Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (28/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Viernes 28 de agosto de 2020 El Peruano / Autorizar el pago de derechos registrales mediante el empleo de la billetera electrónica para la presentación al registro del parte judicial con fi rma digital sobre medida de embargo o de anotación de demanda, usando el código QR que consta en la hoja virtual noti fi cada a la casilla electrónica del litigante. Artículo 2.- Medio alternativo de pagoPrecisar que el uso del código QR en las hojas virtuales, constituye un medio alternativo de pago a los establecidos y vigentes a la fecha en el marco del procedimiento de inscripción registral. Artículo 3.- Entrada en vigenciaLa presente Resolución entra en vigencia a partir del 28 de agosto de 2020. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1880348-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Rectifican errores materiales consignados en el Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 054-2018-SUNEDU/CD que otorgó la licencia institucional a la Universidad Peruana Unión RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 072-2020-SUNEDU/CD Lima, 6 de julio de 2020 VISTOS:El Ofi cio N° 315-2018-UPeU-SG del 14 de diciembre de 2018 con Registro de Trámite Documentario N° 053027-2018-SUNEDU-TD presentado por la Universidad Peruana Unión (en adelante, la Universidad); la Resolución del Consejo Directivo N° 054-2018-SUNEDU/CD, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad y el Informe N° 0040-2020-SUNEDU-02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO: 1. AntecedentesEl numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 7 de junio de 2018, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 054-2018-SUNEDU/CD del 5 de junio de 2018, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad, para ofrecer el servicio educativo superior universitario respecto de su oferta académica existente con una vigencia de seis (6) años. Asimismo, el Anexo N° 01 fue publicado en la página institucional de la Sunedu el 7 de junio de 2018. El 14 de diciembre de 2018, la Universidad solicitó a la Dilic recti fi car errores advertidos en el Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 054-2018-SUNEDU/CD, (Tablas N° 02 y N° 03-A). Por Informe N° 0040-2020-SUNEDU-02-12 del 10 de marzo de 2020, la Dilic elevó al Consejo Directivo un informe sobre la pertinencia de recti fi cación de la Resolución del Consejo Directivo N° 054-2018-SUNEDU/CD. 2. Sobre la rectifi cación de los errores materiales de la Resolución del Consejo Directivo N° 054-2018-SUNEDU/CD El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En el presente caso, se corrobora la existencia de errores materiales consignados en el Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 054-2018-SUNEDU/CD, (Tablas N° 02 y N° 03-A)1: TABLA N° 02 DISTRIBUCIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS POR LOCAL DICE: N°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOSDENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO QUE OTORGATÍTULO QUE OTORGACÓDIGO DE LOCAL 1 ADMINISTRACIÓNBACHILLER EN CIENCIAS ADMINISTRATIVASLICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN CON MENCIÓN EN GESTIÓN EMPRESARIALSL01 F02L01 DEBE DECIR: N°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOSDENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO QUE OTORGATÍTULO QUE OTORGACÓDIGO DE LOCAL 1ADMINISTRACIÓN CON MENCIÓN EN GESTIÓN EMPRESARIALBACHILLER EN CIENCIAS ADMINISTRATIVASLICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN CON MENCIÓN EN GESTIÓN EMPRESARIALSL01 F02L01 TABLA N° 02 DISTRIBUCIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS POR LOCAL DICE: N°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOSDENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO QUE OTORGATÍTULO QUE OTORGACÓDIGO DE LOCAL 2ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS INTERNACIONALESBACHILLER EN ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS INTERNACIONALESLICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS INTERNACIONALESSL01 F02L01 DEBE DECIR: N°DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA DE ESTUDIOSDENOMINACIÓN DEL GRADO ACADÉMICO QUE OTORGATÍTULO QUE OTORGACÓDIGO DE LOCAL 2 ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS INTERNACIONALESBACHILLER EN ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS INTERNACIONALESLICENCIADO EN ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS INTERNACIONALESSL01 F01L012