Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2019 (16/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 16 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, a fin de incluir el material aeronáutico Boeing 767; Que, en aplicación del literal g) del artículo 9º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo; Que, según lo establecido en el artículo 177º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, la modificación de los permisos de operación se concede por Resolución Directoral de acuerdo a los procedimientos establecidos por la DGAC; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, según los términos del Memorando N° 112-2019MTC/12.LEG, Memorando Nº 138-2019-MTC/12.07.CER, Informe N° 028-2019-MTC/12.07.AUT e Informe Nº 2022019-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042019-JUS, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar ­en el extremo pertinente­ el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 446-2015-MTC/12 del 12 de octubre de 2015 que otorgó la última renovación del Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga de POLAR AIR CARGO WORLDWIDE, INC., en los siguientes términos: MATERIAL AERONÁUTICO: (Adicional a lo autorizado) - Boeing 767 Artículo 2.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 446-2015-MTC/12 del 12 de octubre de 2015 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1748662-1

VISTOS, los Informes N° 01 y N° 05-2019-SERVIR/ GDCRSC, el Memorando N° 102-2019-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; el Memorando Nº 115-2019-SERVIR/ GG-OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas; el Memorando Nº 041-2019-SERVIR/GG-OPP y el Informe N° 018-2019-SERVIR/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 se creó el Programa Piloto de Crédito-Beca a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil -- SERVIR; con la finalidad de financiar mediante la modalidad crédito-beca, los estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación y que cuenten con admisión en los mejores programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por SERVIR, en áreas de ingeniería, ciencias básicas, ciencias de la salud, educación, ciencias agropecuarias y del medio ambiente, economía y gestión pública; Que, con Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 025-2013-PCM, se aprobaron las disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito--Beca; Que, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final del citado decreto supremo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 091-2017-SERVIR-PE se aprobó el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito Beca, el mismo que ha sido modificado en sucesivas ocasiones con la finalidad de optimizar su correcta aplicación; encontrándose vigente la versión actualizada aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 046-2018-PCM; Que, mediante los Informes N° 01 y N° 05-2019-SERVIR/GDCRSC y el Memorando N° 102-2019-SERVIR/GDCRSC, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil propone la aprobación de un nuevo Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, así como los nuevos formatos, con la finalidad de establecer criterios técnicos y procedimientos que resulten acordes con la aplicación eficiente y eficaz del Programa Piloto Crédito -- Beca; Con las visaciones de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, la Oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012 y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 1222012-PCM que aprueba disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito--Beca, y modificatoria, y el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca así como sus formatos, los cuales en anexo forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca y los formatos aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 091-2017-SERVIRPE, modificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 046-2018-SERVIR-PE y Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 129-2018-SERVIR-PE. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y de la

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Aprueban Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito - Beca así como sus formatos
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 035-2019-SERVIR-PE Lima, 12 de marzo de 2019

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