Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2019 (29/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de noviembre de 2019 /

El Peruano

efecto adjunta la Ficha Técnica y los Cuestionarios a utilizarse en la entrevista directa de la referida Encuesta; Que, en ese contexto, resulta necesario autorizar la ejecución de la Encuesta de Línea de Base de la intervención "Orientación a varones para la construcción de una nueva forma de masculinidad que no permita la transmisión del ciclo de violencia", la que cuenta con los documentos metodológicos: Ficha Técnica y los cuestionarios correspondiente a utilizar, así como establecer el periodo de ejecución, los mismos que requieren ser aprobados para efectos de lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Estadística e Informática. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la Encuesta de Línea de Base de la intervención "Orientación a varones para la construcción de una nueva forma de masculinidad que no permita la transmisión del ciclo de violencia", que se aplicará en 1100 personas de 18 a 59 años de edad actualmente en unión conyugal y sus respectivas cónyuges, en 22 distritos del ámbito urbano ubicado en nueve (09) departamentos del país, la que estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y de las Oficinas Departamentales/Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, en los departamentos que corresponde la encuesta Línea de Base. Artículo 2.- Aprobar, los cuestionarios de la referida Encuesta, que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3.- Establecer como período de ejecución de la mencionada Encuesta, del 26 de noviembre al 17 de diciembre de 2019, la misma que se efectuará en la modalidad de entrevista directa. Artículo 4.- La información que proporcione, se mantendrá en estricta reserva, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 97 del Decreto Supremo Nº 043-2001PCM, sobre el secreto estadístico y la confidencialidad de la información. Regístrese y comuníquese. JOSÉ GARCÍA ZANABRIA Jefe (e) 1831776-1

2019, de la Oficina General de Administración y Finanzas; y el Informe N° 000801-2019-AJ/MIGRACIONES, de fecha 28 de noviembre de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Mediante Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprobaron los recursos presupuestarios para las entidades del Sector Público para el Año Fiscal 2019, asignándose recursos presupuestarios al Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones por la suma de S/ 131 806 557,00 (Ciento treinta y un millones ochocientos seis mil quinientos cincuenta y siete y 00/100 Soles), a nivel de toda fuente de financiamiento; El artículo 20° de Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las sociedades de auditoría, para efectos de dicha ley, son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; asimismo, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; De igual modo, conforme a lo dispuesto en el referido artículo, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego, la cual se publica en el diario oficial El Peruano; requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; A través de la Resolución de Contraloría Nº 3692019-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Con Oficio N° 000926-2019-CG/SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la República, comunica que tiene programado iniciar en el presente año fiscal, las convocatorias públicas de méritos para la designación de sociedades de auditoría para las entidades incluidas en el Tarifario aprobado para el periodo auditado 2019; por lo que, solicita a la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, efectuar la transferencia financiera del 50% de la Retribución Económica (incluido IGV) del Período Auditado 2019, por el monto de S/ 55 868,00 (Cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y ocho y 00/100 soles) y un depósito en cuenta a favor de la Contraloría General de la República, por el importe total según tarifario del 6% del Derecho de Designación y Supervisión, por el monto de S/ 11 362,98 (Once mil trescientos sesenta y dos y 98/100 Soles); asimismo, indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el otro 50% de la Retribución Económica (incluido IGV) del periodo auditado 2019, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en el mes de enero del año 2020; En ese contexto, mediante Memorando N° 002899-2019-PP/MIGRACIONES e Informe N° 000421-2019-ADF-PP/MIGRACIONES, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria, adjuntando para tal fin la Certificación de Crédito

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 363-2019-MIGRACIONES Lima, 28 de noviembre de 2019 VISTOS: El Oficio N° 000926-2019-CG/SGE, recibido el 13 de noviembre de 2019, del Secretario General de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 002899-2019-PP/MIGRACIONES y el Informe N° 000421-2019-ADF-PP/MIGRACIONES, ambos de fecha 26 de noviembre de 2019, emitidos por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 0040972019-AF/MIGRACIONES, de fecha 27 de noviembre de

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