Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2020 (31/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 31 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Artículo Undécimo.- Establecer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima disponga la suspensión de vacaciones del personal administrativo y jurisdiccional, que tenga relación directa con las labores de implementación del Código Procesal Penal, a efectos de garantizar el éxito del referido proceso de implementación. Artículo Duodécimo.- Disponer que a fin de garantizar los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado, en el proceso de implementación del Código Procesal Penal, estos se deben realizar bajo la supervisión del Órgano de Control Institucional de la respectiva Corte Superior de Justicia. Artículo Decimotercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio Público, Órgano de Control Institucional, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1850857-6

Crean órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Sur, para la implementación del Código Procesal Penal - Primer Tramo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 043-2020-CE-PJ Lima, 22 de enero de 2020 VISTOS: El Oficio N° 00012-2020-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y el Informe N° 003-2020-GA-UETI-CPP/PJ, elaborado por la Gestoría Administrativa de la citada Unidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Oficio N° 00012-2020-CR-UETI-CPP-PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 003-2020-GAUETI-CPP/PJ, elaborado por la Gestoría Administrativa de la referida Unidad; remitiendo la propuesta de ejecución de presupuesto y creación de órganos jurisdiccionales para la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Asimismo, propone la conversión de órganos jurisdiccionales; y la toma de medidas administrativas, solicitando su correspondiente aprobación. Segundo. Que, el citado informe responde a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 012-2019-JUS de fecha 30 de junio de 2019, que derogó el Decreto Supremo N° 015-2017-JUS, y modificó el calendario oficial de aplicación progresiva del Código Procesal Penal, estableciendo que dicha implementación se llevaría a cabo de la siguiente manera: a) Desde el 1 de octubre de 2019 en la Corte Superior de Justicia de Lima Este; y b) Desde el 1 de julio de 2020 en la Corte Superior de Justicia de Lima y Lima Sur. Tercero. Que, la Secretaría General de la Gerencia General del Poder Judicial por Oficio Múltiple N° 000002-2019-SG-GG-PJ de fecha 26 de diciembre de 2019, comunicó a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal el presupuesto aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas para el Ejercicio Fiscal 2020; así como el presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur - Primer Tramo, cuyo monto asciende a S/ 10,038.492.48 soles.

Cuarto. Que, en ese orden de ideas, la Gestoría Administrativa de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, ha elaborado el dimensionamiento del presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Lima Sur, en consonancia con el monto asignado por el Ministerio de Economía y Finanzas. En reunión de trabajo con la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, se ha conciliado e identificado la cantidad de órganos jurisdiccionales a crearse en atención al proceso de implementación de la referida norma procesal, de cuyo resultado emite el Informe N° 003-2020-GA-UETI-CPP-PJ concluyendo en la necesidad de crear ocho Juzgados de Investigación Preparatoria, nueve Juzgados Penales Unipersonales, un Juzgado Penal Colegiado y una Sala Penal de Apelaciones; además, la Gestoría Administrativa ha determinado el número de plazas a crearse para el óptimo funcionamiento de los referidos órganos jurisdiccionales, en la ejecución del Programa Presupuestal 0086 "Mejora de los Servicios de Sistema de Justicia Penal", cuantificando el presupuesto para el pago de remuneraciones, obligaciones sociales, bienes y servicios; así como la adquisición de activos no financieros. Quinto. Que, el Secretario General de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur remite el Oficio N° 000019-2020-P-CSJLS-PJ, por el cual comunica a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal la propuesta de distribución y ubicación de los órganos jurisdiccionales por crearse en el citado Distrito Judicial. Posteriormente, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur remitió el Plan de Implementación del Código Procesal Penal, señalando precisiones respecto a la creación de órganos jurisdiccionales a mérito del proceso de implementación del Código Procesal Penal - Primer Tramo. Sexto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 136-2020 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Sur, para la implementación del Código Procesal Penal - Primer Tramo: a) La Primera Sala Penal de Apelaciones Permanente de Chorrillos, conocerá todos los procesos, a excepción de proceso inmediato; con competencia territorial en los Distritos de Chorrillos y San Juan de Miraflores. b) El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Chorrillos, conocerá todos los procesos, excepto procesos del Decreto Legislativo Nº 1194; con competencia en el Distrito de Chorrillos. c) El Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Chorrillos, conocerá todos los procesos, excepto procesos del Decreto Legislativo Nº 1194; con competencia en el Distrito de Chorrillos. d) El Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Lurín, conocerá todos los procesos, excepto procesos del Decreto Legislativo Nº 1194; con competencia en los Distritos de Lurín, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar y Pucusana.

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