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18 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de agosto de 2020 / El Peruano lo establecido en el numeral 6.1, autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo a realizar transferencias fi nancieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los referidos servidores y funcionarios públicos; disponiendo, que dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previa opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, dispone que, para efectos de realizar las transferencias fi nancieras a las que hacen referencia el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, las entidades del Poder Ejecutivo, así como a las entidades bajo los alcances de la Tercera Disposición Complementaria Final de dicho Decreto de Urgencia, quedan exoneradas de las restricciones previstas en los numerales 9.1 y 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, así como de la restricción establecida en el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en los casos que correspondan, indicando además que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen en el marco de la disposición habilitan únicamente la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “A Otras Unidades Del Gobierno Nacional”, en la Actividad 5006269 - Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus; Que, el artículo 5 del Anexo que forma parte del Decreto Supremo Nº 220-2020-EF, Decreto Supremo que aprueba las normas complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, dispone que las transferencias fi nancieras establecidas en el numeral 6.4 del artículo 6 del citado Decreto de Urgencia, se efectúan en un plazo que no puede exceder del 30 de septiembre de 2020; Que, con Informe Nº 0198-2020-EF/41.03, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mani fi esta que las Unidades Ejecutoras 001 – Administración General, 009 - Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625 y 011 - Secretaría Técnica del Consejo Fiscal, integrantes del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, cuentan con recursos disponibles en la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “A Otras Unidades Del Gobierno Nacional”, de la Actividad 5006269 - Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus”, proveniente de la reducción de ingresos de funcionarios y servidores públicos efectuada por los meses de junio y julio del presente año, hasta por la suma de S/ 2 107 662,00 (DOS MILLONES CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), en aplicación a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de S/ 2 107 662,00 (DOS MILLONES CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), desagregado en las Fuentes de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios por S/ 1 988 942,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) y 2 – Recursos Directamente Recaudados por S/ 118 720,00 (CIENTO DIECIOCHO MIL SETECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 006 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020; en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, en el artículo 5 del Anexo que forma parte del Decreto Supremo Nº 220-2020-EF, y la Resolución Ministerial Nº 492-2019-EF/41, y; Estando a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE:Artículo 1. Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de S/ 2 107 662,00 (DOS MILLONES CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), desagregado en las Fuentes de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios por S/ 1 988 942,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) y 2 – Recursos Directamente Recaudados por S/ 118 720,00 (CIENTO DIECIOCHO MIL SETECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 006 - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, correspondiente a los meses de junio y julio del presente año, para fi nanciar la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19. Artículo 2. Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de esta Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto aprobado en este año fi scal del pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, Genérica de Gasto 2.4 - Donaciones y Transferencias y Partida de Gasto 2.4.1 3.1 1 – A Otras Unidades del Gobierno Nacional, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente FinanciamientoUnidad Ejecutora Actividad Finalidad Monto S/ 1 – Recursos Ordinarios001 – Administración General5006269 - Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus0293084 - Entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19 DU 063-2020 1,982,702.00 009 - Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625 5006269 - Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus0293084 - Entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19 DU 063-2020 3,120.00 011 - Secretaría Técnica del Consejo Fiscal5006269 - Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus0293084 - Entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19 DU 063-2020 3,120.00 2 – Recursos Directamente Recaudados001 – Administración General5006269 - Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus0293084 - Entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19 DU 063-2020 118,720.00 TOTAL 2,107,662.00