TEXTO PAGINA: 49
49 NORMAS LEGALES Sábado 20 de febrero de 2021 El Peruano / - Oswaldo Tito Peña Aedo. Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento y felicitación a los siguientes integrantes del Jurado Califi cador; por haber evaluado las propuestas de innovación, en base a su demostrada experiencia en áreas jurisdiccionales y administrativas: - Mercedes Pareja Centeno, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial - Mariano Cucho Espinoza, en su condición de Gerente General del Poder Judicial. - Mario Bojórquez Arévalo, en su condición de Gerente de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial. - Jaime Gómez Valverde, en su condición de Gerente de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial. - Guillermo Pérez Silva, Gerente de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Expresar reconocimiento y felicitación a los siguientes integrantes de la Subgerencia de Proyectos de Innovación de la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, por haber organizado el mencionado concurso y dar apoyo técnico a los participantes que emplearon la Metodología de Proyectos de Mejora Institucional del Poder Judicial: - Luis Mendoza Mondragón, en su condición de Subgerente de Proyectos de Innovación. - Antony García Malpartida.- Raúl Díaz Moreno.- Silvia Raquel Pastor Ríos. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial realice las acciones administrativas, a fi n que las propuestas ganadoras sean implementadas con la participación de sus autores jurisdiccionales y administrativos en las fases de factibilidad e implementación, junto con el equipo de la Subgerencia de Proyectos de Innovación y demás involucrados de las diversas dependencias del Poder Judicial; y replicarlas en los Distritos Judiciales del país. Artículo Quinto.- La Gerencia General del Poder Judicial efectuará las acciones administrativas pertinentes, para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del Ancash, Apurímac, Cajamarca, Junín y Ucayali, Gerencia de Desarrollo Corporativo; y, a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y sus fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1929310-3 Prorrogan, a partir del 1 de marzo hasta el 31 de mayo de 2021, el funcionamiento de la Sala Laboral Transitoria de Piura de la Corte Superior de Justicia de Piura CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000045-2021-CE-PJ Lima, 13 de febrero del 2021VISTOS:El O fi cio N° 000101-2021-OPJ-CNPJ-PJ, remitido por el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial; y el Informe N° 000001-2021-P-CSJPI-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, mediante el cual solicita la permanencia de la Sala Laboral Transitoria de Piura. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 387-2020-CE-PJ, de fecha 29 de diciembre de 2020, en uno de sus extremos dispuso lo siguiente: - Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de enero de 2021, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: Hasta el 28 de febrero de 2021 (…) Corte Superior de Justicia de Piura, Sala Laboral Transitoria - Piura (…) - Artículo Tercero.- Reubicar de manera excepcional, a partir del 1 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2021, la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Piura hacia la Corte Superior de Justicia de Arequipa, como Sala Laboral Transitoria, con competencia en la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP) y la liquidación de la Ley N° 26636, con turno cerrado. - Artículo Cuarto.- Disponer que la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Piura asuma a partir del 1 de marzo de 2021, la carga pendiente que deje la Sala Laboral Transitoria de la misma Corte Superior. Segundo. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura, mediante Informe N° 000001-2021-P-CSJPI-PJ, solicita la permanencia de la Sala Laboral Transitoria en el Distrito Judicial de Piura, en razón que la carga procesal en etapa de trámite de los procesos en materia laboral bajo el amparo de la Ley N° 26636, y que en proyección conocería en apelación, es de 2019 expedientes. Tercero. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que, estando al número de procesos laborales que se encuentran en trámite, es necesario prorrogar el funcionamiento de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Corte Superior de Justicia del mismo nombre. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 201-2021 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de febrero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto lo dispuesto en los artículos tercero y cuarto de la Resolución Administrativa N° 387-2020-CE-PJ. Artículo Segundo.- Prorrogar, a partir del 1 de marzo hasta el 31 de mayo de 2021, el funcionamiento de la Sala Laboral Transitoria de Piura, Corte Superior de Justicia del mismo nombre. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Ofi cina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y Piura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1929310-4