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46 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2020 / El Peruano realizó la fi rma del Juez Cabrera y de la Secretaria Lizet, no recuerda cuántos cuadernos cosió, seis o siete, poniendo la doctora July en cada cuaderno, las resoluciones, o fi cio y cédulas para que no se mezclen, luego le dijo que los llamara a la puerta, uno a uno, seis personas, a cada uno le dieron sus resoluciones concediendo medidas cautelares y los o fi cios para que los lleven, cada uno de los señores pagaban a July Tiffany la suma de tres mil nuevos soles. 5.4. Declaración de Nilson Tafur Culqui (folios 2074 a 2076), señala que además de las tres demandas principales que ingresaron, llegaron más demandas y que Miguel Ángel Terrones Huamán, había estado negociando con algunos policías el otorgamiento de medidas cautelares para la reposición de policías, (...). Nilson Tafur Culqui (folios 2086 a 2093), mani fi esta que quien ha hecho las resoluciones admisorias, o fi cios, resoluciones cautelares fue la secretaria July, así como también fue ella quien endosó los sobres que fueron enviados a la ciudad de Lima. En el caso del policía Carlos Félix Samamé Bustamante (Expediente Nº 067-2012-C), fue la secretaria quien conversó con el intermediario y ellos organizaron todo, (...), también re fi ere que la fi rma que él hacía era más parecida, así que se optó porque él haga la fi rma del juez y la secretaria. Re fi ere que July escribió en los sobres donde puso los o fi cios y resoluciones, los cuatro sobres fueron entregados al intermediario Wildor Villarreal Santa María y éste le entregó una suma de dinero y ella se llevó tres mil soles, a él le dio dos mil cien soles ya a Miguel dos mil cien soles, y ahí terminó todo, no recordando la fecha exacta en que sucedieron los hechos, pero que fue en el mes de febrero de dos mil trece. (...) Nilson Tafur Culqui (folios 2086 a 2093), reconoce haber efectuado la fi rma del juez y de la secretaria en el cuaderno cautelar del Expediente Nº 100-2012, recuerda que Wildor Villarreal Santa María, fue la primera persona que se entrevistó con July y acordaron para que se realicen los primeros casos; en el caso de Walter Esteban Diaz Polo (Expediente Nº 068-2012-C), de Carlos Félix Samamé Bustamante (Expediente Nº 067-2012-C), Jaime Javier Tapia Lezcano (Expediente Nº 100-2012-C) e Hurtado. 5.6. En cuanto al cuaderno de Mesa de Partes (corre conjuntamente con los actuados como Anexo 08 con 399 folios) correspondiente a la Secretaría Civil, se advierte que desde el mes de diciembre del 2012 y enero del 2013, ha existido un completo desorden en la forma como han sido ingresadas las demandas y escritos diarios, desde el folio 191 a 203, no se aprecia recepción de demandas y escritos por la anterior secretaria Arminda Lizet Marín Cachay a partir del 11 de diciembre del 2012 y secretaria July desde el 03 de enero del 2013, entendiéndose que dichos escritos se encontraban almacenados hasta su provisto, corroborado por la razón emitida por la Secretaria Arminda (folios 1188 a 1189 Tomo X), quien re fi ere que los escritos pendientes de proveer y sus expedientes se encontraban en custodia del auxiliar Nilson, (...), no se observaba que haya sido recepcionado por la nueva secretaria a través del Cuaderno de Mesa de Partes, ya que no se advierte ninguna rúbrica hasta el 23 de enero del 2013. Por lo que se presume que los escritos fueron descargados en el cuaderno en un solo día después del folio 196 a 201, (...). 5.7. Copia del Inventario de la Secretaria July Tiffany Sánchez Silva (folios 1142 Tomo VI), en el cual se observa que en el numeral 332 se registró: “Especialidad Civil, tipo de Ex. Principal, Sub espc. Contencioso; Año 2012; número 114; incidente - Estado EN TRÁMITE (PENDIENTE); siguiente renglón 333 se registró: Especialidad Civil, Tipo de Exp. Principal, Sub espc. Contencioso; Año 2012; número 114; incidente 1MC; Estado EN TRÁMITE (PENDIENTE). 5.8. Acta de Revisión de los Archivos USB de la investigada July Tiffany Sánchez Silva (folios 3025 a 3026 tomo XVI), en la cual se describe el hallazgo de archivos encontrados con respecto a proyectos de resoluciones en los Expedientes Nº 67-2012 y 68-2012; donde se puede apreciar el mismo formato utilizado en cuanto al encabezado y pie de página de las resoluciones cautelares fraudulentas; (...). 