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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (25/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Sábado 25 de diciembre de 2021 El Peruano / Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional establece que el POI se modi fi ca cuando se presentan, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 016-2019-OTASS/DE de fecha 18 de febrero de 2019, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, en adelante la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 025-2020-OTASS/CD, del 21 de diciembre de 2020 se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2021, del Pliego 207 - Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, el adelante el POI 2021 del OTASS; Que, por el Acta N° 003-2021-OTASS/CPE, de fecha 20 de diciembre de 2021, la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS, acuerda lo siguiente, “Segundo: POI Anual 2021 Modi fi cado Versión 2. Validado” ; Que, conforme al literal a) del artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA – ROF del OTASS, son funciones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, formular, monitorear y evaluar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional del OTASS; Que, por su parte, el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional dispone que el órgano de planeamiento de cada Pliego (en coordinación estrecha con su similar a nivel de cada Unidad Ejecutora) es responsable de brindar el soporte y asistencia técnica en la aplicación metodológica del planeamiento institucional en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, dentro del marco de sus funciones, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP a través del Informe Nº 000233-2021-OTASS-OPP de fecha 21 de diciembre de 2021, remite el Anexo que contiene la segunda modi fi cación del POI 2021 del OTASS denominado “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado Versión 2”, pronunciándose favorablemente para su aprobación, señalado entre otros que corresponde realizar las modi fi caciones al POI Anual 2021 Versión 1 aprobado, las cuales se han efectuado con intervención del Equipo Técnico y validado por la Comisión de Planeamiento Estratégico, con asistencia técnica y asesoramiento de la OPP, previo análisis al seguimiento de la ejecución, de acuerdo a lo señalado en la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el citado Informe precisa además que: i) Las causales de modi fi cación del POI se enmarcan en ambas causales previstas en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional; y ii) Opina en forma favorable para continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de segunda modi fi cación del POI 2021; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 8 del ROF del OTASS, son funciones del Consejo Directivo, “Aprobar las políticas institucionales, los planes y las estrategias de la entidad, en concordancia con las políticas y lineamientos del Ente Rector” ; Que, mediante Acuerdo N° 07 de la Sesión N° 021-2021 de fecha 22 de diciembre de 2021, el Consejo Directivo del OTASS acuerda: “7.1 Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado versión 2 del Pliego 207 – Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, conforme al documento que en anexo forma parte integrante del Informe N° 000233-2021- OTASS-OPP de fecha 21 de diciembre de 2021 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto.”, y “7.2 Autorizar al Presidente del Consejo Directivo a suscribir la Resolución de Consejo Directivo correspondiente”; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal N° 000507-2021-OTASS-OAJ, opina por la viabilidad legal de la continuación del trámite de aprobación de la Resolución de Consejo Directivo que aprueba la Segunda modi fi cación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), del Año Fiscal 2021, Pliego 207 - Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA, y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 003-2017/CEPLAN/PCD, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modi fi cado versión 2 del Pliego 207 – Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, conforme al documento que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que los órganos y unidades orgánicas de las unidades ejecutoras efectúen el seguimiento y evaluación sobre las metas programadas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y su Anexo en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ERNESTO MONTALVA DE FALLA Presidente del Consejo Directivo 2025034-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Modifican la Norma sobre Contribuciones por los Servicios de Supervisión que presta la Superintendencia del Mercado de Valores y el Reglamento del Mercado Alternativo de Valores - MAV RESOLUCIÓN SMV Nº 020-2021-SMV/01 Lima, 23 de diciembre de 2021VISTOS:El Expediente N° 2021047107 y el Informe Conjunto N° 1529-2021-SMV/06/12 del 14 de diciembre de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Investigación, Desarrollo e Innovación; CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV tiene por fi nalidad velar, entre otros, por la e fi ciencia