Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2019 (19/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Martes 19 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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el deber de presentar sus licencias sin goce de haber, debiendo proceder de la siguiente manera: - Los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los organismos y empresas del Estado que pretendan ser candidatos congresales, deben presentar por escrito sus licencias sin goce de haber ante la entidad pública correspondiente hasta el 18 de noviembre de 2019, por ser el plazo establecido para presentar las solicitudes de inscripción de listas de candidatos congresales ante los Jurados Electorales Especiales, debiendo precisar expresamente que estas se harán efectivas a partir del 27 de noviembre de 2019, es decir, 60 días antes de la fecha de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. - El cargo o constancia de presentación de la solicitud de licencia sin goce de haber, en original o copia legalizada, debe ser anexada a la solicitud de inscripción de listas de candidatos que presenten los partidos políticos ante los Jurados Electorales Especiales implementados para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Artículo Tercero.- Conforme a los fundamentos 16 al 24, los señores miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, Ticona Postigo, Chanamé Orbe, Chávarry Correa y Rodríguez Vélez, ESTABLECEN como criterio normativo que los altos funcionarios señalados en el artículo 113 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, que presenten su renuncia con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, procederán de la siguiente manera: - Las renuncias deben ser presentadas por escrito, ante la entidad correspondiente, hasta el 18 de noviembre de 2019, precisando expresamente su efectividad a partir del 27 de noviembre de 2019, es decir 60 días antes de la fecha de las Elecciones Congresales Extraordinarias, conforme a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 002-2019 y el artículo sétimo de la Resolución Nº 155-2019-JNE. - El cargo o constancia de presentación de la carta de renuncia, en original o copia legalizada, debe ser anexada a la solicitud de inscripción de listas de candidatos que presenten los partidos políticos ante los Jurados Electorales Especiales implementados para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Artículo Cuarto.- Conforme a los fundamentos 25 al 29 de la presente, los señores miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, Ticona Postigo, Chanamé Orbe, Chávarry Correa y Rodríguez Vélez, ESTABLECEN como criterio normativo que los consejeros regionales señalados en el literal a) del artículo 113 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, que deseen participar del proceso de Elecciones Congresales Extraordinarios 2020, deben presentar sus licencias sin goce de haber procediendo de la siguiente manera: - Los consejeros regionales que pretendan ser candidatos congresales, deben presentar por escrito sus licencias sin goce de haber ante la entidad pública correspondiente hasta el 18 de noviembre de 2019, por ser el plazo establecido para presentar las solicitudes de inscripción de listas de candidatos congresales antes los Jurados Electorales Especiales, debiendo precisar expresamente que estas se harán efectivas a partir del 27 de noviembre de 2019, es decir, 60 días antes de la fecha de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, conforme a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 002-2019 y el artículo sétimo de la Resolución Nº 155-2019-JNE. - El cargo o constancia de presentación de la solicitud de licencia sin goce de haber, en original o copia legalizada, debe ser anexada a la solicitud de inscripción de listas de candidatos que presenten los partidos políticos ante los Jurados Electorales Especiales implementados para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020.

Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1828318-3

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Encargan a funcionario el despacho de la Secretaría General
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000236-2019-JN/ONPE Lima, 18 de noviembre del 2019 VISTOS: El Informe N° 000205-2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como el Informe N° 000401-2019GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Resolución Jefatural N° 000235-2019-JN/ ONPE se designó, a partir del 18 de noviembre de 2019, al señor HUGO ARMANDO ALIAGA GASTELUMENDI, en el cargo de confianza de Secretario General, correspondiente a la Plaza Nº 013 del Cuadro para Asignación de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 049-2014-J/ONPE; Por su parte, la Gerencia General mediante el Informe de vistos propone, que la designación del señor HUGO ARMANDO ALIAGA GASTELUMENDI en el cargo de confianza de Secretario General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, se formalice a partir del 19 de noviembre de 2019. Además, sustenta la necesidad de encargar el despacho de la Secretaría General, por el día 18 de noviembre, al Gerente General (e); De acuerdo a lo señalado, corresponde emitir la Resolución Jefatural que modifique en parte la Resolución Jefatural N° 000235-2019-JN/ONPE; Conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales j) y s) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, y el numeral 5 el artículo 10 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; Con el visado de la Gerencia General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo tercero de la Resolución Jefatural N° 000235-2019-JN/ONPE, en los términos siguientes: Artículo Tercero.- Designar, a partir del 19 de noviembre de 2019, al señor HUGO ARMANDO ALIAGA

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