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15 NORMAS LEGALES Domingo 4 de abril de 2021 El Peruano / Son funciones del Jurado Nacional de Elecciones: i. Proclamar a los candidatos u opciones elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares. j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones1, (en adelante, el Reglamento) 1.6. El artículo 16, sobre la noti fi cación de los pronunciamientos, señala que: Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. Para este efecto, deberán solicitar la apertura de su Casilla Electrónica en el plazo de tres (3) días hábiles desde la entrada en vigencia del presente reglamento, a fi n de recabar su Código de Usuario y Contraseña para acceder al uso de dicha plataforma, previa aceptación de los términos y condiciones de uso. En caso los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales para el uso de la Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. El citado concejo edil declaró por unanimidad la vacancia de la regidora, conforme se advierte en el Acuerdo de Concejo, debido a su inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres meses (ver SN 1.1.), para lo cual se remitió los actuados en dicho procedimiento, a fi n de dejar sin efecto la credencial de la regidora y convocar al candidato no proclamado. 2.2. Antes de expedir la credencial a la nueva autoridad, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones veri fi car la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en la normatividad correspondiente, y constatar si durante el proceso se cumplió con el debido proceso, observado los derechos y las garantías de la autoridad cuestionada. 2.3. En este caso, tal como se mencionó los antecedentes de la presente resolución, se advierte que la regidora fue noti fi cada para las Sesiones Ordinarias de Concejo Municipal del 30 de marzo, 27 de abril y 18 de mayo de 2020, en su domicilio calle Ayacucho 1 del distrito de Huayucachi, el cual se veri fi ca de su documento de identidad. 2.4. Se advierte que también fue debidamente notifi cada (ver SN 1.4.) con el Acuerdo de Concejo; así, transcurrido el plazo y no habiéndose interpuesto recurso impugnatorio, según se indica en el Informe Nº 01-2021-MDH-ALE, del 5 de enero de 2021, la entidad edil, a través del Acuerdo de Concejo Extraordinario Nº 001-2021-CM-MDH, del 15 de enero de 2021, declaró como acto fi rme y consentido el citado Acuerdo de Concejo que aprobó su vacancia. 2.5. Por lo tanto, se veri fi có que el procedimiento fue tramitado de forma regular y el pronunciamiento expedido conforme a derecho, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a la señora regidora y convocar a doña Vilma Romero Egoavil, identi fi cada con DNI Nº 20031809, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, para conformar el Concejo Distrital de Huayucachi, provincia de Huancayo, departamento de Junín, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.6. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y Autoridades Municipales Distritales Electas, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Karen Pilar Crespo Palacios como regidora del Concejo Distrital de Huayucachi, provincia de Huancayo, departamento de Junín, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2. CONVOCAR a doña Vilma Romero Egoavil, identi fi cada con DNI Nº 20031809, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huayucachi, provincia de Huancayo, departamento de Junín, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 1940397-1 Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Lima, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 0355-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021006747 LIMA-LIMACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, 10 de marzo de dos mil veintiunoVISTO: el O fi cio Nº 770-2021-MML-SGC, presentado el 22 de diciembre de 2020, por doña Yolanda Falcón Lizaraso, secretaria general del Concejo Provincial de Lima, departamento de Lima (en adelante, señora secretaria), por medio del cual comunica la licencia concedida a doña Norma Martina Yarrow Lumbreras, regidora del referido concejo provincial (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones Generales 2021 (en adelante, EG 2021). PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Mediante el O fi cio Nº 770-2021-MML-SGC, la señora secretaria presentó el Acuerdo de Concejo Nº 413, por medio del cual pone en conocimiento la licencia concedida a la señora regidora para participar en las EG 2021.