Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2020 (31/01/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

52

NORMAS LEGALES

Viernes 31 de enero de 2020 /

El Peruano

90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma Trimestral de realización de las AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS propuesto por la Salas Penales para procesos con Reos en Cárcel y Salas Penales Liquidadoras, para el presente Año Judicial 2020, el mismo que se detalla a continuación:
CRONOGRAMA DE AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS 2020 1º 2º 3º 4º TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE TRIMESTRE PRIMERA SALA PENAL CON REOS EN CARCEL SEGUNDA SALA PENAL CON REOS EN CARCEL TERCERA SALA PENAL CON REOS EN CARCEL CUARTA SALA PENAL CON REOS EN CARCEL PRIMERA SALA PENAL LIQUIDADORA SEGUNDA SALA PENAL LIQUIDADORA CUARTA SALA PENAL LIQUIDADORA 20 DE MARZO 09:00 AM 25 DE MARZO 11:00 AM 25 DE MARZO 09:00 AM 23 DE MARZO 09:00 AM 19 DE MARZO 09:00 AM 17 DE MARZO 08:30 AM 16 DE MARZO 09:00 AM 18 DE 18 DE 19 DE JUNIO SETIEMBRE DICIEMBRE 09:00 AM 09:00 AM 09:00 AM 23 DE 16 DE 24 DE JUNIO SETIEMBRE DICIEMBRE 11:00 AM 11:00 AM 11:00 AM 23 DE 16 DE 24 DE JUNIO SETIEMBRE DICIEMBRE 09:00 AM 09:00 AM 09:00 AM 21 DE 14 DE 22 DE JUNIO SETIEMBRE DICIEMBRE 09:00 AM 09:00 AM 09:00 AM. 17 DE 17 DE 18 DE JUNIO SETIEMBRE DICIEMBRE 09:00 AM 09:00 AM 09:00 AM 15 DE 15 DE 16 DE JUNIO SETIEMBRE DICIEMBRE 08:30 AM 08:30 AM 08:30 AM 14 DE 11 DE 12 DE JUNIO SETIEMBRE DICIEMBRE 09:00 AM 09:00 AM 09:00 AM

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Juliaca para participar en pasantía académica a realizarse en Brasil
UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 022-2020-CCO-UNAJ Juliaca, 17 de enero de 2020 VISTOS: La Carta Nº 014-2019-HPV-EPIER-UNAJ, de fecha 07 de octubre de 2019; Carta Nº 018-2019-VSM/DBU-UNAJ, de fecha 04 de diciembre de 2019; Carta Nº 0462-2019-II/ NBC-EPIER-UNAJ, de fecha 04 de diciembre de 2019; Informe Nº 004-2020-OPEP/UNAJ, de fecha 06 de enero de 2020; Opinión Legal Nº 003-2020/OAJ-CO-UNAJ, de fecha 08 de enero de 2020; Informe Nº 019-2020/DGAUNAJ, de fecha 16 de enero de 2020; Carta Nº 023-2020/ VAC-CO-UNAJ, de fecha 16 de enero de 2020; Carta Nº 012-2020-OCNI-CO-UNAJ, de fecha 17 de enero de 2020; y el Acuerdo Nº 051-2020-SO-CCO-UNAJ, de Sesión Ordinaria de Consejo de Comision Organizadora, de fecha 16 de enero del 2020; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 18, 4to párrafo de la Constitución Política del Estado, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes. Que, la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, en su Art. 8, establece que el Estado reconoce la autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, ésta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico, concordante con el Art. 10 del Estatuto Universitario de la UNAJ. Que, el artículo 59º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: El Consejo Universitario en el presente caso el Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ tiene las siguientes funciones, 59.14, Conocer y resolver todos los demás asuntos que no están encomendados a otras autoridades universitarias, concordante con el artículo 22 numeral 22.16 del Estatuto Universitario de la UNAJ. Que, así mismo conforme al Art. 62, Numeral 62.2, de la Ley Universitaria Nº 30220, es atribución del Señor Presidente de la Comisión Organizadora Dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y financiera. Concordante con el Art. 25 Numeral 25.9 del Estatuto de la UNAJ que también señala, las demás que le otorguen la Ley y el Estatuto de la Universidad Que, la Norma Técnica "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución", aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece las funciones del Presidente; señalando son funciones del Presidente, literal b, Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera, literal i, Emitir Resoluciones en el

Artículo Segundo.- DISPONER que las Salas Penales mencionadas en el artículo precedente, cumplan con realizar las Audiencias Públicas Extraordinarias, de acuerdo al cronograma trimestral aprobado, debiendo remitir a esta Presidencia el expediente administrativo respectivo en el plazo señalado en el artículo 4º del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias. Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados Especializados en lo Penal de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con elevar a las Salas Penales respectivas, los informes sobre los procesos ordinarios y sumarios a que se refiere el artículo 3º del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de este Distrito Judicial la publicación y difusión de la presente resolución administrativa a través de la página web y del correo institucional y de las redes sociales oficiales; sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el punto 1 del artículo 5º de la Resolución Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ. Artículo Quinto.- PONGASE la presente resolución en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Gerencia de Administración Distrital, de los Presidentes de las Salas Penales para Procesos de Reos en Cárcel, Presidentes de las Salas Penales Liquidadoras y Jueces Especializados en lo Penal de este Distrito Judicial, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1851048-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.