticos en el territorio nacional; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Eliana Nelly Beraún Escudero, Directora de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 20 al 22 de marzo del 2019, para que participe en la Segunda Conferencia de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre la Cooperación Sur-Sur (PABA +40). Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137180 Facilitación de la Captación de Ciencia, Tecnología e Innovación, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Eliana Nelly Beraún Escudero1050.00 370.00 3 1,110.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posterior a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar un informe al Ministro de Relaciones Exteriores, acerca de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1748429-1 Autorizan viaje de funcionarios de la APCI a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0170/RE-2019 Lima, 8 de marzo de 2019CONSIDERANDO: Que, la Segunda Conferencia de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre la Cooperación Sur-Sur (PABA +40) se realizará del 20 al 22 de marzo del 2019, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, y tiene como tema principal “El rol de la Cooperación Sur-Sur y la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sustentable, Desafíos y Oportunidades”; Que, el referido evento celebra el 40° aniversario de la adopción del Plan de Acción de Buenos Aires para Promover y Realizar la Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo (PABA), y busca revisar las tendencias en materia de Cooperación Sur-Sur y Triangular, con el propósito de lograr mayor entendimiento, así como generar compromisos que se traduzcan en un documento fi nal orientado a la acción y al trabajo conjunto para alcanzar los objetivos de la Agenda 2030;Que, en concordancia con lo señalado, se estima importante la participación en el citado evento del Director Ejecutivo y de la Directora de Políticas y Programas de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; La Hoja de Trámite (GAC) N° 354, del Despacho Viceministerial, de 4 de marzo del 2019; y, los memoranda (DAE) N° DAE00142/2019, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 1 de marzo del 2019, y (APC) N° APC00056/2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), de 27 de febrero del 2019; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modi fi catorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modi fi catorias; y, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor José Antonio González Norris, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y de la señora Nancy Magaly Silva Sebastián, Directora de Políticas y Programas, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para participar del 20 al 22 de marzo del 2019 ,en la Segunda Conferencia de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre la Cooperación Sur-Sur (PABA +40). Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD José Antonio González Norris916.84 370.00 3 + 1 1,480.00 Nancy Magaly Silva Sebastián916.84 370.00 3 + 1 1,480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1748429-2 SALUD Dictan disposiciones referidas a la exigencia del Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura para la inscripción y reinscripción en el Registro Sanitario y en la importación de productos farmacéuticos DECRETO SUPREMO N° 007-2019-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA