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38 NORMAS LEGALES Jueves 12 de noviembre de 2020 / El Peruano condición de ente rector del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, aprueba la constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes–CCONNA, así como también se aprueba el reglamento interno del mismo; Que, la Gerencia de Desarrollo Humano y la Sub Gerencia de Adulto Mayor, DEMUNA, OMAPED y Protección a la Mujer, solicitan la creación del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes–CCONNA, como espacio consultivo de la municipalidad, a efecto de promover la autonomía y cuyo objeto es que las decisiones propuestas de las Niñas, Niños y Adolescentes puedan ser debidamente encaminadas; Asimismo, se advierte que el proyecto de propuesta de creación del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, cuenta con sustento legal, encontrándose acorde a la normatividad vigente aplicable, según la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 604-2020-GAJ-MDMM; Estando a lo expuesto, conforme a lo establecido en el numeral 8, del artículo 9º, de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de aprobación y lectura del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APUEBA LA CREACION DEL CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES–CCONNA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR Artículo 1º.- Aprobar la Creación del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes–CCONNA en el Distrito de Magdalena del Mar, el mismo que constituye un espacio de ejercicio del derecho de participación de carácter consultivo por niñas, niños y adolescentes a nivel distrital elegidos democráticamente y que representen a diversos grupos y formas de organización donde generen propuestas e incidan en la formulación de políticas públicas sobre niñez y adolescencia que les involucra e interesa, en bene fi cio de su desarrollo integral. Artículo 2º.- El Consejo Consultivo Niñas, Niños y Adolescentes–CCONNA del Distrito de Magdalena del Mar, tiene como finalidad proponer, coordinar, participar y desarrollar actividades propias a la formulación de políticas públicas locales en la materia de niñez y adolescencia. Artículo 3º.- El Consejo Consultivo Niñas, Niños y Adolescentes–CCONNA del Distrito de Magdalena del Mar, se encontrará conformado por 26 personas, 13 Titulares y 13 Suplentes constituidos por Niñas, Niños y Adolescente de 8 años a 17 años, elegidos de forma democrática y equitativa dentro los grupos de Niñas, Niños y Adolescentes participantes. Asimismo, una vez instalado dicho consejo los miembros deberán elegir a sus representantes, los cuales serán designados por Decreto de Alcaldía. Artículo 4º.- La constitución del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes–CCONNA de Magdalena del Mar; se sustenta en los siguientes principios: a) El Interés superior del Niño y el Adolescente, entendido como la obligación de todas las personas e instituciones de garantizar la satisfacción integral de todos los derechos que le asisten a las niñas, niños y adolescentes, en el distrito de Magdalena del Mar. b) Las niñas, niños y adolescentes son personas con derechos, deberes y gozan de protección especial atendiendo a sus necesidades de acuerdo a su edad. c) Trato igualitario a los niños, niñas y adolescentes, sin excepción alguna, independientemente de su raza, género, idioma, religión, lugar de nacimiento, etnia, capacidades, habilidades, opinión política o de otra índole, deben gozar de todos los derechos que se les otorga y es función del Estado y sus instituciones protegerlos de toda forma de discriminación. d) Participación de las niñas, niños y adolescentes en espacios públicos que son de su especial interés fortalecen procesos de ejercicio de ciudadanía desde la infancia y adolescencia que coadyuvan a consolidar la democracia y fortalecen el capital social que ellos constituyen.e) La autonomía progresiva, que implica que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a medidas especiales de protección y a que puedan ejercer sus derechos de acuerdo con la evolución progresiva de sus necesidades y facultades. Artículo 5º.- El Consejo Consultivo Niñas, Niños y Adolescentes–CCONNA de Magdalena del Mar, tendrá las siguientes funciones: a) Elaborar y presentar propuestas de políticas en materia de infancia y adolescencia ante la Alcaldía y el Concejo Municipal. b) Emitir opinión sobre todas las consultas que le realicen en materia de políticas sobre infancia y adolescencia. c) Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y políticas que los afecten y les sea pertinentes, a través de una Declaración ante la Alcaldía y el Concejo Municipal; quienes lo trasladarán a la instancia competente. d) Difundir y promover los derechos y deberes de las niñas, niños y adolescentes en coordinación con la Sub Gerencia de Adulto Mayor, DEMUNA, OMAPED y Protección a la Mujer. e) Representar a las niñas, niños y adolescentes del Distrito ante las autoridades e instituciones locales, regionales y nacionales cuando sean requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia; f) Ser voceros ante el resto de la población de niños, niñas y adolescentes. Artículo 6.- El Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes – CCONNA de Magdalena del Mar, está conformado por la Asamblea General y el Equipo Coordinador: La Asamblea General, está constituida por los representantes democráticamente elegidos de diversos grupos y formas de organización de Niñas, Niños y Adolescentes participantes existentes en el distrito, los mismos que sesionarán de acuerdo a su reglamento aprobado. El Equipo Coordinador, será elegido por los 13 representantes titulares de los grupos de Niñas, Niños y Adolescentes participantes en Asamblea General y estará integrado por: - Coordinador/a General. - Sub Coordinador.- Secretario/a de actas.- Secretario/a de Organización Artículo 7º.- Conformar la Comisión Organizadora del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes, quien se encargará de implementar éste órgano consultivo, el cual estará integrado por: - Gerente de Desarrollo Humano - Subgerente de Adulto Mayor, DEMUNA, OMAPED y Protección a la Mujer - Subgerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Espectáculos Artículo 8º.- La Comisión Organizadora del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes – CCONNA de Magdalena del Mar, se le asignan las siguientes funciones: a) Apoyar la difusión y creación del Registro de grupos y formas de organizaciones de Niñas, Niños y Adolescentes en la jurisdicción de Magdalena del Mar. b) Convocar a todos los grupos y organizaciones de Niñas, Niños y Adolescentes registrados en el proceso de elección de representantes al Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes–CCONNA de Magdalena del Mar. c) Coordinar la organización y conducción del proceso de elección democrático y participativo de los miembros integrantes del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes – CCONNA de Magdalena del Mar. d) Elaborar el Reglamento del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes – CCONNA de Magdalena del Mar, en un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco)