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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (06/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Domingo 6 de diciembre de 2020 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar la modi fi cación del Presupuesto Institucional del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento correspondiente al Año Fiscal 2020, a fi n de reducir el monto de S/ 16 887 037,00 (DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SIETE 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, en el marco de lo dispuesto por el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado por el Decreto de Urgencia N° 015-2019, de acuerdo al siguiente detalle: (En Soles) INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito 1. 8 ENDEUDAMIENTO 1. 8. 1 Endeudamiento Externo 1. 8. 1 1. Créditos Externos1. 8. 1 1.2 Provenientes de Organismos Internacionales o Agencias O fi ciales 1. 8. 1 1. 2 2 Banco Mundial – BIRF 16 887 037,00 ========== TOTAL INGRESOS: 16 887 037,00 ========== (En Soles) EGRESOS: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 207 : Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 003 : Modernización de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento de las EPSS. PROGRAMA PRESUPUESTAL 082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROYECTO 2325008 : Gestión del Programa y Otros: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento en las EPS EMAPACOP, SEDACUSCO, SEDAPAR, SEMAPA BARRANCA, EMAPA HUACHO y EMAPA HUARAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 16 887 037,00 ========== TOTAL EGRESOS: 16 887 037,00 ========== Artículo 2.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), instruye a la Unidad Ejecutora 003: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Presentación de la Resolución Disponer que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remita a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y a la Unidad Ejecutora 003: Modernización de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento de las EPSS, copia de la presente Resolución dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo 1909392-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Autorizan el funcionamiento de Sociedad Titulizadora Sura S.A. como sociedad titulizadora RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 117-2020-SMV/02 Lima, 27 de noviembre de 2020EL SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS:El Expediente Nº 2020017473, así como el Informe Nº 1190-2020-SMV/10.2, emitido por la Intendencia General de Supervisión de Entidades, con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 112-2019-SMV/10.2 del 27 de noviembre de 2019, se otorgó a Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. la autorización de organización de una sociedad titulizadora a ser denominada Sociedad Titulizadora Sura S.A.; Que, Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV autorización de funcionamiento de Sociedad Titulizadora Sura S.A. para actuar como una sociedad titulizadora; Que, el artículo 23 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado por Resolución Conasev Nº 001-97-EF/94.10 y sus modi fi catorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad titulizadora; Que, a efectos de veri fi car que Sociedad Titulizadora Sura S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades con participación de representantes de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, realizó una inspección no presencial a través de la plataforma virtual Cisco Webex Meeting, el 3 de noviembre de 2020; Que, de la evaluación de la documentación presentada por Sociedad Titulizadora Sura S.A. y de la veri fi cación realizada mediante una inspección no presencial, se determinó que dicha empresa cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad titulizadora; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modi fi cado por Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y por el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y modi fi catorias; así como por la Resolución de Superintendente Nº 046-2020-SMV/02;