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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (26/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de agosto de 2020 / El Peruano el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en el extranjero en misión diplomática, comisión especial en el exterior, misión de estudios, comisión de servicios y tratamiento médico altamente especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en misión de estudios al Alférez FAP LUIS ANTHONY SEGOVIA CALDERÓN, identi fi cado con NSA 0-9839314 y DNI Nº 70126583 y al Alférez FAP JOSÉ GABRIEL SALAZAR MACEDO, identi fi cado con NSA 0-9838814 y DNI Nº 72701443, para que continúen participando en el “Corso Regolare per Uf fi ciali del Ruólo Navigante Nórmale (SMA 16)” y el “Corso Applicativo per Uffi ciali del Ruólo Navigante Nórmale (SMA 21)”, a realizarse en la Academia Aeronáutica de la Fuerza Aérea Italiana, ubicada en la ciudad de Pozzuoli, Provincia de Nápoles, República Italiana, del 01 de setiembre de 2020 al 31 de marzo de 2021; así como su retorno el 02 de abril de 2021. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020, de acuerdo al siguiente concepto: Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero € 4,441.76 x 4 meses x 2 personas x 20% = € 7,106.82 Total a pagar = € 7,106.82 Artículo 3.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada, de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El pago por pasajes aéreos internacionales, gastos de traslado de retorno, tarifa única por uso de aeropuertos y compensación extraordinaria mensual por misión de estudios en el extranjero correspondiente al período comprendido del 01 de enero al 31 de marzo de 2021, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 que corresponda de la Unidad Ejecutora Nº 005, Fuerza Aérea del Perú. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa 1879611-1DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefa de la Unidad Territorial Loreto del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 436-2020-MIDIS/PNCM Lima, 25 de agosto de 2020.VISTO:El Memorándum N° 958-2020-MIDIS/PNCM/UGTH de fecha 25 de agosto de 2020, emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe N° 727 -2020-MIDIS/PNCM/UAJ de fecha 25 de agosto de 2020, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 2030-2019-MIDIS/PNCM de fecha 27 de noviembre de 2019, se designa a la señora Lita Merly Santillán Mendoza como Jefa de la Unidad Territorial Loreto del Programa Nacional Cuna Más; Que, mediante Carta Nº 1-2020-LSM de fecha 25 de agosto de 2020, la señora Lita Merly Santillán Mendoza presenta renuncia al referido cargo; Que, mediante Memorándum N° 958-2020-MIDIS/ PNCM/UGTH fecha 25 de agosto de 2020, la Unidad de Gestión del Talento Humano comunica la propuesta de la señora Silvia Arbildo Ruiz como Jefa de la Unidad Teritorial Loreto, precisando que se ha procedido a veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos requeridos para el cargo en mención, conforme al Manual de Per fi les de Puestos del PNCM, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM, los cuales se encuentran conformes; Que, mediante Informe N° 727-2020-MIDIS/PNCM/ UAJ, de fecha 25 de agosto de 2020, la jefatura de la Unidad de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la designación propuesta; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más; el Manual de Perfiles de Puestos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional–CAP del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 11-2018-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1. Aceptar la renuncia de la señora LITA MERLY SANTILLAN MENDOZA, en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial Loreto, siendo su último día de labores el 25 de agosto de 2020, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Designar a la señora SILVIA ARBILDO RUIZ, en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial Loreto, a partir del 26 de agosto de 2020. Artículo 3. Notifi car la presente resolución a las citadas servidoras y a la Unidad de Gestión del Talento Humano. Artículo 4. Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese y Notifíquese.FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 1879683-1