Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 El Peruano / desarrollo paso a paso para la virtualización de cada una de las etapas del proceso, con la fi nalidad de mantener la garantía del proceso, lo cual se basa en los principios de transparencia, mérito e igualdad de oportunidades. Las recomendaciones para la virtualización del concurso público que se detalla en dicha guía, se realiza tomando en cuenta los principios de razonabilidad, celeridad, simplicidad, establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS, en adelante TUO de la Ley N° 27444 y de observancia obligatoria, las decisiones de las autoridades, cuando creen obligaciones deben adaptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y deben mantener la debida proporción entre los medios a emplear, por lo que se debe ajustar la actuación de tal modo que se dote al trámite la máxima dinámica posible; debiendo establecerse trámites sencillos y eliminarse toda complejidad innecesaria. Asimismo, se señala que la virtualización del concurso público debe ser coordinada con la O fi cina de Tecnologías de la Información, o quien haga sus veces dentro de la entidad, para considerar mecanismos de protección de datos y de seguridad de la información; Que, en el marco de la Emergencia Sanitaria, se promulgó el Decreto Legislativo N° 1497, que establece medidas para promover y facilitar las condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, estando a ello, en su Cuarta Disposición Complementaria Transitoria, se dispone la suspensión, hasta el 31 de diciembre del año 2020, de la aplicación del numeral 123.3 del artículo 123 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en lo referido a la obligación de la presentación física del escrito o documentación por parte de los administrados; propiciando el establecimiento de canales no presenciales de atención; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 2208, señala que la Sugerencia de Personal de la Gerencia de Administración, es la unidad orgánica de apoyo, responsable de administrar los recursos humanos y ejecutar los procesos de selección, contratación, evaluación, promoción del personal, control de asistencia, remuneraciones, pensiones, relaciones laborales y bienestar del personal de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, el artículo 69 de la norma en mención, señala que la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Administración es la unidad orgánica encargada de asegurar y dirigir las actividades técnicas relacionadas con la transparencia de información, gobierno digital, gestión de proyectos informáticos y el control de las redes e infraestructura de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en virtud de ello, la Subgerencia de Personal de la Gerencia de Administración a través del Informe N° 133-2020/MML-GA-SP, de fecha 03 de septiembre de 2020, señala que el Área Administrativa de Servicios – CAS emitió su conformidad a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación para la publicación de la Plataforma Virtual “CAS en Línea” en el portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en cumplimiento a lo dispuesto por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; asimismo, concluye que la virtualización de las etapas del proceso de selección, servirán para cumplir con los requerimientos del personal de las dependencias y/o unidades orgánicas, a fi n de asegurar la contratación del personal bajo el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) y cumplir con los lineamientos establecidos por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. Adicionalmente, señala que cada uno de los términos y condiciones que se presentan en la plataforma virtual cuentan con aprobación y sustento legal; así como, los mensajes dirigidos al postulante en las etapas de selección realizadas por el Área de Contratación Administrativa de Servicios – CAS; Que, la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Administración a través del Memorando Nº 297-2020-MML/GDA-SGDI, de fecha 01 de septiembre de 2020, da conformidad a la Guía de Postulación y Preguntas frecuentes para la publicación de la Plataforma Virtual “CAS en Línea”, toda vez que dichos documentos están de acuerdo a lo coordinado con el equipo de selección de CAS de la Subgerencia de Personal, así como con la Gerencia de Comunicaciones Social y Relaciones Públicas que también aprobó la referida Guía de Postulación y Preguntas frecuentes; Que, conforme al numeral 72.2 del artículo 72 del TUO de la Ley N° 27444, toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, en ese sentido, resulta necesario implementar la Plataforma Virtual “CAS en Línea” de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para garantizar y efectuar una mejora continua de la gestión institucional, a través de medios alternativos de presentación de documentos mediante el uso de canales digitales, con la fi nalidad de preservar la salud de los colaboradores y ciudadanía en general, en aplicación de la Política de Modernización del Estado y del Gobierno Digital; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del Informe Nº 525-2020-MML-GAJ, de fecha 09 de septiembre de 2020, opina, entre otros, que la propuesta forma parte de los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal, lo cual no es de competencia del Concejo Municipal, por lo que resulta conforme a la normativa vigente que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la Implementación de la Plataforma Virtual “CAS en Línea” de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual comprende la Guía de Postulación y Preguntas frecuentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, acorde a lo opinado por la Subgerencia de Personal y la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Administración; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y los artículos 63 y 69 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 2208; SE DECRETA:Artículo 1.- Aprobar la implementación de la Plataforma Virtual “CAS en Línea” para la contratación de personal bajo el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios en la Municipalidad Metropolitana de Lima; cuyo acceso será a través del portal institucional http:// www.transparencia.munlima.gob.pe/, https://aplicativos. munlima.gob.pe/cas-en-linea, que será administrada por el Área de Contratación Administrativa de Servicios - CAS de la Subgerencia de Personal de la Gerencia de Administración. Artículo 2.- Aprobar la “Guía de Postulación y Preguntas Frecuentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima - MML”, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, cuya actualización estará a cargo de la Subgerencia de Personal, así como de la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación. Artículo 3.- Disponer la puesta en funcionamiento de la Plataforma aprobada en el Artículo 1, a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación como responsable del mantenimiento informático de la Plataforma Virtual “CAS en Línea” aprobado en el Artículo 1 del presente Decreto de Alcaldía; así como el asesoramiento técnico a los usuarios del sistema y de garantizar la integridad e intangibilidad de la información de la mencionada plataforma. Artículo 5.- Encargar a la Subgerencia de Personal, así como a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, efectuar las acciones necesarias para la