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33 NORMAS LEGALES Jueves 12 de noviembre de 2020 El Peruano / económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento. Que, la Resolución Ministerial Nº 135-2013-MINAM, señala que: el ordenamiento territorial tiene como instrumentos técnicos sustentatorios: la Zoni fi cación Ecológica y Económica - ZEE, los Estudios Especializados - EE y el Plan de Ordenamiento Territorial - POT, el cual a su vez se sustenta en el Diagnóstico Integral del Territorio. Que, con Ordenanza Regional Nº 084-2008-GRJ/ CR, se declara la “Necesidad e Interés Regional” la Zoni fi cación Ecológica Económica y el Ordenamiento Territorial Ambiental de la Región Junín y se aprueba la conformación y constitución de la Comisión Técnica de Zoni fi cación Técnica de Zoni fi cación Ecológica Económica. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 218- 2015-GRJ/CR, se aprueba la Zoni fi cación Ecológica Económica del Departamento de Junín, como documento orientador para la formulación, aprobación y aplicación de las políticas, planes, programas, proyectos regionales y locales, sobre el uso sostenible de los recursos naturales y del territorio, a fi n de proveer información técnica y el marco referencial para promover y orientar la inversión pública privada y contribuir a los procesos de concertación entre los diferentes actores sociales sobre la ocupación y uso adecuado del territorio como insumos de los demás instrumentos técnicos del Ordenamiento Territorial. Que, mediante la “Ejecución del proyecto de Desarrollo de Capacidades Humanas para la zonificación ecológica y económica de la Región Junín” código SNIP 62266, se formula la Zonificación Ecológica Económica, a través de un proceso participativo y técnico multidisciplinario, desde el año 2009 hasta 2013, culminándose con su validación por la Comisión técnica Regional de ZEE. Que, mediante el O fi cio Nº 286-2015-MINAM/ VMDERN/DGOT la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Ministerio del Ambiente emite la Opinión Favorable a la propuesta fi nal e integrada de la Zoni fi cación Ecológica Económica (ZEE) del Departamento de Junín ejecutada a nivel Meso Zoni fi cación. Que, con Informe Técnico Nº 003-2020-GRJ- GRRNGMA/SGRNMA/HCZ del 17 de junio de 2020, el Especialista en Materia Ambiental de la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, concluye que: - La Zonificación Ecológica y Económica –ZEE tiene como finalidad orientar la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la población que la habita y en armonía con el ambiente. - El Departamento de Junín cuenta con una Zonificación Ecológica y Económica –ZEE elaborada de manera participativa y aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 218-GRJ/CR, este estudio nos muestra una caracterización del Departamento de Junín, mostrándonos sus potencialidades y limitaciones, dando como resultado que el: 47.49% del territorio de la región se encuentra en zona de protección y conservación ecológica, 29.56% en zonas de recuperación por un mal manejo de las tierras y uso del suelo y el 21.63% son zonas productivas. - Los resultados de la Zoni fi cación Ecológica y Económica del Departamento de Junín ayudaran a tomar mejores decisiones en el diseño y ejecución de las políticas, planes, programas, proyectos o actividades de intervención pública y privada que se vinculan con el uso y ocupación del territorio del departamento de Junín. - Reglamentar su aplicación hace de este instrumento una herramienta vinculante en la gestión territorial de las instituciones públicas y privadas, mejorando la plani fi cación e intervención estratégica para logara un desarrollo sostenible. Que, este mismo informe técnico recomienda la aprobación del Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica Económica, a través de una ordenanza regional.Que, con Memorándum Nº 235-2020-GRJ/ GRRNGMA, del 17 de junio de 2020, el Gerente Regional de Recursos Naturales solicita a la Directora Regional de Asesoría Legal, la opinión legal favorable respecto a la Propuesta del Reglamento para la aplicación dela Zoni fi cación Ecológica y Económica del departamento de Junín. Que, con Informe legal Nº 235-2020-GRJ/ORAJ, de fecha 25 de junio del 2020, la Directora de Asesoría Jurídica emite opinión legal, en la que concluye: 1.- Que Es PROCEDENTE la aprobación del “Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica Económica del Departamento de Junín”, por encontrarse conforme al Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM- Reglamento de Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE). 2.- Se recomienda ELEVAR al Consejo Regional para la prosecución del trámite respectivo. Que, con Memorando Nº 043-2020-GRJ/GGR del 14 de julio de 2020, el Gerente General Regional, eleva al Consejo Regional, el expediente para aprobación del “Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica Económica del Departamento de Junín”, por encontrarse conforme al Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM- Reglamento de Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE). Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y con el Dictamen favorable Nº 001-2020-GRJ/CR-CPRNyGMA, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional Junín ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL “REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA ECONÓMICA DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN”, POR ENCONTRARSE CONFORME AL DECRETO SUPREMO Nº 087-2004- PCM- REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA (ZEE) ACUERDA:Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA ECONÓMICA DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN, POR ENCONTRARSE CONFORME AL DECRETO SUPREMO Nº 087-2004-PCM- REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA (ZEE),que consta de 26 artículos y 2 Disposiciones Complementarias Finales, que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, cumpla con la responsabilidad de coordinar y conducir la implementación de las acciones y procedimientos contenidos en el presente Reglamento. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en la página web del Gobierno Regional Junín, en el Diario O fi cial El Peruano y en el Diario encargado de los avisos judiciales de la Región Junín. Dado en la sala virtual del Gobierno Regional de Junín a los 4 días del mes de agosto del año dos mil veinte. ABIMAEL P. ROJAS TICSE Consejero DelegadoConsejo Regional POR LO TANTO:Mando, comuníquese y cúmplase.Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 06 días del mes de agosto de 2020. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional 1901683-1