Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (04/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 4 de abril de 2021 / El Peruano HUAYUCACHI - HUANCAYO - JUNÍN VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiséis de febrero de dos mil veintiunoVISTA: la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por don Clever Luis Carhuallanqui Carhuallanqui, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huayucachi, provincia de Huancayo, departamento de Junín (en adelante, el señor alcalde), debido a que se declaró la vacancia de doña Karen Pilar Crespo Palacios (en adelante, la señora regidora), por la causa contemplada en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante O fi cio Nº 0095-2021-AL/MDH, presentado el 20 de enero de 2021, el señor alcalde remitió los actuados de vacancia en contra de la regidora, por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, y solicitó la convocatoria de candidato no proclamado, para cuyo efecto adjuntó el comprobante de pago correspondiente a la tasa por el citado concepto, así como los siguientes documentos: a) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 013-2020-MDH, del 2 de diciembre de 2020, que por unanimidad declaró la vacancia de la regidora, por la causa contemplada el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. b) Acuerdo de Concejo Extraordinario Nº 015-2020- CM/MDH, del 2 de diciembre de 2020, que aprobó la vacancia de la regidora. c) Acta de Noti fi cación del 23 de noviembre de 2020, que comunica la Citación 13 de Sesión Extraordinaria del Concejo Distrital de Huayucachi, dirigida a la regidora en cuestión. d) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 001-2021-MDH, del 14 de enero de 2021. e) Acuerdo de Concejo Extraordinario Nº 001-2021-CM- MDH, del 15 de enero de 2021. f) Citación Extraordinaria Nº 001-2021-AL/MDH/ JUNIN, dirigida a doña Ida Quintanilla Carhuamaca, don Wilfredo Sánchez Quispe, don Juan Carlos Rojas Lara, doña Yolanda De la Cruz Orihuela y la regidora. g) Informe Nº 01-2021-MDH-ALE, del 5 de enero de 2021. h) Informe Nº 019-2020-SG/MDH, de Secretaría general, del 30 de diciembre de 2020. i) Actas de Noti fi cación, del 5 y 7 de diciembre de 2020, de la Carta Nº 089-2020-AL/MDH. j) Carta Nº 089-2020-AL/MDH, del 5 de diciembre de 2020, que remite a la regidora el Acuerdo de Concejo Extraordinario Nº 015-2020-CM/MDH. k) Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 006-2020-CM, del 30 de marzo de 2020. l) Control de Asistencia a la Sesión de Concejo Ordinaria Nº 006-2020-SEO-MDH, del 30 de marzo de 2020. m) Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 007-2020-MDH, del 27 de abril de 2020. n) Control de Asistencia a la Sesión de Concejo Ordinaria Nº 007-2020-SEO-MDH, del 27 de abril de 2020. o) Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 008-2020-MDA, del 18 de mayo de 2020. p) “Control de Asistencia Concejo Ordinaria Nº 008- 2020”, del 18 de mayo de 2020. q) Escrito de solicitud de vacancia en contra de la regidora presentado por Wilfredo Sánchez Quispe, del 12 de junio de 2020. 1.2. Mediante el Acuerdo de Concejo Extraordinario Nº 015-2020-CM/MDH, del 2 de diciembre de 2020 (en adelante, el Acuerdo de Concejo), se aprobó por unanimidad la vacancia de la regidora, encargándose a la secretaria general de dicha comuna poner de conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones a fi n de que convoque al ciudadano respectivo para que asuma dicho cargo.1.3. Conforme al Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 001-2021-MDH, del 14 de enero de 2021, se declaró fi rme y consentido el Acuerdo de Concejo. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. El numeral 7 del artículo 22 señala: El cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, en los siguientes casos: […] 7. Inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses; 1.2. El numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, mani fi esta: El concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 1.3. El artículo 24, señala: En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:[…] 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 1.4. El artículo 21 indica sobre la noti fi cación lo siguiente: 21.1. La noti fi cación personal se hará en el domicilio que conste en el expediente, o en el último domicilio que la persona a quien deba noti fi car haya señalado ante el órgano administrativo en otro procedimiento análogo en la propia entidad dentro del último año. 21.2. En caso que el administrado no haya indicado domicilio, o que éste sea inexistente, la autoridad deberá emplear el domicilio señalado en el Documento Nacional de Identidad del administrado. De veri fi car que la noti fi cación no puede realizarse en el domicilio señalado en el Documento Nacional de Identidad por presentarse alguna de las circunstancias descritas en el numeral 23.1.2 del artículo 23, se deberá proceder a la noti fi cación mediante publicación. 21.3. En el acto de noti fi cación personal debe entregarse copia del acto noti fi cado y señalar la fecha y hora en que es efectuada, recabando el nombre y fi rma de la persona con quien se entienda la diligencia. Si ésta se niega a fi rmar o recibir copia del acto noti fi cado, se hará constar así en el acta, teniéndose por bien noti fi cado. En este caso la noti fi cación dejará constancia de las características del lugar donde se ha noti fi cado. 21.4. La notifi cación personal, se entenderá con la persona que deba ser noti fi cada o su representante legal, pero de no hallarse presente cualquiera de los dos en el momento de entregar la noti fi cación, podrá entenderse con la persona que se encuentre en dicho domicilio, dejándose constancia de su nombre, documento de identidad y de su relación con el administrado. En la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.5. Los literales i y j del artículo 5 establecen: