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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (28/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2020 El Peruano / de las entidades públicas al Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP), la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional, en el que se establezcan los responsables del uso y administración de la plataforma, las obligaciones que ambas partes asumirán, entre otros; Que, las municipalidades provinciales y distritales, en el marco de sus competencias, emiten actos administrativos susceptibles de inscripción en la SUNARP, como son, entre otros, los certifi cados de numeración, jurisdicción y nomenclatura o las resoluciones de alcaldía sobre separación convencional y divorcio ulterior, los cuales, una vez expedidos por la entidad edil, son tramitados presencialmente por los administrados ante las o fi cinas registrales para su inscripción registral; Que, en ese contexto, emerge la necesidad de diseñar un acceso especí fi co en el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP), denominado módulo “SID-Municipalidades”, a través del cual los funcionarios públicos de los distintos municipios provinciales y distritales presenten electrónicamente al registro los actos administrativos susceptibles de inscripción mediante el empleo de la fi rma digital, de manera que los administrados no tengan que acudir a las ofi cinas registrales de la SUNARP; Que, asimismo, se ha elaborado el “Convenio de Adhesión de Cooperación Interinstitucional entre la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y las Municipalidades para el uso del Módulo SID-Municipalidades del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp”, en cuyo texto se precisan las obligaciones que la entidad edil asumirá para el uso correcto de la plataforma; Que, la tecnología de la fi rma digital ha permitido simpli fi car actuaciones tanto para los usuarios externos como internos de la institución, relacionadas a la gestión de trámite de documentos, eliminando la necesidad de que los ciudadanos acudan físicamente a las ofi cinas registrales para presentar su título; asimismo, al ingresar digitalmente el título, el asiento de presentación se genera automáticamente en el Diario y se remite de forma directa al registrador mediante el sistema informático; con lo que se elimina la manipulación física de documentos, en las etapas de digitación, cali fi cación registral y archivo; además de ello, ha logrado ser una medida e fi caz en la lucha contra la falsifi cación documentaria; Que, la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Central busca reducir situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida por el contagio del COVID-19; siendo que tales situaciones se presentan por la interacción entre personas y por el contacto con elementos infectados, acrecentándose el riesgo en lugares de concurrencia masiva. Es por ello que, tanto los ciudadanos como las entidades públicas o privadas, deben adoptar las medidas de prevención que correspondan para evitar la propagación; Que, la Dirección Técnica Registral ha elevado el proyecto de resolución, conjuntamente con el Informe Técnico, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para la evaluación y aprobación respectiva, la cual cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina General de Tecnologías de la Información; Que, el Consejo Directivo de la SUNARP, en su sesión virtual N° 393, del 25 de agosto de 2020, en ejercicio de la facultad conferida por el literal c) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, y en concordancia con el artículo 8.3 de la Directiva DI-002-SNR-DTR, aprobada por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 120-2019-SUNARP/SN, acordó aprobar por unanimidad la presentación electrónica, mediante el Módulo “SID-Municipalidades” del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP, de los actos administrativos emitidos con fi rma digital por las municipalidades provinciales y distritales del país, que den mérito a la inscripción de la numeración, jurisdicción, nomenclatura, separación convencional y divorcio, inscribibles en el Registro de Predios y en el Registro Personal, según corresponda;Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; contando con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral, O fi cina General de Tecnologías de la Información y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Presentación electrónica mediante el módulo “SID-Municipalidades” del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP de actos correspondientes al Registro de Predios y de Personas Naturales Autorizar la presentación electrónica, mediante el módulo “SID-Municipalidades” del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP, de los actos administrativos emitidos con fi rma digital por las municipalidades provinciales y distritales del país, que den mérito a la inscripción de la numeración, jurisdicción, nomenclatura, separación convencional y divorcio, inscribibles en el Registro de Predios y en el Registro Personal, según corresponda. Artículo 2.- Inicio de la presentación electrónicaLa presentación electrónica, mediante el módulo “SID- Municipalidades” del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP, de los actos señalados en el artículo 1 de la presente resolución, se inicia en la fecha que la SUNARP otorgue a la municipalidad respectiva el acceso al módulo, previa suscripción del convenio de Adhesión al que hace referencia el artículo 3. Artículo 3.- Aprobación del Convenio de Adhesión Aprobar el “Convenio de Adhesión de Cooperación Interinstitucional entre la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y las Municipalidades para el Uso del Módulo SID-Municipalidades del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp”; el cual forma parte de la presente resolución y será publicado en la página web institucional (www.gob.pe/sunarp) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- Naturaleza de la presentación electrónica La presentación electrónica a través del módulo “SID-Municipalidades” del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP, constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel de las municipalidades provinciales y distritales. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1880262-1 Designan Jefa de la Oficina General de Administración de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 121-2020-SUNARP/SN Lima, 26 de agosto de 2020 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones