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52 NORMAS LEGALES Jueves 21 de mayo de 2020 / El Peruano de Reporte de signos y síntomas asociados al COVID-19 y se procederá conforme a lo descrito en el numeral 7.2.6 de los “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobado con Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA. Dicho procedimiento deberá desarrollarse dentro del Plan de Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19. La citada fi cha se encuentra detallada en el Anexo III y deberá ser remitida en formato digital PDF vía correo electrónico al Gobierno Local y al MINSA en el transcurso del día de detectados los síntomas. c) En caso se detecte a un comerciante, vendedor o personal del mercado de abasto o del espacio temporal habilitado para el comercio de alimentos, que haya sido diagnosticado positivo de COVID-19, antes y durante los exámenes periódicos serológicos, se efectuará el siguiente procedimiento: – Se realizarán los exámenes correspondientes a todos los comerciantes del mercado de abasto o del espacio temporal habilitado para el comercio de alimentos, según corresponda. – Cierre temporal y desinfección de las instalaciones dentro y fuera del establecimiento. – El/Los comerciantes, vendedores y personal del mercado de abasto o del espacio temporal habilitado para el comercio de alimentos detectados con COVID-19, serán puestos en cuarentena. – La reapertura para el funcionamiento del mercado de abasto o del espacio temporal habilitado para el comercio de alimentos, se efectuará al siguiente día de su desinfección. – Para la reincorporación al puesto del mercado de abasto o del espacio temporal habilitado para el comercio de alimentos, el comerciante debe presentar su fi cha de alta expedida por el MINSA, por la Dirección Regional de Salud o por la Gerencia Regional de Salud, según corresponda. ANEXO I “Plan de vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el Mercado de abasto o espacio temporal habilitado para el comercio de alimentos” I. Datos Generales: 1. Nombre del Gobierno Local 2. Ubigeo del Gobierno Local 3. Nombre del Mercado de abasto o espacio temporal habilitado para el comercio de alimentos II. Miembros del Comité de Autocontrol Sanitario: Nombre y Apellidos Nº DNI Teléfono Representantes 1.Representante del Gobierno Local. 2.Administrador/gerente del mercado. 3.Representante de los comerciantes. 4.Representante de los comerciantes. III. Datos de los Vendedores o Comerciantes Nombres y apellidosNº DNI Teléf. Edad DomicilioNº de puestoOtros* *Otros:(problemas de salud, etc)IV. Procedimientos obligatorios de prevención COVID-19. Procedimiento Hacer respetar el distanciamientoDefi nir puerta de ingreso Defi nir puerta de salida Aforo máximo durante el Estado de Emergencia Nacional Coordinar la implementación de las estaciones de lavado de mano Disponer la instalación de surtidores de alcohol Implementar el mecanismo para la desinfección de suelas de zapatos en las puertas de ingreso y salida Horario de atención Toma de temperatura a cargo Implementación de medidas de desinfección Almacenamiento y Recolección de residuos sólidos Verifi car los dispensadores Supervisar la Limpieza y desinfección Determinar el protocolo a seguir ante sospecha y o detección de personas con COVID-19 Disponer el personal necesario para la vigilancia y control de residuos sólidos Disponer los implementos para manejo de residuos sólidos Supervisar el almacenamiento y recolección Verifi car la disposición del personal para toma de temperatura Supervisar el uso de mascarilla Determinar protocolos de desinfección Determinar horario de ingreso del público y coordinar con los comerciantes Brindar facilidades para el ingreso Reportar incidencias al Gobierno Local ANEXO II MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS EN MERCADOS DE ABASTO O ESPACIOS TEMPORALES HABILITADOS PARA EL COMERCIO DE ALIMENTOS, DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19 Y EL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL • Los puestos deben colocar tachos con capacidad entre veinte (20) y cincuenta (50) litros, con tapa tipo vaivén o accionada con pedal. En su interior debe colocarse una bolsa de polietileno, de manera tal que permita el retiro adecuado de los residuos sólidos generados en los puestos. • Las bolsas de polietileno que se encuentren llenas hasta ¾ partes de su capacidad deben ser amarradas con doble nudo, de manera hermética y asegurándose que no presenten rasguños u ori fi cios. Luego, en la zona exterior de los puestos, el vendedor y/o el personal de limpieza debe rociar dichas bolsas, así como los recipientes, con una solución de lejía diluida al 1%; el cual debe contar con la autorización de la DIGESA. Luego de realizar la desinfección, la bolsa que contiene los residuos sólidos debe trasladarse directamente hacia el lugar de almacenamiento establecido y debe colocar una nueva bolsa de polietileno en los recipientes. • El mercado de abasto o los espacios temporales habilitados