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54 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de febrero de 2021 / El Peruano Dan por concluida designación de Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto (Corporativo) de Jorge Basadre, Distrito Fiscal de Tacna, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Jorge Basadre RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 247-2021-MP-FN Lima, 23 de febrero de 2021VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 006-2021-MP-FN-JFS, de fecha 17 de febrero de 2021, se aceptó la renuncia formulada por el abogado Telmo Ramón Zavala Bayona, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto (Corporativo) de Jorge Basadre, Distrito Fiscal de Tacna, con efectividad al 01 de enero de 2021; por lo que, se hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Jorge Basadre. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Telmo Ramón Zavala Bayona, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto (Corporativo) de Jorge Basadre, Distrito Fiscal de Tacna, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Jorge Basadre, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1012-2020-MP-FN, de fecha 16 de septiembre de 2020; con efectividad al 01 de enero de 2021. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1930061-1Dan por concluida designación de Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto (Corporativo) de Tarata, Distrito Fiscal de Tacna, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Tarata RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 248-2021-MP-FN Lima, 23 de febrero de 2021 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 007-2021-MP-FN-JFS, de fecha 17 de febrero de 2021, se aceptó la renuncia formulada por el abogado José Alejandro Sarmiento Calapuja, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto (Corporativo) de Tarata, Distrito Fiscal de Tacna, con efectividad al 12 de enero de 2021; por lo que, se hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Tarata. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado José Alejandro Sarmiento Calapuja, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto (Corporativo) de Tarata, Distrito Fiscal de Tacna, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Tarata, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2520-2016-MP-FN, de fecha 25 de mayo de 2016; con efectividad al 12 de enero de 2021. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1930062-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES