Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2020 (31/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de enero de 2020 /

El Peruano

para apoyar en la labor jurisdiccional del Juzgado de Paz Letrado Permanente de Talara (Pariñas). Artículo Duodécimo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali se atenga a lo dispuesto en el artículo decimotercero de la Resolución Administrativa N° 343-2019-CE-PJ, a través del cual se desestimó asignar un Juzgado Mixto Transitorio para el Distrito de Constitución, Provincia de Oxapampa. Artículo Decimotercero.- Precisar que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Huaura, Ica y Sullana se encuentran incluidos dentro del artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 498-2019-CEPJ, debiendo dichos presidentes proceder a ejecutar sin mayores dilaciones las respectivas redistribuciones de expedientes establecidas en el citado artículo. Artículo Decimocuarto.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Huaura, Ica, La Libertad, Lambayeque, Lima Este, Lima Sur, Santa, Sullana y Ucayali; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1850857-3

Crean órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Este, para la implementación del Código Procesal Penal - Segundo Tramo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 040-2020-CE-PJ Lima, 22 de enero de 2020 VISTOS: El Oficio N° 00009-2020-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el Informe N° 004-2020-GA-UETI-CPP/PJ, elaborado por la Gestoría Administrativa de la citada Unidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Oficio N° 00009-2020-CR-UETI-CPP-PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 004-2020-GAUETI-CPP/PJ, elaborado por la Gestoría Administrativa de la referida Unidad; remitiendo la propuesta de ejecución de presupuesto y creación de órganos jurisdiccionales para la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima Este - Segundo Tramo. Asimismo, propone la conversión de órganos jurisdiccionales; y la toma de medidas administrativas, solicitando su correspondiente aprobación. Segundo. Que, el citado informe responde a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 012-2019-JUS de fecha 30 de junio de 2019, que derogó el Decreto Supremo N° 015-2017-JUS, y modificó el calendario oficial de aplicación progresiva del Código Procesal Penal, estableciendo que dicha implementación se llevaría a cabo de la siguiente manera: a) Desde el 1 de octubre de 2019 en la Corte Superior de Justicia de Lima Este; y b) Desde el 1 de julio de 2020 en las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Sur. Tercero. Que, la Secretaría General de la Gerencia General del Poder Judicial por Oficio Múltiple N° 000002-2019-SG-GG-PJ de fecha 26 de diciembre de 2019, comunicó a la Unidad de Equipo Técnico

Institucional del Código Procesal Penal el presupuesto aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas para el Ejercicio Fiscal 2020; así como el presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima Este - Segundo Tramo, cuyo monto asciende a S/ 11,700.015.00 soles. Cuarto. Que, en ese orden de ideas, la Gestoría Administrativa de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, ha elaborado el dimensionamiento del presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Lima Este - Segundo Tramo, en consonancia con el monto asignado por el Ministerio de Economía y Finanzas. En reunión de trabajo con la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, se ha conciliado e identificado la cantidad de órganos jurisdiccionales a crearse en atención al proceso de implementación de la referida norma procesal, de cuyo resultado se emitió el Informe N° 004-2020-GA-UETI-CPP-PJ, concluyendo en la necesidad de crear nueve Juzgados de Investigación Preparatoria, cinco Juzgados Penales Unipersonales, un Juzgado Penal Colegiado, y una Sala Penal de Apelaciones; además, la Gestoría Administrativa de la citada Unidad ha determinado el número de plazas a crearse para el óptimo funcionamiento de los referidos órganos jurisdiccionales en la ejecución del Programa Presupuestal 0086 "Mejora de los Servicios de Sistema de Justicia Penal", cuantificando el presupuesto para el pago de remuneraciones, obligaciones sociales, bienes y servicios; así como la adquisición de activos no financieros. Quinto. Que, asimismo, la Corte Superior de Justicia de Lima Este, a propósito del proceso de implementación, valida y da conformidad a la propuesta de ubicación y competencias de los órganos jurisdiccionales creados a mérito del proceso de implementación del Código Procesal Penal - Segundo Tramo; así como la propuesta de cambio de denominación de los órganos jurisdiccionales penales para la aplicación del Código Procesal Penal, con la finalidad que conozcan el trámite de los procesos penales bajo los alcances del Código Procesal Penal y el Código de Procedimientos Penales de 1940 en liquidación. Sexto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 133-2020 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Este, para la implementación del Código Procesal Penal - Segundo Tramo: a) La Sala Penal de Apelaciones Transitoria - San Juan de Lurigancho, conocerá todos los procesos excepto Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar; con competencia territorial en los Distritos de San Juan de Lurigancho y El Agustino. b) El Primer, Segundo, Tercero y Cuarto Juzgados Investigación Preparatoria Transitorios - San Juan de Lurigancho, conocerá todos los procesos excepto corrupción de funcionarios, crimen organizado y Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar; con competencia territorial en el Distrito de San Juan de Lurigancho.

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