Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2021 (03/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 159

159 NORMAS LEGALES Sábado 3 de julio de 2021 El Peruano / d) Implementar los mecanismos para la difusión del Programa entre los profesionales al servicio de las Entidades del Estado. e) Aprobar y suscribir los contratos para el otorgamiento del Crédito-Beca. Para lo cual, la Oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias, brindarán el asesoramiento que GDCRSC requiera. f) Aprobar los montos correspondientes a la cobertura del Programa, previo informe técnico favorable de reserva presupuestal de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. g) Promover acciones para la recuperación de los créditos vencidos y la ejecución de las garantías otorgadas con el apoyo de la O fi cina General de Administración y Finanzas. h) Absolver consultas y emitir opinión técnica respecto a los procesos del Programa. i) Autorizar las condonaciones que soliciten los prestatarios del Crédito-Beca. j) Efectuar el seguimiento de la implementación del Programa. k) Difundir información de programas de posgrado que facilite la postulación de los profesionales que laboran en el Estado. l) Mantener el acervo documentario, archivo central y centro de documentación del Programa, con excepción de los pagarés que estarán resguardados por la Subjefatura de Tesorería de la O fi cina General de Administración y Finanzas (OGAF). m) Y demás funciones que en el ámbito de su competencia le fueran asignadas por la Presidencia Ejecutiva de SERVIR. 8.2 O fi cina de Asesoría Jurídica (OAJ) Son funciones de la O fi cina de Asesoría Jurídica (OAJ) de SERVIR en el marco del Programa, las siguientes: a) Evaluar los instrumentos de carácter jurídico propuestos por GDCRSC para el adecuado desarrollo del Programa. b) Emitir informe legal sobre asuntos de su competencia que le sean solicitados por GDCRSC acerca de temas vinculados al Programa. 8.3 O fi cina General de Administración y Finanzas (OGAF) Son funciones de la O fi cina General de Administración y Finanzas (OGAF) de SERVIR en el marco del Programa, las siguientes: a) Elaborar los reportes de ejecución y saldos, para la correcta administración de los recursos económicos y fi nancieros del Programa. b) Brindar apoyo a GDCRSC en la ejecución presupuestaria del Programa. c) Administrar la contabilidad, fi nanzas y adquisiciones del Programa. d) Emitir informes técnicos sobre asuntos de su competencia que le sean solicitados por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servido Civil acerca de temas vinculados al Programa. e) Veri fi car que el monto del presupuesto de fi nitivo determinado por GDCRSC guarde coherencia con el visado de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, con el pagaré y el contrato, así como con los formatos y requisitos aprobados en el Manual Operativo. f) Tramitar y ejecutar los desembolsos en favor de los prestatarios del Programa conforme a los conceptos establecidos en el contrato de Crédito-Beca. g) Elaborar las liquidaciones, el cálculo total de la deuda, calendarios de pago y reporte de pagos de los prestatarios. h) Elaborar los lineamientos para la aplicación de las liquidaciones, calendario de pagos, proceso de desembolso, periodo de gracia y condonación, en aplicación de las normas y criterios vigentes, la que formara parte de las normas del Programa. i) Comunicar a la GDCRSC de manera mensual el reporte de cumplimiento de pagos de los prestatarios. j) Custodiar el Pagaré hasta su cancelación o ejecución de la deuda, así como de su destrucción en los casos que el emitente autorice, previa comunicación y coordinación con la GDCRSC. k) Y demás funciones que en el ámbito de su competencia le sean asignadas por la Presidencia Ejecutiva. 8.4 O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) Son funciones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) de SERVIR en el marco del Programa, las siguientes: a) Evaluar los instrumentos de carácter presupuestal propuestos por GDCRSC para el adecuado desarrollo del Programa. b) Emitir opinión técnica sobre el expediente de cada postulante del Programa propuesto por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servido Civil en los asuntos de su competencia. c) Emitir opinión técnica sobre asuntos de su competencia que le sean solicitados por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servido Civil acerca de temas vinculados al Programa. d) Y demás funciones que en el ámbito de su competencia le sean asignadas por la Presidencia Ejecutiva. Artículo 9.- Naturaleza del Programa El Programa constituye un mecanismo de apoyo del Estado mediante el otorgamiento de un crédito-beca, de carácter personal e intransferible, a los servidores del Estado para el fi nanciamiento de sus estudios de posgrado, condonable en los términos previstos en el marco normativo. Artículo 10.- Objetivos del Programa a) Promover que los servidores de las entidades del Estado se especialicen en programas de posgrado de las mejores universidades del mundo, mediante la modalidad del crédito-beca. b) Promover el retorno al Servicio Civil de los prestatarios. c) Promover el fortalecimiento de la capacidad de gestión de los gobiernos regionales y municipales, especialmente en los distritos con alto índice de pobreza o pobreza extrema. Artículo 11.- De fi niciones Para efectos del Programa se consideran las siguientes de fi niciones: a) Áreas de estudios Áreas de estudio objeto de fi nanciamiento en el marco del Programa Piloto de crédito-beca: - Ingeniería - Ciencias básicas- Ciencias de la salud- Educación- Ciencias agropecuarias- Ciencias del medio ambiente- Economía- Gestión Pública b) Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) Ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, encargado de administrar el Programa (en adelante SERVIR), a través de GDCRSC. c) Aval Persona natural que garantiza ante SERVIR las obligaciones de crédito contraídas por el prestatario. Esta garantía es de naturaleza personal, solidaria, irrevocable y de plazo indeterminado, manteniéndose vigente desde la suscripción del Contrato de Préstamo de Crédito-Beca