5.9. Sobre los sellos usados en la confección de las resoluciones judiciales, del Acta de Constatación de folios 284 a 297, se incautaron sellos, en los que se aprecia dos sellos de José Luis Vásquez Cabrera y al realizarse la comparación con los sellos usados en las resoluciones judiciales fraudulentas parecerían ser los mismos, no obstante se ha determinado que existen dos sellos redondos, en poder del secretario Romero, el mismo que fue estampado a folios 291 y el otro en poder de la Secretaria July Tiffany Sánchez Silva, que en la primera incautación de folios 292, el sello incautado no coincidía con el utilizado en las resoluciones fraudulentas, pero al efectuarse una nueva incautación conforme el Acta de folios 1127 y estampado en la hoja de folios 1124; se aprecia que el sello es similar con el sello redondo usado en los o fi cios que ponen en conocimiento del Ministerio del Interior el concesorio de la medida cautelar en el Expediente Nº 68-2012 folios 2919; Expediente Nº 100-201 (sic), folios 2904. 5.10. Declaración del Magistrado José Luis Morales Boñón (folios 1106 tomo VI), señala que al retornar de sus vacaciones en el mes de marzo de 2013, al dar cuenta sobre unos escritos presentados por la Procuraduría del Ministerio del Interior en donde se oponían a ciertas medidas cautelares otorgadas por el Juzgado, fue informado por la secretaria July Tiffany Sánchez Silva (...) que no encontraba los cuadernos de los procesos, ni las resoluciones de los cuadernos, existiendo sólo tres cuadernos cautelares, que estaban pendientes de resolver y correspondían a policías, por lo que dispuso la búsqueda dentro del juzgado y en los legajos y además se dispuso que el Ministerio del Interior remita urgente copias certi fi cadas de esas resoluciones. En tres procesos contenciosos se declaró incompetente por cuestiones de territorio, (...), posteriormente llegan más procesos del Ministerio del Interior en número de seis o siete procesos contenciosos administrativos, en los cuales contestaban demanda, deduciendo excepciones y oponiéndose por parte del Ministerio del Interior, por lo que nuevamente se revisó el legajo de ingresos de expedientes del año 2012, indicando la secretaria que los procesos número 114-2012 hacia adelante no existían, y esas demandas correspondían a esos número desde el 114 hasta 120. (...). 5.11. Declaración Testimonial de José Luis Vásquez Cabrera (folios 892 a 901 Tomo V) mani fi esta el declarante que como juez en los procesos contencioso administrativos llevados en el Juzgado Mixto de Celendín, ha conocido tres o cuatro casos de miembros de la Policía Nacional teniendo como demandado al Ministerio del Interior. Ellos les dijeron que habían solicitado dentro del proceso principal, medidas cautelares (...), sin embargo, como hubo rotaciones o cambio de jueces (...) ya no podía resolver. Mani fi esta el declarante que las resoluciones emitidas en el Expediente Nº 67-2012 (...) fi rmas y rúbricas no le pertenecen, en cuanto al sello parecería que fuera, pero no está seguro, (...), en cuanto al Expediente Nº 100-2012 (...) dijo que esa si era su fi rma y al parecer también su sello. 5.12. Declaración testimonial de Arminda Lizet Marín Cachay (folios 902 a 908 Tomo V), re fi ere que como Secretaria de los procesos contenciosos administrativos conoció los expedientes: 2012-66, 2012-67, 68-2012 y 2012-100, habiendo recibido escritos hasta el 11 de diciembre de 2012, siendo la última demanda la Nº 2012-106, (...). Re fi ere que a mediados de marzo o febrero del año 2013, le llamó la secretaria July Tiffany Sánchez Silva, preguntándole si habían concedido cautelares en el mes de diciembre de 2012, informándole que había tres cuadernos cautelares en formación (...) que correspondía a los expedientes 66, 67 y 68-2012; (...). Re fi ere que la fi rma que aparece en la resolución del cuaderno cautelar 67-2012 de folios 463-477, no corresponde a su fi rma, ni la fi rma del doctor José Luis Vásquez Cabrera, que los sellos podrían ser, (...); pero si reconoce su fi rma y sello en la resolución emitida en el proceso 2012-100 que corre a folios 552 del expediente administrativo. Asimismo, precisa que no ha conocido los procesos contenciosos administrativos del 114-2012 al 120-2012 en contra del Ministerio del Interior, solamente ha conocido hasta el 2012-106. Señala que en el mes de mayo del 2013 fue a declarar ante la fi scalía de Celendín y encontró a Miguel Ángel Terrones Huamán, quien le contó que todos