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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2020 (18/03/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de marzo de 2020 / El Peruano Que, mediante Proveído Nº 202-2020-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR; hasta el 30 de Abril del 2020, la vigencia de la Ordenanza Nº 518-MDA, que establece las fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el Ejercicio 2020; en mérito a los considerandos antes expuestos; tratándose de propietarios cuya clasi fi cación sea de Pequeños Contribuyentes (PECOS) y Micro Contribuyentes (MICROS), la obligación de pago para el ejercicio 2020. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, y Unidades Orgánicas que la conforman. Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1865042-2 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 522- MDA, que establece el Beneficio Tributario por Pronto Pago de Arbitrios Municipales del ejercicio 2020 en la jurisdicción de Ate DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2020/MDA Ate, 16 de marzo de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 011-GAT/MDA de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 515-2020-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 201-2020-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modi fi catorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191º, 194º y 203º de nuestra Constitución, las Municipalidades Provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 522-MDA, de fecha 02 de Marzo del 2020, y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 08 de marzo del 2020, se estableció el “Bene fi cio Tributario por Pronto Pago de Arbitrios Municipales del ejercicio 2020 en la Jurisdicción de Ate”; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su Artículo Quinto, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la referida Ordenanza; asimismo, prorrogue los bene fi cios tributarios establecidos en la misma; Que, mediante Informe Nº 011-2020-GAT/MDA, la Gerencia de Administración Tributaria señala que estando por vencer la fecha de vigencia de la normativa, considera pertinente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 522- MDA, hasta el 30 de Abril del 2020, a fi n de que los contribuyentes puedan actualizar y regularizar el pago de sus obligaciones; Que, mediante Informe Nº 515-2020-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente emitir el Decreto de Alcaldía que disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 522-MDA hasta el 30 de Abril del 2020, conforme a lo señalado precedentemente, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su el artículo 42º, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de fecha 15 de marzo del 2020, señala en el Artículo 1.- Declaración de Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Que, mediante Proveído Nº 201-2020-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo 1º. - PRORROGAR; hasta el 30 de Abril del 2020, la vigencia de la Ordenanza Nº 522-MDA, que establece el Bene fi cio Tributario por Pronto Pago de Arbitrios Municipales del ejercicio 2020 en la Jurisdicción de Ate; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, y Unidades Orgánicas que la conforman. Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1865042-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza sobre participación comunitaria en los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC) de El Agustino ORDENANZA Nº 691-MDEA El Agustino, 13 de Marzo del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO:VISTO: en sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 13 marzo del año 2020, el Informe Nº 094- GAJ-MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza sobre la Participación