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19 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de agosto de 2020 El Peruano / Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Remisión Copia de la presente Resolución se remite a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General, a la Unidad Ejecutora 009 - Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625 y a la Unidad Ejecutora 011 - Secretaría Técnica del Consejo Fiscal, del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, para que realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera. Artículo 5. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíqueseMARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1879632-1 ENERGIA Y MINAS Designan Jefa de la Oficina General de Gestión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 240-2020-MINEM/DM Lima, 25 de agosto de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de con fi anza de Jefe (a) de la O fi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Eleonora Sofía León y León Castañeda, como Jefa de la O fi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL INCHÁUSTEGUI ZEVALLOS Ministro de Energía y Minas 1879815-1 Aprueban segunda modificación referida a actualizar la concesión eléctrica rural, solicitada por ERGON PERÚ S.A.C. y la Adenda N° 02 al Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 094-2016 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 075-2020-MINEM/DGE Lima, 31 de julio de 2020VISTO: El Expediente N° 65372516 sobre concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministro en el proyecto “Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas no Conectadas a Red”-zona Norte, otorgada mediante Resolución Directoral N° 275-2016-MEM/DGE, la solicitud de modi fi cación (actualización) de la mencionada concesión, presentada por ERGON PERÚ S.A.C.; y, el Informe N° 142-2020-MINEM/DGE-DCE; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral N° 275-2016- MEM/DGE, publicada el 18 de noviembre de 2016, se otorga a favor de ERGON PERÚ S.A.C. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministro en el proyecto “Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas no Conectadas a Red” Zona Norte, aprobándose el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 094-2016 (en adelante el CONTRATO); Que, mediante la Resolución Directoral N° 0122-2017- MEM/DGE, publicada el 04 de julio de 2017, se aprueba a favor de ERGON PERÚ S.A.C. la primera modi fi cación de la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministro en el proyecto “Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas no Conectadas a Red” Zona Norte, suscribiéndose la Adenda N° 01 al CONTRATO; Que, mediante la Carta N° P001-C1N-ERG- MEM-C-004-2018 con registro N° 2848860 de fecha 03 de setiembre de 2018, ERGON PERÚ S.A.C. solicita la actualización de la concesión eléctrica rural con la fi nalidad de establecer al 31 de julio de 2018, un acumulado de 21,018 usuarios al servicio de electricidad en el área del proyecto “Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables en Áreas no Conectadas a Red” (Zona Norte) que abarca los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Amazonas, Loreto, La Libertad, San Martín y Ancash, cuya alta comercial ha sido veri fi cada por las empresas públicas de distribución en conformidad con el contrato de inversión suscrito entre ERGON PERÜ S.A.C. y la Dirección General de Electri fi cación Rural en representación del Estado Peruano; Que, al veri fi car que la solicitud de modi fi cación (actualización) de la concesión eléctrica rural presentada por ERGON PERÚ S.A.C. cumple con los requisitos establecidos en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2007-EM, se emite el Informe N° 142-2020-MINEM/DGE-DCE, a fi n de aprobar la Adenda N° 02 al CONTRATO, la misma que ERGON PERÚ S.A.C. deberá elevar a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, concordante con lo establecido en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; De conformidad con el artículo 20 de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la segunda modi fi cación referida a actualizar la concesión eléctrica rural, solicitada por ERGON PERÚ S.A.C. y la Adenda N° 02 al Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 094-2016, a fi n de modi fi car las Cláusulas Primera y Quinta, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Suscribir como Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, en representación dl Estado, la Adenda N° 02 aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53