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57 NORMAS LEGALES Sábado 28 de noviembre de 2020 El Peruano / establece que las Municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del Artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el alcalde: “(…) Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo”; asimismo, el artículo 43° de la acotada Ley establece que “Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven asuntos de carácter administrativo”; Que, mediante el Memorándum N° 556-2020-SG/ML de fecha 14 de octubre del 2020, la Secretaría General remite a la Subgerencia de Administración Documentaria y Archivos Municipal, el proyecto de Directiva de Lineamientos Estandarizados para la atención de quejas y denuncias en la Municipalidad Distrital de Lurín; Que, con Informe N° 247-2020-SGADAM-SG/ML de fecha 15 de octubre de 2020, la Subgerencia de Administración Documentaria y Archivos Municipal opina que el proyecto de directiva cuenta con los requisitos esenciales para su implementación, conforme a la casuística y al marco normativo, el mismo que es elevado a la Gerencia de Planeamiento Estratégico con el Memorándum N° 563-2020-SG/ML de fecha 15 de octubre de 2020, para opinión técnica; Que, mediante el Memorándum N° 509-2020-GPE/ ML de fecha 19 de octubre de 2020, la Gerencia de Planeamiento Estratégico opina que el proyecto de Directiva se encuentra amparado en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 009-2020-CG/GCSD; Que, a través del Informe N° 295-2020-GAJ/ML de fecha 28 de octubre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable por la expedición de la Resolución de Alcaldía que apruebe la Directiva de Lineamientos estandarizados para la atención de quejas y denuncias en la Municipalidad Distrital de Lurín; Que, la Directiva de Lineamientos estandarizados para la atención de quejas y denuncias en la Municipalidad Distrital de Lurín, tiene como objeto establecer procedimientos y mecanismos de control que permitan regular la recepción, seguimiento y atención de quejas y denuncias que interpongan los usuarios y/o administrados ante la Municipalidad de Lurín, la misma que tiene como ámbito de aplicación a todos los funcionarios y servidores públicos de la Municipalidad, independientemente de su régimen contractual; Que, al ser de alcance general, corresponde ser aprobado por Resolución de Alcaldía, conforme lo dispuesto en el numeral 3.1) del Capítulo III de la Directiva N° 044-2019-GPE/ML, “Lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación de directivas de la Municipalidad distrital de Lurín” aprobada mediante resolución de Alcaldía N° 215-2019-ALC/ML de fecha 23 de setiembre de 2019; Que, así mismo, al ser de alcance general, conforme lo dispuesto en el numeral 5.2) del Capítulo III de la Directiva N° 004-2019-GPE/ML antes citada, la directiva deberá ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, conforme a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Directiva N° 001-2020-SG/ML – Directiva de Lineamientos Estandarizados para la atención de quejas y denuncias en la Municipalidad Distrital de Lurín, la cual consta de cuatro (4) Capítulos, cinco (5) Disposiciones Preliminares, dos (2) Disposiciones Generales, tres (3) Disposiciones Especí fi cas, cuatro (4) Disposiciones Complementarias y un (01) Formato de Hoja de Quejas, que como anexo forma parte íntegramente de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad de Lurín, dar fi el cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución y su anexo.Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su notifi cación correspondiente a todas unidades orgánicas y, a la Sub Gerencia de Informática la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad de Lurín. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.J. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 1906899-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Ordenanza que aprueba la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Miraflores ORDENANZA Nº 557/MM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO:EL CONCEJO DE MIRAFLORES;VISTO, en Sesión Ordinaria Virtual de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2020, el Dictamen N° 083-2020/MM de fecha 20 de noviembre de 2020 de la Comisión de Asuntos Jurídicos; el Informe Técnico N° 084-2020-SGRE-GPP/MM de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Racionalización y Estadística; el Informe N° 085-2020-SGRE-GPP/MM de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Racionalización y Estadística; el Memorándum N° 364-2020-GPP/MM de fecha 06 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 242-2020-GAJ/ MM de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 616-2020-GM/MM de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Gerencia Municipal; el Proveído Nº 177-2020-SG/MM de fecha 16 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que, entre otros, se logre una mejor atención a la ciudadanía; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM publicado en el diario o fi cial El Peruano el 09 de enero de 2013, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública que establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y e fi caz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país; Que, mediante el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM publicado en el diario o fi cial El Peruano el 18 de mayo de 2018, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM publicado en el diario o fi cial El Peruano el 30 de diciembre de 2018, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, los cuales tienen por objeto regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el