Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2020 (31/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Viernes 31 de enero de 2020 /

El Peruano

Artículo Undécimo.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio Público, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1850857-4

Crean órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Norte, para la implementación del Código Procesal Penal - Tercer Tramo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 041-2020-CE-PJ Lima, 22 de enero de 2020 VISTOS: El Oficio N° 00010-2020-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el Informe N° 005-2020-GA-UETI-CPP/PJ, elaborado por la Gestoría Administrativa de la citada Unidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Oficio N° 00010-2020-CR-UETICPP-PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 005-2020-GAUETI-CPP/PJ, elaborado por la Gestoría Administrativa de la referida Unidad; remitiendo la propuesta de ejecución de presupuesto y creación de órganos jurisdiccionales para la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte - Tercer Tramo. Asimismo, propone la conversión de órganos jurisdiccionales; y la toma de medidas administrativas, solicitando su correspondiente aprobación. Segundo. Que, el citado informe responde a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 015-2017-JUS, de fecha 30 de junio de 2017, que derogó el Decreto Supremo N° 02-2016-JUS y modificó el calendario oficial de aplicación progresiva del Código Procesal Penal, estableciendo que para el año 2017, dicha implementación se llevaría a cabo de la siguiente manera: a) Desde el 1 de julio de 2017 en la Corte Superior de Justicia del Callao; y b) Desde el 1 de julio de 2018 en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. Tercero. Que, la Secretaría General de la Gerencia General del Poder Judicial por Oficio Múltiple N° 000002-2019-SG-GG-PJ de fecha 26 de diciembre de 2019, comunicó a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal el presupuesto aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas para el Ejercicio Fiscal 2020; así como el presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte - Tercer Tramo, cuyo monto asciende a S/. 13,050,736.00 soles. Cuarto. Que, en ese orden de ideas, la Gestoría Administrativa de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, ha elaborado el dimensionamiento del presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Lima Norte - Tercer Tramo, en consonancia con el monto asignado por el Ministerio de Economía y Finanzas. En reunión de trabajo con la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, se ha conciliado e identificado la cantidad de órganos jurisdiccionales a crearse en

atención al proceso de implementación de la referida norma procesal, de cuyo resultado emite el Informe N° 005-2020-GA-UETI-CPP-PJ concluyendo en la necesidad de crear siete Juzgados de Investigación Preparatoria, ocho Juzgados Penales Unipersonales, un Juzgado Penal Colegiado, y una Sala Penal de Apelaciones; además, la Gestoría Administrativa ha determinado el número de plazas a crearse para el óptimo funcionamiento de los referidos órganos jurisdiccionales en la ejecución del Programa Presupuestal 0086 "Mejora de los Servicios de Sistema de Justicia Penal", cuantificando el presupuesto para el pago de remuneraciones, obligaciones sociales, bienes y servicios; así como la adquisición de activos no financieros. Quinto. Que, asimismo, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte mediante Oficio N° 004539-2019-P-CSJLIMANORTE-PJ, eleva el Informe N° 000010-2019-ANCPP-GAD-CSJLIMANORTE/PJ, emitido por la Administradora del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en el cual comunican la distribución y ubicación de los órganos jurisdiccionales por crearse en el citado Distrito Judicial para la aplicación del Código Procesal Penal. Sexto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 134-2020 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Norte, para la implementación del Código Procesal Penal - Tercer Tramo: a) La Segunda Sala Penal de Apelaciones Transitoria con sede en Independencia, conocerá todos los procesos penales; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. b) El Segundo Juzgado Penal Colegiado Transitorio con sede en Independencia, conocerá todos los procesos penales; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. c) El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio con sede en Independencia, conocerá todos los procesos penales excepto los procesos por Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado; con la misma competencia territorial que los órganos jurisdiccionales de Independencia. d) El Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio con sede en Independencia, conocerá todos los procesos penales excepto los procesos por Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado; con la misma competencia territorial que los órganos jurisdiccionales de Independencia. e) El Tercero, Cuarto y Quinto Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios con sede en Condevilla (San Martín de Porres), conocerán todos los procesos penales excepto los procesos por Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado; con la misma competencia territorial que los órganos jurisdiccionales de Condevilla (San Martín de Porres). f) El Tercer, Cuarto y Quinto Juzgados Penal Unipersonal Transitorios con sede en Condevilla (San Martín de Porres), conocerán todos los procesos penales excepto los procesos por Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado; con la misma

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