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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (26/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de agosto de 2020 / El Peruano fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe Nº 000027-2020-DV-OPP-UPTO, Informe Previo Favorable que dispone el numeral 17.2 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; asimismo, se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestal Nº 00453 y la respectiva conformidad del Plan Operativo de la Actividad; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo 01 de la presente Resolución, de conformidad con el POA aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos , actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de UN MILLÓN Y 00/100 SOLES (S/ 1’000,000.00), para fi nanciar la Actividad a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento: “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo Nº 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto resolutivo en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívase.RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente EjecutivoANEXO Nº 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “GESTIÓN INTEGRADA Y EFECTIVA DEL CONTROL DE OFERTA DE DROGAS EN EL PERÚ” Nº ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MINISTERIO DEL INTERIOR UNIDAD EJECUTORA: 001-25 OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN – DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA - DIGIMINTRANSFERENCIAS PARA LAS OPERACIONES CONJUNTAS PARA EL CONTROL DE LA OFERTA DE DROGAS1’000,000.00 TOTAL 1’000,000.00 1879784-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Disponen que, durante la vigencia del estado de emergencia sanitaria, las etapas de presentación de propuestas y designación que forman parte del proceso de selección de empresas supervisoras se realicen de manera no presencial a fin de garantizar la seguridad y salud pública y en cumplimiento de las disposiciones emitidas por el gobierno central RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 125-2020-OS/CD Lima, 25 de agosto de 2020VISTOS: El Memorándum Nº GAJ-459-2020 del 24 de agosto de 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el artículo 4 de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, y en el artículo 5 de la Ley Nº 28964, Ley que trans fi ere competencias de supervisión y fi scalización de las actividades mineras a Osinergmin, las funciones de supervisión, supervisión especí fi ca y fi scalización atribuidas a este organismo pueden ser ejercidas a través de empresas supervisoras; Que, asimismo, las referidas normas establecen que las empresas supervisoras son personas naturales o jurídicas debidamente cali fi cadas y clasi fi cadas por Osinergmin, cuya contratación se realiza considerando las disposiciones expresamente aprobadas por el Consejo Directivo; Que, mediante Resolución Nº 037-2016-OS/ CD y modi fi catorias, el Consejo Directivo aprobó la “Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras”, la cual rige entre otros aspectos, la selección, contratación y ejecución de los servicios de las Empresas Supervisoras;