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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (30/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Martes 30 de junio de 2020 El Peruano / complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1868994-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 393-2020/MDCH, que estableció beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Chorrillos por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del Coronavirus (COVID-19) DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2020-MDCH Chorrillos, 24 de junio de 2020EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS; VISTOS:El Proveído Nº 994/2020-GM-MDCH de fecha 24 de junio de 2020 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 252-2020-GAJ-MDCH de fecha 24 de junio de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 0148/2020-GAT-MDCH e Informe Nº 0821/2020-SR-GAT-MDCH de fecha 23 de junio de 2020 de la Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Rentas respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante la Ordenanza Nº 393-2020/MDCH, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 31 de mayo del 2020, se estableció otorgar bene fi cios tributarios y no tributarios en el Distrito de Chorrillos por el estado de emergencia nacional por el brote del Coronavirus COVID-19, a fi n de motivar a los contribuyentes al pago de sus deudas tributarias. Que, de la misma normativa y en la tercera disposición complementaria; se dispuso la facultad al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento; Que, mediante Informe Nº 0821/2020-SR-GAT-MDCH e Informe Nº 0148/2020-GAT-MDCH, de fecha 23 de junio de 2020, la Subgerencia de Rentas y la Gerencia de Administración Tributaria respectivamente, remiten a Gerencia Municipal la propuesta de prórroga de fecha de pago de la Ordenanza Nº 393-2020/MDCH hasta el 31 de agosto del 2020, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario o fi cial “El Peruano”; Que, mediante Informe Nº 252-2020-GAJ-MDCH de fecha 24 de junio de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 393-2020/MDCH; Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 393-2020/MDCH “Ordenanza que establece bene fi cios tributarios y no tributarios en el Distrito de Chorrillos por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del Coronavirus (COVID-19), hasta el 31 de agosto de 2020. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes, en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia. Artículo 3º.- DISPONER a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Informática y Tecnología su publicación en la Página Web Institucional. Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 1869161-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan Beneficio Tributario por Pago Total o Parcial del Impuesto Predial ejercicio 2020 y dictan diversas disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2020-MLV La Victoria, 25 de junio de 2020EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: El Informe N° 416-2020-SGRYEC-GSAT/ MLV de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el Informe N° 047-2020-GSAT/MLV de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y el Informe N° 664-2020-GAJ/MLV, y; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el art. 194º de la Constitución Política y sus modi fi catorias en concordancia con el art. II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; de este modo el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta