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58 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de enero de 2021 / El Peruano Artículo Séptimo .- Nombrar al abogado Adolfo Cápac Torres Álvarez , como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Media, con reserva de su plaza de origen. Artículo Octavo .- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolas en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja, a las siguientes abogadas: - Dina Nicoll Condori Huanca - Jhoselin Danitza Lujan Quispe- Andrea Roxana Leandro Cabello, con reserva de su plaza de origen. - Lucelina Gonzales Castro Artículo Noveno .- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolos en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja, a los siguientes abogados: - Melannie Melissa Barbadillo Delgado - Paulina Virginia Anchita Chancahuaña- Amar Miluska Villanueva Paulino- Oscar Israel Guanilo Condori Artículo Décimo .- Nombrar a la abogada Emigdia Margarita Sernaqué Auccahuasi, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chosica. Artículo Décimo Primero .- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolas en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chosica, con reserva de sus plazas de origen, a las siguientes abogadas: - Maritza Diana Martínez Choquehuanca - Susan Rossmery Munive Rodríguez Artículo Décimo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Este y Lima Noroeste, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1921102-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General, correspondiente a retribución económica para la contratación de Sociedad de Auditoría que realizará la auditoría del ejercicio 2020 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 072-2021-MP-FN Lima, 19 de enero de 2021 VISTOS: El O fi cio Nº 27-2021-MP-FN-GG de la Gerencia General y el Informe Nº 006-2021-MP-FN-GG-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y el O fi cio Nº 029-2021-MP-FN-OGASEJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: El artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, quedan autorizados pitara realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto Institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoria, previa solicitud de la Contraloría General de la República. Asimismo, el citado artículo dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o consejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el Diario O fi cial El Peruano y el acuerdo del consejo municipal se publica en su página web. A través de la Resolución de la Contraloría Nº 369- 2019-CG publicada en el diario o fi cial El Peruano el 23 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el período a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; el mismo que en Anexo - Tarifario Contratación de Sociedades de Auditoría, forma parte integrante de la referida Resolución. La Resolución de Contraloría Nº 303-2020-CG de fecha 19 de octubre de 2020, en su artículo 1, aprueba la Directiva Nº 012-2020-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría”, en cuyo numeral 7.2 indica “(…) El CPM se convoca después que las entidades efectúan la transferencia fi nanciera a la CGR para la contratación de las SOA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27785 y al requerimiento efectuado por la GAD según lo dispuesto en el Tarifario y por el período de designación establecido en el Cronograma Anual de los CPM, y su incorporación al presupuesto de la CGR” . Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1462-2020-MP-FN de fecha 28 de diciembre 2020, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 022: Ministerio Público, hasta por la suma de S/ 58 553,00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 50% de la retribución económica destinado a la contratación de la Sociedad de Auditoria que realizará la auditoria del ejercicio 2020, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y su modi fi catoria. De acuerdo al Memorado Múltiple Nº 000140-2020-MP- FN-GG, la Gerencia General señala las acciones a realizar en relación a la Transferencia Financiera para la contratación de la Sociedad de Auditoria para el año 2020, precisando que en el año 2020 se efectúe la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% restante de la retribución económica, una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2021, lo cual deberá transferirse a más tardar en el mes de enero del 2021, por el monto de S/ 58 553,00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES). A través del O fi cio Nº 000626-2020-CG/GAD, de fecha 29 de diciembre del 2020, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República, dirigido a la O fi cina General de Finanzas, señala que en atención a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, y sus modi fi catorias, y en el Tarifario aprobado con la Resolución de Contraloría