Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (28/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Sábado 28 de noviembre de 2020 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 0544-2020/MDB, que establece beneficios tributarios para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2020 DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2020-MDB Breña, 27 de noviembre de 2020EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAVISTO:El Informe N° 100-2020-GR/MDB de fecha 26 de noviembre de 2020 de la Gerencia de Rentas; el Informe N° 407-2020-GAJ-MDB de fecha 26 de noviembre de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 0544-2020/MDB, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 de octubre de 2020, se aprobaron bene fi cios tributarios para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2020, delegándose en su Tercera Disposición Complementaria y Final la facultad de dictar las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación; Que, mediante Informe N° 100-2020-GR/MDB de fecha 26 de noviembre de 2020 la Gerencia de Rentas, propone la prórroga de la Ordenanza Nº 0544-2020/MDB hasta el 30 de diciembre del 2020, a fi n de que un mayor número de contribuyentes realicen el pago de sus deudas tributarias con los bene fi cios de la precitada Ordenanza; Que, mediante Informe N° 407-2020-GAJ-MDB de fecha 26 de noviembre de 2020 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la aprobación del Decreto de Alcaldía, que prorroga el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 0544-2020/MDB sobre bene fi cios por el pago de deudas tributarias vencidas a contribuyentes del Distrito de Breña; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 0544-2020/MDB “Ordenanza que establece bene fi cios tributarios para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2020” hasta el 30 de diciembre del 2020.Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y sus unidades orgánicas dependientes, conforme a sus atribuciones y competencias. Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Estadística e Informática su publicación en el Portal Web Institucional. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase.JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 1907323-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan plazo establecido en el artículo quinto de la Ordenanza N° 408/MDLM, que establece condonaciones y beneficios tributarios adicionales, a los contribuyentes del distrito a efectos de mitigar el impacto social y económico generado a causa del COVID-19 DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2020/MDLM La Molina, 27 de noviembre del 2020EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINAVisto; el Memorando N° 1456-2020-MDLM-GM, de fecha 27 de noviembre del 2020, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 037-2020-MDLM-GAT, de fecha 27 de noviembre del 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 178-2020-MDLM-GAT-SREC, de fecha 27 de noviembre del 2020, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva y el Memorándum Nº 1105-2020-MDLM-GPPDI, de fecha 26 de noviembre del 2020, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, mediante los cuales se eleva la propuesta para la emisión de un Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo establecido en la Ordenanza N° 408/MDLM, en atención a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la norma antes mencionada, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorándum N° 1105-2020-MDLM- GPPDI, de fecha 26 de noviembre del 2020, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, emite su pronunciamiento respecto a la propuesta normativa de prorrogar el plazo establecido en la Ordenanza Nº 408/MDLM, ello en virtud a lo solicitado por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, a través de su Informe Nº 177-2020-MDLM-GAT-SREC, de fecha 26 de noviembre del 2020, señalando que, ve por conveniente la prorroga propuesta, emitiendo opinión favorable; Que, mediante el Informe Nº 178-2020-MDLM-GAT- SREC, de fecha 27 de noviembre del 2020, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva señala, entre otros, que, existe una participación importante de contribuyentes que vienen cumpliendo con el pago voluntario de sus tributos, toda vez que se encontrarían motivados con las condonaciones y bene fi cios tributarios dispuestos en la Ordenanza N° 408/MDLM; sin embargo, debido al próximo vencimiento de su plazo de vigencia, un porcentaje de contribuyentes no alcanzaría a bene fi ciarse de los referidos bene fi cios tributarios; motivo por el cual, con la fi nalidad de generar que más contribuyentes se vean