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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2020 (18/03/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de marzo de 2020 / El Peruano CAPÍTULO III OBJETIVO GENERAL, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL COVESC Artículo 7.- Obejtivo General. El Objetivo general del Comité Vecinal de Seguridad Ciudadana, es contribuir a la disminución de los niveles de inseguridad, mediante el desarrollo de acciones preventivas contra la delincuencia, pandillaje, drogadicción y la violencia en general. Artículo 8º.- Funciones y Atribuciones del COVESC, son: a. Estudiar y analizar la problemática de su sector en los temas relacionados con seguridad. b. Comprometer a la población para participar activamente con sus autoridades locales, para solucionar los problemas de su comunidad en materia de seguridad ciudadana. c. Formular, ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos de seguridad. d. Promover campañas, programas y a la cultura en seguridad y defensa civil. e. Vigilar la e fi cacia y la labor del Serenazgo y de la Policía Nacional. f. Participar en coordinación con la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, el comisario distrital, en operativos de patrullaje móvil y a pie. g. Vigilar el accionar del vehículo menor (Mototaxis) conforme a las normas que regula el servicio de transporte público de pasajeros en vehículos menores. h. Coordinar y evaluar con la Junta Directiva y población de su sector, las autorizaciones para la realización de actividades sociales en la vía pública y/o locales establecidos, aprobando o negándolas con las fi rmas correspondientes. i. Promover, en coordinación con la Municipalidad, el Servicio Especial de Serenazgo por calles en donde los vecinos soliciten. j. Promover, en coordinación con la municipalidad y la Policía Nacional, el Servicio Individualizado Policial en los ejes comerciales o negocios de los vecinos que lo requieran. k. Coordinar con Defensa Civil las acciones necesarias para la atención de la población damni fi cada. l. Con apoyo de la Municipalidad sensibilizar a la población en la problemática de las drogas y la inseguridad: teatro, cine, fórum, murales en paredes, etc. m. En coordinación con la Municipalidad fomentar y capacitar a vecinos voluntarios como promotores de seguridad y promotores en prevención del consumo de drogas. n. En coordinación con los vecinos y la Municipalidad implementar las alarmas comunitarias solidarias por calles dotándolos de silbatos, radios y otros. o. Promocionar e implementar las actividades preventivas que realiza la Municipalidad en deporte, educación, cultura y salud. CAPÍTULO IV DE LA ORGANIZACIÓNArtículo 9º.- Del COVESC por Calles. El COVESC por Calles estará integrado por 4 miembros elegidos por los vecinos en asamblea de sus calles, en los siguientes cargos como mínimo: a) Presidente. b) Vicepresidente.c) Secretario de Actas.d) Secretario de Economía. Artículo 10º.- Del COVESC por Pueblo. El COVESC por Pueblo (AAHH, Coop. de Vivienda, Urbanización etc.) estará integrado por los mismos que se señalan en el artículo anterior. El cargo de Presidente lo asumirá de o fi cio el Secretario de Seguridad de la Junta Directiva Central del pueblo donde exista (salvo que la asamblea de pueblo decida por otro vecino); el resto de los cargos directivos serán elegidos en asamblea general de pueblo.Artículo 11º.- Del COVESC Zonal. El COVESC Zonal estará integrada por todos los presidentes de COVESC de los pueblos, quienes elegirán en una reunión zonal los siguientes cargos: a) Coordinador Zonal b) Subcoordinador Zonalc) Secretario de Actas Zonald) Secretario de Economía Zonal LAS ZONALES:a. Cerros : ”Carretera Central”, “José Carlos Mariátegui”, ”Cerros Unidos”, “1º de Mayo”; b. Plana : “Zona plana”,”Túpac Amaru”,”Ribera del Río”, “Las Praderas y aledaños”. c. Condominios: “ Parques de El Agustino”, “Los Nogales”, “Los Girasoles”, “La Alameda” Artículo 12º.- Del COVESC Distrital. El COVESC Distrital estará integrada por los coordinadores zonales, quienes en una reunión elegirán los siguientes cargos distritales: a) Coordinador General o Distrital. b) Subcoordinador Distrital.c) Secretario de Actas Distrital.d) Secretario de Economía Distrital. El Coordinador General o Distrital representará a los COVESC en el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de El Agustino (CODISEC). TÍTULO V ATRIBUCIONES DE LOS DIRECTIVOS POR CALLES, POR PUEBLOS, ZONAL Y DISTRITAL Artículo 13º.- Del Presidente El Presidente, coordinador zonal o distrital tendrá las siguientes atribuciones: a) Representa al COVESC de sus calles o pueblo, zonal o distrital. b) Cumple y hace cumplir el presente reglamento, los acuerdos de la Asamblea General de Pobladores, sus propios acuerdos y las disposiciones Legales y Municipales en materia de Seguridad. c) Convoca, preside y dirige las Asambleas del COVESC según corresponda. d) Suscribe conjuntamente con el secretario la documentación propia del COVESC. Artículo14º.- Del Vicepresidente El Vicepresidente, Subcoordinador Zonal o Distrital representa al Presidente, Coordinador Zonal o Distrital en caso de ausencia o por delegación con las atribuciones señaladas en el artículo 12º. Artículo 15º.- Del Secretario de Actas El Secretario de Actas, zonal o distrital, tendrá las siguientes atribuciones: a) Lleva actualizados los libros de actas y registros de concurrentes a las diversas asambleas del COVESC. b) Organiza el archivo y ordena la correspondencia del COVESC c) Firma conjuntamente con el Presidente las actas de las sesiones del COVESC. Artículo 16º.- Del Secretario de Economía El Secretario de Economía, zonal o distrital, tendrá las siguientes atribuciones: a) Promover actividades económicas pro seguridad. b) Presenta semestralmente un informe económico de las diferentes actividades al Presidente o Coordinador según sea el caso, para que dé cuenta a la asamblea de vecinos. c) Es el responsable del inventario de los bienes y enseres del COVESC. Artículo 17º.- De la Vigencia del COVESC La Junta Directiva del COVESC tendrá vigencia dos