Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2019 (16/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 16 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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establece que las sociedades de auditoría son designadas previo concurso público de méritos y contratadas por la Contraloría General de la República. Así también, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, asimismo el citado artículo establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, precisando que la resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con Resolución de Contraloría N° 432-2018CG se aprueba el tarifario que establece el monto por retribuciones económicas, impuesto general a la venta y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 069-2018-APN/DIR de fecha 10 de octubre de 2018, se autorizó la transferencia financiera por la suma de S/ 37,232.98 (TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS Y 98/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General para financiar la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior a la APN, correspondiente al ejercicio fiscal 2018; Que, a través del Oficio N° 0352-2019-CG/DC recibido con fecha 27 de febrero de 2019, la Contraloría General de la República solicita se efectúe la segunda transferencia financiera por el importe de S/ 40,890.00 (CUARENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), equivalente el 50% para el financiamiento total de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control a nuestra entidad del período auditado 2018; Que, de acuerdo con el Informe N° 0033-2019-APN/ DIPLA de fecha 01 de marzo de 2019, para atender lo solicitado por la Contraloría General de la República en el año fiscal 2019 se ha previsto en el presupuesto institucional aprobado, los recursos por el importe de S/ 85,967.00 (OCHENTA Y CINCO MIL NOVENCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para atender las transferencias financieras a la Contraloría General de la República en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30742, por lo cual la APN cuenta con disponibilidad presupuestal para que se realice una transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por un monto ascendente a S/ 40,890.00 (CUARENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES) para el financiamiento total de la contratación de la Sociedad de Auditoría; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019, la entidad que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales les fueron entregados los recursos; así mismo establece que dichos recursos públicos, bajo responsabilidad, deberán ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al referido artículo; Que, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, en su Sesión N° 485 de fecha 12 de marzo de 2019, resolvió aprobar la transferencia financiera por la suma de S/ 40,890.00 (CUARENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para el financiamiento total de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la APN, correspondiente al ejercicio fiscal 2018;

Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República; Ley N° 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019; Decreto Supremo Nº 034-2004MTC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional; entre otras normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera por la suma de S/ 40,890.00 (CUARENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para el financiamiento total de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la APN, correspondiente al ejercicio fiscal 2018. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente resolución se realizará con cargo al presupuesto aprobado del Pliego 214: Autoridad Portuaria Nacional, Unidad Ejecutora 001: Autoridad Portuaria Nacional, Actividad 5000002: Conducción y Orientación Superior, Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, para el año fiscal 2019. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia General solicite a la Contraloría General de la República, el informe de cumplimiento de metas y resultados obtenidos mediante los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, en concordancia con el numeral 16.3 de la Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR PATIÑO GARRIDO Presidente del Directorio 1750498-1

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Designan Gerente General y encargan diversos puestos en la Unidad Ejecutora 002 "Servicios de Saneamiento Tumbes"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 020-2019-OTASS/DE Lima, 14 de marzo de 2019 VISTO: El informe N° 091-2019-OA/OTASS de la Oficina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS es el organismo público técnico especializado adscrito

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