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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2020 (21/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 21 de mayo de 2020 El Peruano / Que, mediante documento con registro Nº 2860739 de fecha 09 de octubre de 2018, Luz del Sur S.A.A. solicita el establecimiento de servidumbre de ocupación para la SED 5507, ubicada en el área remanente del terreno entre los kilómetros 50.50 y 53.00 de la Autopista Panamericana Sur, distrito de Santa Maria del Mar, provincia y departamento de Lima, inscrita en la Partida Registral Nº 11362465; Que, de acuerdo a la documentación que obra en el Expediente, y lo evaluado por la Dirección General de Electricidad en los informes de Vistos, la SED 5507 afecta únicamente un terreno de propiedad estatal inscrito en la Partida Registral Nº 11362465; Que, el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, señala que los concesionarios están facultados para usar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o Municipalidad, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal c) del artículo 110 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, es atribución del MINEM imponer con carácter forzoso el establecimiento de, entre otros, la servidumbre de ocupación de bienes indispensable para la instalación de subestaciones de distribución para el servicio público de electricidad; Que, conforme a los informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, veri fi can que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan el establecimiento de la citada servidumbre; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modi fi catorias; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Establecer a favor de Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión de fi nitiva de distribución de energía eléctrica, la servidumbre de ocupación para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 5507, que con carácter forzoso se impuso sobre el área remanente del terreno ubicado entre los kilómetros 50.50 y 53.00 de la Autopista Panamericana Sur, distrito de Santa Maria del Mar, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Registral Nº 11362465, según las coordenadas UTM (WGS 84) que fi guran en la documentación técnica y planos que forman parte del Expediente, conforme al siguiente detalle: Cód. Exp. Descripción de la ServidumbreÁrea Total de Servi- dumbreTipo de propiedadTipo de Terreno 31247618Subestación Eléctrica de Distribución Nº 5507Ubicación: Distrito de Santa María del Mar, provincia y departamento de LimaÁrea: Servidumbre de ocupaciónCoordenadas UTM (WGS 84) Vértice Norte Este A 8627512,171 309015,818 B 8627509,212 309016,311 C 8627508,883 309014,339 D 8627511,842 309013,8456,00 m2 Estatal UrbanoArtículo 2.- Aplicar a la servidumbre establecida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y las normas técnicas pertinentes. Artículo 3.- Disponer que Luz del Sur S.A.A. adopte las medidas necesarias a fi n que el área afectada por la servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la misma, y/o se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja el ejercicio de la servidumbre constituida, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas 1866364-1 Autorizan al Director General de Electricidad, en representación del Estado, a suscribir la Minuta de la Sexta Modificación al Contrato de Concesión N° 002-94 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2020-MINEM/DM Lima, 12 de mayo de 2020VISTOS: El Expediente Nº 15001493 sobre la solicitud de la sexta modi fi cación de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la empresa Luz del Sur S.A.A.; los Informes Nº 427-A-2019-MINEM/DGE-DCE y Nº 042-2020/MINEM-DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, los Informes Nº 169-2020-MINEM/OGAJ y Nº 252-2020-MINEM/OGAJ elaborados por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 031-94-EM publicada el 12 de julio de 1994, se otorga a favor de Empresa de Distribución Eléctrica de Lima – Sur S.A. (en adelante, EDELSUR S.A.) la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad (en adelante, la CONCESIÓN), suscribiéndose el Contrato de Concesión Nº 002-94 (en adelante, el CONTRATO); Que, mediante Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, se aprueba la transferencia de la CONCESIÓN, que efectúa EDELSUR S.A. a favor de Luz del Sur S.A., denominada actualmente como Luz del Sur S.A.A., quien asume los derechos y obligaciones relativos a dicha CONCESIÓN; Que, mediante Resolución Suprema Nº 076-2009- EM publicada el 28 de noviembre de 2009, se aprueba la regularización de la ampliación de la CONCESIÓN, suscribiéndose la Adenda Nº 1 al CONTRATO; Que, mediante Resolución Suprema Nº 064-2014- EM publicada el 6 de setiembre de 2014, se aprueba la ampliación de la CONCESIÓN que comprende la zona Lima Sur – Ampliación Asia, ubicada en el distrito de Asia, provincia de Cañete, departamento de Lima, solicitada por Luz del Sur S.A.A., suscribiéndose la Adenda Nº 2 al CONTRATO, en el que, entre otros, se incorpora el Anexo Nº 11 que contiene el Cronograma de Ejecución de Obras de la referida ampliación de la CONCESIÓN; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-2017- MEM/DM publicada el 18 de mayo de 2017, se aprueba la modi fi cación de la ampliación de la CONCESIÓN respecto a la zona Lima Sur – Ampliación Asia, indicada en el considerando que antecede, a fi n de modi fi car el Cronograma de Ejecución de Obras, suscribiéndose la Adenda Nº 3 al CONTRATO; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 064-2018- MEM/DM publicada el 01 de marzo de 2018, se aprueba