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91 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2020 El Peruano / la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, el artículo 16 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias, establece que esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social; Que, los literales d) y e) del artículo 2 de la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, establece como competencias de la Junta Nacional de Justicia nombrar o renovar en el cargo al jefe de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al jefe del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC); Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 30916, así como en los artículos 42 a 45 del Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de el/la Jefe(a) de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales–ONPE y de el/la Jefe(a) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil– RENIEC, aprobado por Resolución N° 036-2020-JNJ, la Junta Nacional de Justicia, como parte del proceso de selección, determina la aplicación de las pruebas de confi anza que estime pertinentes a fi n de garantizar altos estándares de idoneidad de el/la postulante; Que, en el marco del criterio de colaboración entre entidades públicas, previsto en el numeral 87.1 del artículo 87 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la Contraloría General de la República y la Junta Nacional de Justicia, con fecha 28 de enero de 2020, suscribieron un Compromiso por la Integridad, a efectos de unir esfuerzos para reforzar valores y ética en la gestión pública; compartiendo información, conocimiento y experiencias a fi n de lograr el fortalecimiento de ambas instituciones para el cumplimiento de sus fi nes y objetivos; Que, asimismo, la Contraloría General de la República y la Junta Nacional de Justicia, con fecha 22 de julio de 2020, suscribieron un Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional con el objeto de establecer mecanismos de cooperación mutua para el fortalecimiento de las capacidades internas de ambas instituciones mediante la transferencia de conocimientos e información; siendo un compromiso de esta Entidad Fiscalizadora Superior, brindar asistencia técnica a la Junta Nacional de Justicia para la realización de las pruebas de con fi anza patrimonial y socioeconómica en el marco de los concursos públicos para la selección y nombramiento de el/la Jefe(a) de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales– ONPE y de el/la Jefe(a) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil–RENIEC, lo cual comprende, entre otros aspectos, la recepción, evaluación y remisión a la Junta Nacional de Justicia de las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas, y de las Declaraciones Juradas para la Gestión de Con fl icto de Intereses, de los postulantes a los citados concursos públicos; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 216- 2020-CG, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de julio de 2020, se aprobó la Directiva N° 010-2020-CG/FIS “Asistencia técnica de la Contraloría General de la República, en el marco de los Concursos Públicos de Selección y Nombramiento del Jefe(a) de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Jefe(a) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), a cargo de la Junta Nacional de Justicia”; Que, con Hoja Informativa N° 000025-2020-CG/FIS, la Subgerencia de Fiscalización propone modi fi car la Directiva N° 010-2020-CG/FIS, respecto al contenido de la Sección Primera de la Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, al que se re fi ere el literal a) del numeral 6.3, a efectos que se considere información respecto del conviviente, de corresponder; en virtud de ello, en cuanto al Anexo N° 01–Formato de Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, corresponderá adecuar el citado formato a la modi fi cación antes mencionada. Asimismo, se propone suprimir el término “Anexo” en el rubro “I. Ingresos” de la Sección Primera, e incluir en el rubro “III. Bienes muebles del declarante y sociedad de gananciales”, de la misma Sección Primera, los campos denominados “Otros”, “Descripción” y “Características”, para efectos de uniformizar dicho formato al utilizado en el proceso para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, experiencia previa que se tuvo en cuenta para brindar la asistencia técnica por parte de esta Entidad Superior Fiscalizadora; Que, del mismo modo, a través de la citada hoja informativa la Subgerencia de Fiscalización propone otras modi fi caciones en el rubro “V. Otros bienes e ingresos del declarante y sociedad de gananciales” y en el rubro “Acreencias y Obligaciones a su cargo”, de la Sección Primera, así como retirar el último campo de la Sección Segunda del citado Anexo N° 01, por cuanto no corresponde su aplicación; Que, estando a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa en la Hoja Informativa N° 000240-2020-CG/GJN, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000172-2020-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta viable jurídicamente la emisión del acto resolutivo que modi fi ca la Directiva N° 010-2020-CG/FIS “Asistencia técnica de la Contraloría General de la República, en el marco de los Concursos Públicos de Selección y Nombramiento del Jefe(a) de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Jefe(a) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), a cargo de la Junta Nacional de Justicia”, propuesta por la Subgerencia de Fiscalización y la Gerencia de Prevención y Detección, con la conformidad de la Vicecontraloría de Gestión Estratégica e Integridad Pública; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 6.3 de la Directiva N° 010-2020-CG/FIS “Asistencia técnica de la Contraloría General de la República, en el marco de los Concursos Públicos de Selección y Nombramiento del Jefe a) de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Jefe (a) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), a cargo de la Junta Nacional de Justicia”, el cual quedará redactado de la siguiente forma: “6.3 Contenido de la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas La DJIBR de los postulantes a los concursos públicos para la selección y nombramiento del Jefe(a) de la ONPE y del Jefe(a) del RENIEC, que recibe la Contraloría, debe contener los siguientes aspectos: a) Sección Primera. (…)- Datos del cónyuge o conviviente (nombres y apellidos, documento de identidad, número de RUC). (…).” Artículo 2.- Modi fi car el Anexo N° 01–Formato de Declaración Jurada de Ingresos y de Bienes y Rentas, de la Directiva N° 010-2020-CG/FIS “Asistencia técnica de la Contraloría General de la República, en el marco de los Concursos Públicos de Selección y Nombramiento del Jefe(a) de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Jefe(a) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), a cargo de la Junta Nacional de Justicia”, conforme al anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución y su anexo en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República